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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G35/G35/G34/G38 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, lunes 27 de marzo de 2006 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G4C/G45/G47/G49/G53/G4C/G41/G54/G49/G56/G4F CONGRESO DE LA REPÚBLICA /G4C/G45/G59/G20/G4E/GBA/G20/G32/G38/G37/G30/G30 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República ha dado la Ley siguiente: EL CONGRESO DE LA REPÚBLICA; Ha dado la Ley siguiente: /G4C/G45/G59/G20/G51/G55/G45/G20/G49/G4E/G43/G4F/G52/G50/G4F/G52/G41/G20/G45/G4E/G20/G4C/G41/G20/G50/G4C/G41/G4E/G49/G4C/G4C/G41/G20/GDA/G4E/G49/G43/G41/G20/G44/G45 /G52/G45/G4D/G55/G4E/G45/G52/G41/G43/G49/G4F/G4E/G45/G53/G20/G44/G45/G4C/G20/G50/G45/G52/G53/G4F/G4E/G41/G4C/G20/G4D/GC9/G44/G49/G43/G4F /G43/G49/G52/G55/G4A/G41/G4E/G4F/G20/G4C/G41/G20/G41/G53/G49/G47/G4E/G41/G43/G49/GD3/G4E/G20/G45/G58/G54/G52/G41/G4F/G52/G44/G49/G4E/G41/G52/G49/G41 /G50/G4F/G52/G20/G54/G52/G41/G42/G41/G4A/G4F/G20/G41/G53/G49/G53/G54/G45/G4E/G43/G49/G41/G4C Artículo 1º.- Objeto de la Ley La presente Ley tiene por objeto incorporar en la Planilla Única de Remuneraciones del Personal MédicoCirujano nombrado y contratado, comprendido dentro de los alcances del Decreto Legislativo Nº 559 – Ley del Trabajo Médico, la Asignación Extraordinaria por TrabajoAsistencial que viene percibiendo de conformidad con lo dispuesto en los Decretos de Urgencia Núms. 032 y 046-2002. Artículo 2º.- De la Asignación Extraordinaria por Trabajo Asistencial Incorpórase en la remuneración que se otorga al médico cirujano nombrado y contratado, la parte quecorresponda a la Asignación Extraordinaria por Trabajo Asistencial que vienen percibiendo en aplicación de los Decretos de Urgencia Núms. 032 y 046-2002, conformea los montos siguientes: a) S/. 300,00 (TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) para los médicos cirujanos del Ministerio de Salud. b) S/. 150,00 (CIENTO CINCUENTA Y 00/100 NUEVOS SOLES) para los médicos cirujanos de las Direcciones Regionales de Salud. c) S/. 300,00 (TRESCIENTOS Y 00/100 NUEVOS SOLES) para los médicos residentes contratados por el Instituto de Desarrollo de Recursos Humanos (IDREH).Artículo 3º.- Asignación Extraordinaria por Trabajo Asistencial La Asignación Extraordinaria por Trabajo Asistencial para el médico cirujano queda fijada, a partir de la vigencia de la presente Ley, en S/. 360,00 (TRESCIENTOSSESENTA Y 00/100 NUEV OS SOLES) como total acumulado máximo en especie y/o efectivo, hasta un tope máximo de doce (12) días al mes. Artículo 4º.- Características de la incorporaciónLa incorporación de la Asignación por Trabajo Asistencial en la Planilla Única de Remuneraciones del Personal Médico tiene las siguientes características: a) Es de carácter pensionable y está sujeta a los descuentos por cargas sociales que la normatividad señale. b) Se afecta a las Específicas de Gasto 5.1.11.03, Retribuciones y Complementos – Ley de la Carrera Médica y Profesionales de la Salud y 5.1.11.10,Retribuciones y Complementos – Contratos a Plazo Fijo, según corresponda. Artículo 5º.- Del financiamientoEl costo que irrogue la presente Ley se financiará con cargo al Presupuesto Institucional del Ministerio deSalud, los Organismos Públicos Descentralizados y de los gobiernos regionales, según corresponda. Artículo 6º.- De las medidas complementariasAutorízase al Ministerio de Salud para que, en coordinación con el Ministerio de Economía y Finanzas,dicte de ser necesario las medidas y disposiciones reglamentarias, para la mejor aplicación de la presente Ley. DISPOSICIÓN TRANSITORIA ÚNICA.- Autorízase al Ministerio de Salud a efectuar la transferencia de Partidas Presupuestales a favor del Instituto de Desarrollo de los Recursos Humanos(IDREH), hasta por el monto de S/. 2 829 000,00 para la atención de lo dispuesto en el artículo 2º, inciso c), de la presente Ley. Comuníquese al señor Presidente de la República para su promulgación. En Lima, a los dos días del mes de marzo de dos mil seis. MARCIAL AYAIPOMA ALVARADO Presidente del Congreso de la República FAUSTO ALVARADO DODERO Primer Vicepresidente del Congreso de la RepúblicaTRIBUNAL CONSTITUCIONAL Exp. Nº 0046-2004-PI/TC.- Declaran fundada en parte demanda de inconstitucionalidad interpuesta contra la Ordenanza Nº 181-MSS que aprobó el Plan Urbano Distritalde Santiago de Surco 2004-2010 315570 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G44/G45/G53/G43/G45/G4E/G54/G52/G41/G4C/G49/G5A/G41/G44/G4F/G53 CONSUCODE Res. Nº 016/2006.TC-SU.- Inician procedimiento adminis- trativo sancionador contra la empresa Vigilancia SeguridadNacional S.R.L. - VISEN S.R.L. 315574 I N P E Res. Nº 209-2006-INPE/P.- Designan Subdirector de la Unidad de Prensa y Relaciones Públicas de la DirecciónRegional Lima 315576SUNARP Res. Nº 021-2006-SUNARP-TR-A.- Revocan en parte observación recaída en solicitud de inscripción de traslado de dominio e independización de terreno ubicado enArequipa 315577 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LONGUITA R.A. Nº 003-2006-MDL/PL/R.AMAZONAS.- Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de laMunicipalidad para el ejercicio fiscal 2006 315582