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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G34/G37/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 11 de mayo de 2006 /G50/G4F/G44/G45/G52/G20/G45/G4A/G45/G43/G55/G54/G49/G56/G4F P C M /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6C/G61/G73/G20/G52/G52/G2E/G53/G53/G2E/G20/G4E/GBA/G73/G2E/G20/G31/G32/G30/G20/G79/G20/G31/G32/G33/G2D /G32/G30/G30/G36/G2D/G50/G43/G4D/G2C/G20/G65/G6E/G20/G6C/G6F/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G61/G20/G65/G6E/G63/G61/G72/G67/G61/G74/G75/G72/G61/G64/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G70/G61/G63/G68/G6F/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G6F/G20/G45/G78/G74/G65/G72/G69/G6F/G72/G20/G79 /G54/G75/G72/G69/G73/G6D/G6F RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 132-2006-PCM Lima, 10 de mayo de 2006 CONSIDERANDO:Que, por Resoluciones Supremas Nºs. 120 y 123-2006-PCM, de fecha 3 de mayo de 2006, se encargó el Despacho del Ministro de Comercio Exterior y Turismo al señor FERNANDOZAVALA LOMBARDI, Ministro de Economía y Finanzas, a partirdel 8 de mayo de 2006 y en tanto dure la ausencia del Titular; Que, el Ministro de Economía y Finanzas se ausentará del país los días 10 y 11 de mayo de 2006; Que, por tanto, corresponde modificar las Resoluciones Supremas antes mencionadas; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127º de la Constitución Política del Perú y el Decreto LegislativoNº 560, Ley del Poder Ejecutivo, modificado por LeyNº 27779; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Modificar el artículo 3º de las Resoluciones Supremas Nºs. 120 y 123-2006-PCM, en el sentido deencargar la Cartera de Comercio Exterior y Turismo al señor FERNANDO ZAVALA LOMBARDI, Ministro de Economía y Finanzas, a partir del 8 de mayo de 2006 y en tanto dure laausencia del Titular, con excepción de los días 10 y 11 demayo de 2006, en que el Despacho de Comercio Exterior yTurismo quedará encargado al señor JAVIER SOTA NADAL,Ministro de Educación.Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica de DAVID WAISMAN RJAVINSTHI Segundo Vicepresidente de la RepúblicaEncargado del Despacho de la Presidencia de la República PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente del Consejo de Ministros 08524 /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G53/G65/G63/G72/G65/G74/G61/G72/GED/G61/G20/G47/G65/G6E/G65/G72/G61/G6C/G20/G64/G65 /G6C/G61/G20/G50/G43/G4D/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G72/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G66/G65/G72/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G66/G69/G6E/G61/G6E/G63/G69/G65/G72/G61/G64/G65/G20/G72/G65/G63/G75/G72/G73/G6F/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G4D/G61/G72/G69/G6E/G61/G20/G64/G65/G20/G47/G75/G65/G72/G72/G61/G20/G64/G65/G6C /G50/G65/G72/GFA/G2C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G61/G74/G65/G6E/G64/G65/G72/G20/G63/G61/G6E/G63/G65/G6C/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65 /G63/G75/G6F/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G66/G72/G61/G67/G61/G74/G61/G73/G6D/G69/G73/G69/G6C/G65/G72/G61/G73 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 194-2006-PCM Lima, 10 de mayo de 2006 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 456-2005-PCM, se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura de Ingresosy Egresos del Pliego 001 Presidencia del Consejo deMinistros para el Año Fiscal 2006, de conformidad con laLey Nº 28652 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2006”, el cual ha sido modificado debido a la incorporación de nuevas Actividades, CréditosSuplementarios, Transferencias de Partidas entre Pliegos,Saldos de Balance de Recursos provenientes de Fuentesde Financiamiento distintas a las de “Recursos Ordinarios”y a Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programático; REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE RESOLUCIONES EN LA SEPARATA DE JURISPRUDENCIA Se comunica al Poder Judicial, Tribunal Constitucional, Tribunal Fiscal, Consejo de Minería y otros organismos públicos que emitan jurisprudencia que para efecto de publicar sus resoluciones deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. Las resoluciones a publicar se recibirán en la Dirección del Diario Oficial en el horario de 10.00 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a viernes. 2. Las resoluciones deberán presentarse debidamente refrendadas en original y acompañadas de su respectivo oficio mediante el cual se solicite la publicación de éstas y se autorice el cobro de la tarifa correspondiente según sea el caso. 3. Las resoluciones de jurisprudencia se remitirán además en disquete o al siguiente correo electrónico: jurisprudencia@editoraperu.com.pe. 4. No se aceptarán oficios y resoluciones en fotocopia o de no estar acompañados por la versión electrónica. LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL FUNDADO EN 1825 POR EL LIBERTADOR SIMÓN BOLÍVARREPUBLICADELPERU