Norma Legal Oficial del día 18 de mayo del año 2006 (18/05/2006)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 18 de MORDAZA de 2006

7. CANTIDAD TOTAL DE RESIDUOS SOLIDOS GENERADOS EN UN DIA Es la sumatoria de los residuos solidos de MORDAZA municipal, comercial y de mercado. 8. CANTIDAD DIARIA DE RESIDUOS SOLIDOS EN UN ANO DE OPERACION Es la cantidad diaria total de residuos solidos por 365 dias divididos entre 1,000 9. CANTIDAD ACUMULADA ANUALMENTE DE RESIDUOS SOLIDOS Su calculo se determina por la sumatoria de las generaciones anuales. 10. CANTIDAD DIARIA DE RESIDUOS SOLIDOS COMPACTADOS Se calcula en base al siguiente procedimiento: La celda preparada (celda especial MORDAZA trinchera de 50 m³ (10m x 4m x 1.25m) se llena con residuos solidos esparciendola y compactandola convenientemente con el empleo de maquinaria apropiada para las operaciones del relleno sanitario. 11. CANTIDAD ANUAL DE RESIDUOS SOLIDOS COMPACTADOS Resulta de la multiplicacion del area de residuos solidos en metros cubicos por 365 dias. 12. VOLUMEN DE RESIDUOS SOLIDOS ESTABILIZADOS Representa el volumen de residuos solidos despues del MORDAZA de descomposicion de la materia organica, dependiendo del porcentaje de materia organica que caracteriza el residuo. 13. VOLUMEN ANUAL DE RESIDUOS SOLIDOS ESTABILIZADOS INCLUIDO EN EL MATERIAL DE COBERTURA COMPACTADO Se determina este volumen al sumar el volumen de residuos solidos estabilizados mas el volumen del material de cobertura. 14. GENERACION DE RESIDUOS SOLIDOS ACUMULADOS ANUALMENTE Y EXPRESADOS EN METROS CUBICOS La mencionada cantidad resulta de la sumatoria de

los volumenes dispuestos anuales incluyendo el material de cobertura compactada. 15. NIVELES PROYECTADOS DE OPERACION EN EL RELLENO SANITARIO Las plataformas seran instalados una encima de la anterior, considerando las areas disponibles. 16. ALTURA POR PLATAFORMA La altura MORDAZA de las plataformas estara sujeta a las condiciones tecnicas sujetas a topografia, geologia y geomorfologia del lugar, no debiendo ser esta mayor a 10 metros incluido el material de cobertura: La construccion de las plataformas debera efectuarse por capas (Articulo 24º de la Ordenanza Municipal Nº00012-2006). 17. AREAS DISPONIBLES POR PLATAFORMA Es el calculo de areas partiendo de la base de cada una de las plataformas calculados con los planos topograficos preparados. 18. VOLUMEN DISPONIBLE POR PLATAFORMA Basado en el calculo de las areas disponibles por nivel por la altura de la plataforma, partiendo de las bases de cada una de las plataformas. 19. VOLUMEN TOTAL DISPONIBLE EN INFRAESTRUCTURA Se calcula con la sumatoria de los volumenes hallados en cada plataforma. DISPOSICION FINAL Encarguese el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia a las Gerencias Generales de Desarrollo MORDAZA, Desarrollo Economico, Local y Comercializacion, Proteccion del Medio Ambiente y Servicios Sociales y Culturales. POR TANTO: Mando se publique y cumpla. MORDAZA M. KOURI BUMACHAR MORDAZA del Callao 08825

PROYECTO OSINERG
Autorizan prepublicacion del Proyecto "Procedimiento para la supervision del cumplimiento de los programas de mantenimiento a cargo del COES - SINAC"
RESOLUCION DE CONSEJO DIRECTIVO ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSION EN ENERGIA OSINERG Nº 205-2006-OS/CD MORDAZA, 9 de MORDAZA de 2006 VISTO: El Memorando Nº GFE-355-2006 de la Gerencia de Fiscalizacion Electrica, por el cual se solicita al Consejo Directivo del Organismo Supervisor de la Inversion en Energia, la aprobacion de la prepublicacion del "Procedimiento para la supervision del cumplimiento de los programas de mantenimiento a cargo del COESSINAC"; CONSIDERANDO: Que, segun lo establecido por el inciso c) del articulo 3º de la Ley Nº 27332 - Ley MORDAZA de los Organismos Reguladores de la Inversion Privada en los Servicios Publicos, la funcion normativa de los Organismos Reguladores, entre ellos OSINERG, comprende la facultad exclusiva de dictar, entre otros, en el ambito y en materia de su respectiva competencia, los reglamentos de los procedimientos a su cargo, normas de caracter general referidas a actividades supervisadas o de sus usuarios; Que, el articulo 22º del Reglamento General de OSINERG, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0542001-PCM, establece que la funcion normativa de caracter general es ejercida de manera exclusiva por el Consejo Directivo a traves de resoluciones; Que, segun lo dispuesto por el articulo 3º de la Ley Nº 27699 - Ley Complementaria de Fortalecimiento Institucional de OSINERG, el Consejo Directivo esta facultado para aprobar procedimientos administrativos vinculados, entre otros, a la Funcion Supervisora; Que, por otro lado, el articulo 41º del Decreto Ley Nº 25844, Ley de Concesiones Electricas, establece que el COES tiene como funcion planificar la operacion del sistema interconectado, comunicando a sus integrantes para que operen sus instalaciones de acuerdo a los programas resultantes; asi como controlar el

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