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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G39/G38/G36 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 18 de mayo de 2006 Chimbote, hacia el local ubicado según se indica en la parte resolutiva; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Nº 554-94-EF/SAFP del 2.9.1994, se autorizó a la AFP Horizonte el funcionamiento de la Agencia ubicada en la Av. FranciscoBolognesi Nº 469, de la ciudad de Chimbote; Que, la citada AFP ha cumplido con presentar la documentación pertinente que justifica el cambio dedirección de su agencia solicitado; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión de Instituciones mediante Informe Nº 016-2006-CINST; y, De conformidad con lo dispuesto en el Título III del Compendio de Normas Reglamentarias del SistemaPrivado de Administración de Fondos de Pensiones referido a Gestión Empresarial, aprobado por Resolución Nº 053-98-EF/SAFP y sus modificatorias, y en uso delas facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 949-2000, entre otras, para autorizar el cambio de dirección de agencias y oficinas de asesoramientoprovisional (OAP) de las AFP; RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar a la AFP Horizonte el traslado de su Agencia ubicada en Av. FranciscoBolognesi Nº 469, de la ciudad de Chimbote; hacia el local ubicado en la Av. Francisco Bolognesi Nº 688, de la ciudad de Chimbote. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto el Certificado Nº HO-017, que fuera emitido al amparo de lo dispuesto en la Resolución Nº 554-94-EF/SAFP. Artículo Tercero.- Expedir y otorgar el Certificado Nº HO-041, con la nueva dirección referida en el artículo primero de la presente Resolución. Artículo Cuarto.- AFP Horizonte, a efecto del cambio de dirección que se autoriza por la presente resolución, deberá dar cumplimiento a lo establecido en el Artículo15º del Título III del Compendio de Normas Reglamentarias del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, referido a Gestión Empresarialaprobado por Resolución Nº 053-98-EF/SAFP. Artículo Quinto.- La presente Resolución entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en elDiario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese.LORENA MASÍAS QUIROGA Superintendente Adjunta de AdministradorasPrivadas de Fondos de Pensiones 08817 /G52/G65/G63/G74/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20 /G64/G69/G72/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20 /G64/G65/G20 /G4F/G66/G69/G63/G69/G6E/G61 /G45/G73/G70/G65/G63/G69/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G43/G61/G6A/G61/G20/G52/G75/G72/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G41/G68/G6F/G72/G72/G6F/G20/G79 /G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G22/G50/G52/G59/G4D/G45/G52/G41/G22/G20 /G63/G6F/G6E/G73/G69/G67/G6E/G61/G64/G61/G20 /G65/G6E/G20 /G6C/G61 /G52/G65/G73/G2E/G20/G53/G42/G53/G20/G4E/GBA/G20/G39/G37/G39/G2D/G32/G30/G30/G31 RESOLUCIÓN SBS Nº 549-2006 Lima, 5 de mayo de 2006 EL SUPERINTENDENTE ADJUNTO DE BANCA Y MICROFINANZAS VISTA: La comunicación recibida de la Caja Rural de Ahorro y Crédito "PRYMERA", mediante la cual solicita rectificación de la dirección consignada en la ResoluciónSBS Nº 979-2001 del 14 de diciembre del 2001; y, CONSIDERANDO: Que la citada empresa ha cumplido con solicitar la regularización de la dirección consignada en la ResoluciónSBS Nº 979-2001 del 14.12.2001;Que la Resolución SBS Nº 979-2001 del 14 de diciembre del 2001 autorizó a la Caja Rural de Ahorroy Crédito "PRYMERA" el traslado de su Oficina Especial sito en Av. Salaverry Nº 2950, distrito de San Isidro, provincia y departamento de Lima a la Av.Javier Prado Nº 5001, primer piso, urbanización Camacho, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima; Que la empresa desde que se trasladó, viene realizando sus operaciones en Av. Javier Prado Este Nº 5245, primer piso, urbanización Camacho, distritode La Molina, provincia y departamento de Lima; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 32º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistemade Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702 y sus modificatorias, por la Circular CR-0203-2005; y en virtud de las facultadesdelegadas mediante Resolución SBS Nº 1096-2005 del 25 de julio de 2005; RESUELVE: Artículo Único.- Rectificar la dirección consignada en la Resolución SBS Nº 979-2001 de Av. Javier Prado Nº 5001, primer piso, urbanización Camacho, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima, por Av.Javier Prado Este Nº 5245, primer piso, urbanización Camacho, distrito de La Molina, provincia y departamento de Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO LUIS GRADOS SMITH Superintendente Adjunto de Banca y Microfinanzas 08820 UNIVERSIDADES /G49/G6E/G63/G6C/G75/G79/G65/G6E/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G73/G65/G6C/G65/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G70/G61/G72/G61 /G61/G64/G71/G75/G69/G72/G69/G72/G20 /G61/G66/G69/G6C/G61/G64/G6F/G72/G20 /G64/G65/G20 /G63/G75/G63/G68/G69/G6C/G6C/G61/G73/G20 /G64/G65/G6D/G69/G63/G72/G6F/G74/G6F/G6E/G6F/G20/G79/G20/G61/G63/G63/G65/G73/G6F/G72/G69/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G50/G72/G65/G6E/G73/G61/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G61/G6C/G20 /G65/G6E/G20 /G65/G6C/G20 /G50/G6C/G61/G6E/G20 /G41/G6E/G75/G61/G6C/G20 /G64/G65 /G41/G64/G71/G75/G69/G73/G69/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G43/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G32/G30/G30/G36 /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G55/G6E/G69/G76/G65/G72/G73/G69/G64/G61/G64/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G55/G63/G61/G79/G61/G6C/G69 UNIVERSIDAD NACIONAL DE UCAYALI RESOLUCIÓN Nº 141-2006-R-UNU Pucallpa, 30 de marzo del 2006Vistos, la Hoja de Trámite Nº 1929-06-R-UNU, recepcionado el 30 de Marzo del 2006, y la Hoja deElevación Nº 028-2006-OGA-UNU, del 30 de marzo del 2006; sobre inclusión de procesos en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido por artiículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadopor Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, mediante Resolución Rectoral Nº 034-2006-R-UNU, de fecha 30 de enero del 2006, se aprobó el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones de la Universidad Nacional de Ucayali para el Ejercicio Presupuestal 2006; Que, en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones para el año 2006, existen obras y servicios que deben incluirse en el Plan Anual deContrataciones y Adquisiciones para su ejecución en el presente ejercicio presupuestal; Que, el inciso 1) del Artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - D.S. Nº 084-2004-PCM, dispone que el Plan Anual se modifica, entre otros, cuando se tenga que