Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE MAYO DEL AÑO 2006 (18/05/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G33/G31/G38/G39/G38/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 18 de mayo de 2006 VISTOS: El Memorándum Nº 0316-2006-INDECI/ 11.0 del 28.ABR.06, expedido por la Dirección Nacionalde Operaciones, los Memorandums Nºs. 1801, 1832 y 1860-2006-INDECI/12.0, del 8, 9 y 10.MAY.06, respectivamente, expedidos por la Dirección Nacionalde Logística, los Informes Técnicos Nºs. 034 y 035- 2006/INDECI/12.1, ambos del 8.MAY.06, expedidos por la Unidad de Abastecimiento, los Informes deDisponibilidad Presupuestal Nº 302-DP-2006 del 24.ABR.06, 310-DP-2006, del 28.ABR.06 y 311-DP- 2006, del 28.ABR.06, expedido por la Oficina dePlanificación y Presupuesto, el Plan de Evacuación y Requerimiento de Material para Ubinas, de fecha 26.ABR.2006, el Memorando Nº 121-2006/INDECI/20.0, de fecha 17.ABR.06, del Grupo de Coordinación del SINADECI y el Informe Legal Nº 055-2006-INDECI/ 5.0, del 10.MAY.2006, de la Oficina de Asesoría Jurídica,sus antecedentes; y, CONSIDERANDO,Que, el inciso c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 083- 2004-PCM, en adelante la Ley, establece que están exoneradas de los procesos de selección lasadquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia declaradas de conformidad con la citada Ley; Que, el artículo 22º de la Ley, establece que se entiende como situación de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata acausa de acontecimientos catastróficos, de situaciones que supongan grave peligro de necesidad que afecten la defensa nacional. En este caso, la Entidad quedaexonerada de la tramitación del expediente administrativo y podrá ordenar la ejecución de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacerla necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la citada Ley; Que, por su parte, el artículo 142º del Reglamento de la Ley, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004- PCM, señala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir yatender desastres, así como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, después de lo cual deberá convocar los procesos de selección que correspondan.Cuando no corresponda realizar un proceso de selección posterior, en el informe técnico-legal respectivo se debe fundamentar las razones que motivan la adquisición ocontratación definitiva; Que, asimismo, señala que toda contratación o adquisición realizada para enfrentar una situación deemergencia deberá regularizarse dentro de los diez (10) días siguientes a la finalización del evento que la produjo, incluyendo el proceso en el Plan Anual deAdquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolución o Acuerdo correspondiente, remitiéndolo, junto con el informe técnico-legalsustentatorio, a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, así comoemitiendo los demás documentos contractuales que correspondan según el estado de ejecución de las prestaciones; Que, según el Plan de Evacuación y Requerimiento de Material para Ubinas, de fecha 26.ABR.06, el día 19.ABR.06 se observó actividad volcánica inusual enel cráter del volcán de Ubinas, produciéndose el día 20.ABR.06 dos explosiones audibles y formación de columnas eruptivas de hasta tres kilómetros de altura.Asimismo, el día 22.ABR.06 se inicia una nueva emisión de gases la cual se mantiene hasta las 16 horas y los registros sísmicos obtenidos del 18 al 19de abril muestran una alta actividad sismo-volcánica, asociada de gases y magma, así como eventos sísmicos asociados a la actividad volcánica. Asimismo,agrega el indicado documento, que el Instituto Geofísico del Perú, el Instituto Geológico Minero y Metalúrgico y el Instituto Geofísico de la UniversidadNacional San Agustín manifiestan que, en base a las observaciones y evacuaciones efectuadas a la fecha, se ha determinado un área de afectación directa deactivación del volcán Ubinas, en la que se encuentran poblaciones de los distritos de Ubinas y Matalaquedentro del ámbito de influencia de máximo riesgo volcánico; Que, ante la situación descrita, el Comité Regional de Defensa Civil de Moquegua, en coordinación con el Comité Distrital de Ubinas y Matalaque, decidieron ejecutar la evacuación de los pobladores del anexo deSan Pedro de Querapi, hacia el centro poblado menor de Anascapa; Que, mediante el Memorando Nº 0316-206-INDECI/ 11.0, la Dirección Nacional de Operaciones solicita a la Dirección Nacional de Logística adquirir con carácter de urgencia bienes de ayuda humanitaria consistentes en1,000 colchones y 720 listones de madera de 3 x 2 para atender a la población evacuada; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 020-2006- PCM, del 21.ABR.2006, se declaró en estado de emergencia por el plazo de 60 días la provincia de General Sánchez Cerro del departamento de Moquegua y el distritode San Juan de Tarucani de la provincia de Arequipa del departamento de Arequipa. En tal sentido, se dispone que el INDECI, entre otras entidades de los GobiernosCentral, Regional y Local ejecuten las acciones inmediatas destinadas a la atención de la población afectada, a la reducción y minimización de los riesgosexistentes y a la rehabilitación de las zonas que pudieran ser afectadas; Que, asimismo, en atención a lo solicitado por la Dirección Nacional de Operaciones sobre la necesidad de contar con stock adecuado de colchones, la Unidad de Abastecimiento indica en el Informe Técnico Nº 035-2006-INDECI/12.1 que ha coordinado la atención de la emergencia, disponiendo invitar a un solo proveedor que cumpla con las condiciones y característica establecidasen las Bases Administrativas a fin de atender la emergencia presentada por la actividad del volcán Ubinas; Que, en tal sentido, siendo necesario cancelar los compromisos por la adquisición de colchones y listones de madera adquiridos para la situación de emergenciaseñalada, la Dirección Nacional de Logística solicita modificar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC 2006 de la Entidad y emitir laResolución de aprobación a fin de regularizar los procesos de selección correspondientes, para lo cual se cuenta con los Informes de Disponibilidad Nºs. 310y 311-DP-2006, emitidos por la Oficina de Planificación y Presupuesto; Que, de otro lado, mediante el Informe Técnico Nº 034-2006-INDECI/12.1, la Unidad de Abastecimiento indica que el Grupo de Coordinación del SINADECI solicita la contratación de un profesional para realizaractividades de Coordinador Regional, por lo que estando autorizado por la Subjefatura en el Expediente Nº 20068089, del 18.ABR.2006, se requiere incluir enel PAAC 2006 para ejecutar el proceso de selección correspondiente, el mismo que cuenta con el Informe de Disponibilidad Presupuestal Nº 302-DP-2006 emitidopor la Oficina de Planificación y Presupuesto; Que, de otro lado, mediante Resolución Jefatural Nº 027-2006-INDECI, de fecha 13.ENE.2006, y normasmodificatorias, se aprobó el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones - PAAC 2006 del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 27º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, el Plan Anual podrá ser modificado de conformidad con la asignación presupuestal o en caso de reprogramación de metas institucionales. Asimismo,cuando se tenga que incluir o excluir procesos de selección y se modifique la cantidad prevista de bienes, servicios y obras en más de veinticinco por ciento delvalor estimado y ello varíe el tipo de proceso de selección. La aprobación y difusión de las modificaciones se hará de la forma prevista en los artículos 25º y 26º del indicadoReglamento, vía Resolución del Titular del Pliego o la Máxima Autoridad Administrativa de la Entidad, según corresponda; Que, en consecuencia, en aplicación de las normas legales mencionadas resulta necesario aprobar la modificación del Plan Anual de Adquisiciones y