Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2006 (09/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 10

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NORMAS LEGALES
DECRETA:

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de noviembre de 2006

la Unidad Ejecutora 004 del Pliego 035: Ministerio de Comercio Exterior y Turismo. Articulo 2º.- La Directora Ejecutiva del Plan COPESCO Nacional y Titular de la Unidad Ejecutora 004 Plan COPESCO Nacional, queda facultada a suscribir Convenios para realizar encargos a Gobiernos Regionales y Locales, y otras entidades publicas, para la ejecucion de Proyectos de Desarrollo Turistico, dentro del MORDAZA de las normas presupuestales vigentes. Articulo 3º.- La Oficina General de Administracion en coordinacion con la Oficina General de Planificacion, Presupuesto y Desarrollo, se encargara de implementar el cumplimiento de la presente Resolucion Ministerial, dentro del MORDAZA legal vigente. Articulo 4º.- Se mantiene vigente lo dispuesto en el articulo 3º de la Resolucion Ministerial Nº 013-2006MINCETUR/DM, MORDAZA citada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ARAOZ MORDAZA Ministra de Comercio Exterior y Turismo

Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros;

Articulo 1º.- Modificacion de la estructura organica del SENAMHI Modificase la estructura organica del Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia - SENAMHI en cuanto a su nivel MORDAZA de decision, el mismo que quedara conformado por los siguientes organos: ALTA DIRECCION Consejo Directivo Presidente Ejecutivo Articulo 2º.- Atribuciones del Consejo Directivo del SENAMHI El Consejo Directivo del SENAMHI estara conformado por los siguientes miembros: a.- Un representante del Ministerio de Defensa, el cual actuara a su vez como Presidente Ejecutivo. b.- Un representante del Ministerio de Agricultura. c.- Un representante del Ministerio de Energia y Minas. d.- Un representante del Ministerio de la Produccion. e.- Un representante del Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI. El Consejo Directivo es el organo de mayor nivel de direccion del SENAMHI, esta presidido por su Presidente Ejecutivo. Sus atribuciones son: a) Aprobar las politicas nacionales en el ambito de la meteorologia, hidrologia, agrometeorologia y conexas, en concordancia con las politicas generales de gobierno. b) Aprobar los proyectos de cooperacion, de asistencia tecnica y de apoyo economico, convenientes para el desarrollo de las actividades hidrometeorologicas en el pais. c) Aprobar la ejecucion de estudios e investigaciones en los MORDAZA de la meteorologia, hidrologia, agrometeorologia, medioambientales y otros fines. d) Aprobar las propuestas de proyectos de ley y otros dispositivos legales, que se considere conveniente poner a consideracion del Poder Ejecutivo. e) Aprobar, a propuesta del Presidente Ejecutivo, los proyectos de Reglamento de Organizacion y Funciones, asi como de los instrumentos de gestion institucional, que se requieran. f) Otras que se le asigne por MORDAZA legal expresa. Los miembros del Consejo Directivo seran nombrados por Resolucion Suprema, refrendada por el Titular del Sector correspondiente. Los integrantes del Consejo Directivo no percibiran remuneracion, dieta o cualquier otra modalidad de retribucion economica, manteniendo el vinculo laboral o contractual con su entidad de origen, con excepcion del representante del Ministerio de Defensa que actua como Presidente Ejecutivo, cuya remuneracion es de cargo del SENAMHI. Articulo 3º.- Atribuciones del Presidente Ejecutivo del SENAMHI El Presidente Ejecutivo del SENAMHI es la mas alta autoridad administrativa, ejerce la representacion de la entidad y cumple las funciones de Titular de Pliego. Asume la responsabilidad tecnica del funcionamiento del Servicio, ejecuta la politica institucional y supervisa las actividades de los organos integrantes. Representa al Peru ante la Organizacion Meteorologica Mundial - OMM. Articulo 4º.- Adecuacion del Reglamento de Organizacion y Funciones y demas normas de gestion El Presidente Ejecutivo elevara al Consejo Directivo, en un plazo no mayor de sesenta (60) dias utiles, el proyecto de Reglamento de Organizacion y Funciones del SENAMHI que se adecue a lo dispuesto en la presente norma. El Consejo Directivo elevara al Ministro de Defensa el proyecto aprobado de Reglamento de Organizacion y Funciones, para su tramite ante las instancias correspondientes.

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DEFENSA
Modifica la Estructura del SENAMHI
DECRETO SUPREMO Nº 026-2006-DE/SG
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 27658 - Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, se establecen los principios y la base legal para iniciar el MORDAZA de modernizacion de la gestion del Estado, en todas sus instituciones e instancias; Que, el articulo 13º inciso 2) de la referida Ley establece que las normas de organizacion y funciones de los Organismos Publicos Descentralizados seran aprobadas por Decreto Supremo, con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; Que, la Ley Nº 27860 - Ley del Ministerio de Defensa, establece que el Servicio Nacional de Meteorologia e Hidrologia - SENAMHI es un Organismo Publico Descentralizado adscrito al Sector Defensa; Que, el Reglamento de Organizacion y Funciones del SENAMHI, aprobado por Resolucion Jefatural Nº 0111-SENAMHI-JSS-ORA/2002, establece como sus objetivos, entre otros: la determinacion del clima del Peru, propendiendo a su aprovechamiento optimo, en su calidad de recurso natural, como factor esencial en la planificacion y desarrollo de las actividades economicas, sociales y de defensa nacional; la prediccion meteorologica en las escalas de tiempo, de modo que permita desarrollar estrategias encaminadas a reducir efectos perjudiciales de los fenomenos meteorologicos y aprovechar sus potencialidades favorables; asi como la contribucion a la preservacion del medio ambiente atmosferico mediante una vigilancia permanente de las condiciones meteorologicas que pueda favorecer la contaminacion general del aire, detectando cualquier cambio en la composicion de la atmosfera y su posible efecto sobre el clima; Que, en tal sentido, se aprecia que las funciones que viene cumpliendo el SENAMHI no solo competen al Sector Defensa, sino que su trascendencia incide en el desarrollo de actividades economicas propias de otros sectores e instituciones de la administracion publica, que hacen necesaria su participacion en la toma de decisiones y establecimiento de objetivos; Que, en atencion a lo expuesto, resulta necesario modificar la estructura organica del SENAMHI, incorporando en su MORDAZA nivel de decision un organo colegiado integrado por representantes de los sectores e instituciones beneficiados con los servicios prestados por el mismo; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo;

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