Norma Legal Oficial del día 09 de noviembre del año 2006 (09/11/2006)


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TEXTO DE LA PÁGINA 14

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 9 de noviembre de 2006

momento en que el producto es entregado, puesto en el barco en puertos de los Estados Unidos de MORDAZA, hasta la recepcion por parte de los compradores, debiendo la poliza de seguro ser contratada de conformidad con lo establecido en la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, en atencion, a lo indicado la Unidad Especial PL 480 con fecha 18 de octubre de 2006, convoco a la Adjudicacion Directa Publica Nº 0001-2006-EF/UEPL480CE, para la contratacion del seguro de transporte maritimo de 42 500 toneladas metricas de torta de soya; Que, segun el cronograma de actividades del mencionado MORDAZA de seleccion, el 2 de noviembre de 2006 se llevo a cabo el acto de MORDAZA y apertura de propuestas tecnicas y economicas y al no presentarse ningun postor al citado acto, el Comite Especial encargado del MORDAZA de seleccion declaro desierto el MORDAZA de seleccion en aplicacion del articulo 32º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y el articulo 85º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y normas modificatorias; Que, de continuar con el MORDAZA de seleccion en su MORDAZA convocatoria, el plazo estimado para el consentimiento del otorgamiento de la Buena Pro seria el 29 de noviembre de 2006, fecha que resulta tardia para contratar el servicio de seguro de transporte maritimo para el primer embarque de 26 000 toneladas metricas de torta de soya; toda vez que la nave que realizara dicho transporte arribara al puerto de embarque de los Estados Unidos el 13 de noviembre del presente ano; Que, las situaciones descritas en los considerandos precedentes configurarian la ausencia extraordinaria e imprevisible del seguro de transporte maritimo, que cubra el primer embarque de 26 000 toneladas metricas de torta de soya; producto que de ser transportado sin seguro y ante la eventualidad de ocurrir algun siniestro originara perdidas hasta por US$ 6 890 000,00 (Seis Millones Ochocientos Noventa Mil y 00/100 Dolares de Estados Unidos de America), monto en que esta valorizado el costo y flete del primer embarque, asi como el incumplimiento por parte de la Unidad Especial PL 480 de las obligaciones asumidas en el Contrato de Compra Venta de Torta de Soya Americana, el Decreto Supremo Nº 146-2006-EF y la Resolucion Ministerial Nº 541-2006-EF/15; Que, al ser la situacion de desabastecimiento actual, urgente y compromete en forma directa la continuidad de las actividades relacionadas con la comercializacion de dicho producto, a cargo de la Unidad Especial PL 480 del Ministerio de Economia y Finanzas, se cumple con lo senalado en el articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y el articulo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, para proceder a la contratacion del servicio de seguro de transporte maritimo que cubra el primer embarque de 26 000 toneladas metricas de torta de soya, en aplicacion de la causal de exoneracion por desabastecimiento inminente; Que, en cuanto al MORDAZA embarque de 16 500 toneladas metricas de torta de soya previsto entre el 15 y 25 de diciembre del 2006, debera realizarse el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, por Resolucion Jefatural Nº 18-2006-EF/ UEPL480 se modifico el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Especial PL 480 del Ministerio de Economia y Finanzas para el Ano Fiscal 2006, a fin de incluir la Adjudicacion Directa Publica para la contratacion del servicio de seguro de transporte maritimo para 26 000 toneladas metricas de torta de soya; Que, el Area de Proyectos de la Unidad Especial PL 480 mediante Memorando Nº 253-2006-EF/UEPL480 informa que se cuenta con disponibilidad presupuestaria de hasta S/. 187 000,00 (Ciento Ochenta y Siete Mil y 00/100 Nuevos Soles) para efectuar las contrataciones mencionadas; Que, el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado establece que las adquisiciones y contrataciones exoneradas se realizaran mediante acciones inmediatas y se aprobaran mediante Resolucion del Titular del Pliego; y, De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Texto Unico Ordenado de la Ley de Adquisiciones y Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y su Reglamento,

aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y normas modificatorias; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar en situacion de desabastecimiento inminente la contratacion del servicio de seguro de trasporte maritimo, de conformidad con lo dispuesto en el inciso c) del articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Articulo 2º.- Exonerar a la Unidad Especial PL 480 del Ministerio de Economia y Finanzas del MORDAZA de Adjudicacion Directa Publica para la contratacion del servicio de seguro de trasporte maritimo que cubra el primer embarque de 26 000 toneladas metricas de torta de soya, y autorizar su contratacion. Articulo 3º.- La contratacion a que se refiere los articulos precedentes se realizara con cargo al presupuesto de la Unidad Especial PL 480 del Ministerio de Economia y Finanzas, correspondiente al ejercicio 2006 hasta por la suma de S/. 115 000,00 (Ciento Quince Mil y 00/100 Nuevos Soles), incluyendo comisiones, gastos e impuestos. La realizacion de las acciones inmediatas correspondientes estaran a cargo de la Unidad Especial PL 480, que seguira el procedimiento dispuesto por el articulo 148º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM. Articulo 4º.- La presente Resolucion Ministerial y los Informes Nºs. 162-2006-EF/UEPL480 y 2052-2006-EF/60.01 de la Unidad Especial PL 480 y de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Economia y Finanzas, respectivamente, seran remitidos a la Contraloria General de la Republica, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE, dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la fecha de aprobacion de la presente Resolucion. Articulo 5º.- Disponer que la Unidad Especial PL 480 del Ministerio de Economia y Finanzas remita la informacion de la presente Resolucion Ministerial al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado ­ CONSUCODE a traves del Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas

5208-1

EDUCACION
Autorizan evaluacion censal a docentes de Educacion Basica Regular y del aprendizaje de alumnos del MORDAZA grado de primaria
DECRETO SUPREMO N° 025-2006-ED
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, en el articulo 15° de la Constitucion Politica del Peru, se establece que el Estado y la sociedad procuran la evaluacion, capacitacion, profesionalizacion y promocion permanente del profesorado; Que, de acuerdo con el articulo 79° de la Ley N° 28044, Ley General de Educacion, el Ministerio de Educacion es el organo del Gobierno Nacional que tiene por finalidad definir, dirigir y articular la politica de educacion, cultura, recreacion y deporte, en concordancia con la politica general del Estado; Que, el articulo 4° del Decreto Ley N° 25762, Ley Organica del Ministerio de Educacion, establece que el Ministerio de Educacion formula las politicas nacionales en materia de educacion, cultura, deporte y recreacion, en MORDAZA con los planes del desarrollo y la politica general del Estado; supervisa y evalua su cumplimiento; y formula los planes y programas en materias de su competencia;

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