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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2006 (09/11/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 27

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de noviembre de 2006 332461 CONSIDERANDO: Que, el Ministerio de Mujer y Desarrollo Social - MIMDES, tiene la misión de constituirse en un Sector integrado, moderno, y articulador, liderando las políticas del sector descentralizadamente y contribuyendo a la superación de la pobreza, inequidad y exclusión, orientado a las personas en situación de pobreza y grupos vulnerables con un enfoque de desarrollo humano integral y de equidad, generando igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres; Que, para el logro de sus objetivos institucionales, el MIMDES debe contar con profesionales con experiencia que coadyuven al logro de los mismos, por lo que resulta conveniente designar un asesor Ad Honórem del Despacho Viceministerial de la Mujer; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo, Ley Nº 27594 - Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Ley Nº 27793 - Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 011-2004-MIMDES; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar a la señora CLARISA RICCI YAURIVILCA, como Asesora Ad Honórem del Despacho Viceministerial de la Mujer del Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social - MIMDES. Regístrese, comuníquese y publíquese. VIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujery Desarrollo Social 5107-1 PRODUCE Modifican plazo para presentación de informe final sobre alternativas de solución relativas a la explotación de la pesquería industrial de la especie anchoveta RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 304-2006-PRODUCE Lima, 7 de noviembre de 2006 Visto: El Informe del Secretario Técnico de la Comisión Especial constituida mediante Resolución Ministerial Nº 215- 2006-PRODUCE, de fecha 31 de octubre de 2006; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 215-2006- PRODUCE, de fecha 23 de agosto de 2006 y ampliada por Resolución Ministerial Nº 223-2006-PRODUCE, de fecha 4 de setiembre de 2006, se constituyó la Comisión Especial encargada de evaluar la situación y plantear eventuales alternativas de solución en relación al exceso de esfuerzo pesquero recaído en la explotación de la pesquería industrial de la especie anchoveta; Que, de conformidad con el artículo 4º de Resolución Ministerial Nº 215-2006-PRODUCE, se fi jó un plazo de 60 días calendario contado a partir de la fecha de su publicación, para que la Comisión Especial mencionada en el considerando anterior presente su informe fi nal al Despacho Ministerial de la Producción; Que con el propósito de posibilitar la adecuada atención consensuada de las recomendaciones que formulen las diversas entidades representadas, se considera necesario modi fi car el plazo establecido en el artículo 4º de Resolución Ministerial Nº 215-2006-PRODUCE; De conformidad con el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 010-2006-PRODUCE; y, Con la visación del Viceministro de Pesquería;SE RESUELVE: Artículo Único.- Modi fi cación del plazo para la presentación del informe fi nal. Modi fi car el plazo otorgado en el artículo 4º de la Resolución Ministerial Nº 215-2006-PRODUCE a la Comisión Especial para la presentación de su informe fi nal, el mismo que vencerá a los 30 días hábiles contado a partir de la fecha de publicación de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. RAFAEL REY REY Ministro de la Producción 5097-1 RELACIONES EXTERIORES Autorizan viaje del Ministro de Relaciones Exteriores a Vietnam y Japón y encargan su Cartera al Ministro de Defensa RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 415-2006-RE Lima, 8 de noviembre de 2006 CONSIDERANDO:Que la XIV Cumbre de Líderes del Foro de Cooperación Económica del Asia Pací fi co (APEC), que comprende encuentros de 21 Jefes de Estado y de Gobierno del Asia Pacífi co, se realizará en la ciudad de Hanoi, República Socialista de Vietnam, el 18 y 19 de noviembre de 2006, para tratar temas de interés regional para fi nes de una concertación de políticas de desarrollo; Que a partir del 12 de noviembre de 2006 se efectuarán diversas reuniones de altas autoridades de los países miembros del APEC, entre los que se encuentran la Reunión Conclusiva de Altos Funcionarios, la Reunión Ministerial Conjunta de Ministros de Relaciones Exteriores y de Comercio del APEC, la Cumbre Empresarial del APEC que agrupa a los más importantes representantes de la actividad empresarial privada de la región, entre otras; Que la Reunión Ministerial Conjunta de Ministros de Relaciones Exteriores y de Comercio del APEC tiene como objeto evaluar los temas sustantivos vinculados con la Agenda de Desarrollo de Doha de la Organización Mundial de Comercio, las medidas para hacer frente a los efectos nocivos del terrorismo internacional en el comercio, inversiones y turismo y sobre las posibilidades de cooperación económica y técnica en los esfuerzos para la reducción de la brecha del desarrollo en la región del Asia Pací fi co; Que, la XI Reunión Cumbre de Líderes del APEC aprobó por aclamación la designación del Perú para ocupar la Presidencia del APEC y por lo tanto organizar la XVI Cumbre del APEC a realizarse en nuestro país el 2008, por lo que es de suma importancia la presencia del señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú en las mencionadas reuniones; Que asimismo, el señor Ministro de Relaciones Exteriores sostendrá encuentros bilaterales con Cancilleres y altas autoridades de Estados miembros del APEC; Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores del Perú ha sido invitado por el Canciller de Japón a una Visita O fi cial de Trabajo que realizará en la ciudad de Tokio, Japón del 20 al 22 de noviembre de 2006, siendo de interés del Perú restablecer el diálogo político y económico con dicho país; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º inciso g) y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27819, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, su modi fi catoria la Ley Nº 28807; y su Reglamento, aprobado med iante Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; el artículo 1º del Decreto de