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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2006 (28/09/2006)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 6

NORMAS LEGALESREPUBLICADELPERU 328984El Peruano jueves 28 de setiembre de 2006 Organización y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP , modificado por Decreto Supremo Nº 009-2003-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar a doña MARÍA CECILIA CRESCENCIA ROSA BÁKULA BUDGE como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio yTelevisión del Perú - IRTP . Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 02509-4 /G44/G61/G6E/G20/G70/G6F/G72/G20/G63/G6F/G6E/G63/G6C/G75/G69/G64/G61/G20/G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79 /G64/G65/G73/G69/G67/G6E/G61/G6E/G20 /G6D/G69/G65/G6D/G62/G72/G6F/G20 /G64/G65/G6C/G20 /G43/G6F/G6E/G73/G65/G6A/G6F /G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G49/G6E/G73/G74/G69/G74/G75/G74/G6F/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65 /G52/G61/G64/G69/G6F/G20/G79/G20/G54/G65/G6C/G65/G76/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G65/G72/GFA/G20/G2D/G20/G49/G52/G54/G50 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 289-2006-PCM Lima, 27 de setiembre de 2006CONSIDERANDO: Que, por Resolución Suprema Nº 260-2001-ED se designó al señor César Rodríguez Rabanal comomiembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP; Que, resulta necesario dar por concluido tal nombramiento y designar a la persona que ocupe el mencionado cargo; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 27594, el Decreto Supremo Nº 056-2001-ED, Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP , modificado por DecretoSupremo Nº 009-2003-PCM; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dar por concluida la designación del señor César Rodríguez Rabanal como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio yTelevisión del Perú - IRTP , dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Designar al señor OSCAR REINALDO SERRA CRESPO como miembro del Consejo Directivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP . Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros 02509-5 /G43/G72/G65/G61/G6E/G20/G43/G6F/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G4D/G75/G6C/G74/G69/G73/G65/G63/G74/G6F/G72/G69/G61/G6C/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G65/G6C /GC1/G72/G65/G61/G20/G64/G65/G20/G49/G6E/G66/G6C/G75/G65/G6E/G63/G69/G61/G20/G64/G65/G20/G6C/G6F/G73/G20/G4C/G6F/G74/G65/G73/G20/G31/G20/G41/G42/G20/G79/G38/G20/G6F/G70/G65/G72/G61/G64/G6F/G73/G20/G70/G6F/G72/G20/G6C/G61/G20/G45/G6D/G70/G72/G65/G73/G61/G20/G50/G6C/G75/G73/G70/G65/G74/G72/G6F/G6C/G4E/G6F/G72/G74/G65/G20/G53/G2E/G41/G2E RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 346-2006-PCM Lima, 27 de setiembre de 2006CONSIDERANDO: Que la Constitución Política del Perú dispone en su artículo 67º que el Estado Peruano determina la PolíticaNacional del Ambiente y promueve el uso sostenible de los recursos naturales; Que, la Ley Nº 28611, Ley General del Ambiente, en su artículo 3º señala que el Estado, a través de sus entidades y órganos correspondientes, diseña y aplica las políticas, normas, instrumentos, incentivos ysanciones que sean necesarios para garantizar el efectivo ejercicio de los derechos así como el cumplimiento de las obligaciones y responsabilidades contenidos en ella; y ensu artículo 11º incisos a) y b) se señala que los lineamientos ambientales básicos de las políticas públicas deben orientarse al respeto de la dignidad humana y lamejora continua de la calidad de vida de la población, asegurando una protección adecuada de la salud de las personas y la prevención de riesgos y daños ambientales,así como la prevención y el control de la contaminación ambiental, principalmente en las fuentes emisoras; Que, dado el estado de la salud de la población, los pasivos ambientales existentes y la calidad del ambiente del área de influencia de los Lotes 1AB y 8 operados por la empresa Pluspetrol Norte S.A., ubicados en lasprovincias de Alto Amazonas y Loreto, respectivamente, en el departamento de Loreto; se hace necesario el fortalecimiento de los mecanismos de coordinación,vigilancia y fiscalización de los aspectos sociales y ambientales, los mismos que competen a las diversas instituciones públicas vinculadas al desarrollo del país,en especial en la zona que habitan las comunidades nativas en el área de influencia de los mencionados lotes; Que, para los efectos antes indicados, es necesario crear una Comisión Multisectorial con el objeto de aunar esfuerzos orientados a velar por la integridad y seguridad de los ciudadanos en las zonas geográficas del proyectoen mención, fortaleciendo de esta manera la presencia del Estado; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560, el Decreto Ley Nº 21292 y la Ley Nº 27594; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Crear una Comisión Multisectorial, adscrita al Ministerio de Energía y Minas, con el objeto de estudiar, analizar y proponer mecanismos para mejorar las condiciones socio-ambientales del área deinfluencia de los Lotes 1AB y 8 de la empresa Pluspetrol Norte S.A., departamento de Loreto, provincias de Alto Amazonas y Loreto. Artículo 2º.- La Comisión estará integrada en la siguiente forma: - Un representante del Ministerio de Energía y Minas quien la presidirá; - Un representante de la Dirección General de Salud del Ministerio de Salud; - Un representante del Ministerio de Educación; - Un representante de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa; - Un representante del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA; - Un representante del Consejo Nacional del Ambiente - CONAM; - Un representante del Organismo Supervisor de Inversión en la Energía - OSINERG; - Un representante del Gobierno Regional de Loreto; - Un representante de cada una de las Municipalidades Provinciales involucradas; - Dos representantes de las Comunidades Nativas de la zona de influencia; y, - Dos representantes de las Federaciones Nativas de la zona de influencia. La Comisión podrá invitar a los representantes de las empresas petroleras directamente involucradas. Artículo 3º.- La Comisión elaborará un Plan de Acción en el área de influencia de los Lotes 8 y 1AB que incluirá los siguientes aspectos: a) Evaluación y planteamiento de medidas de solución frente a los impactos ambientales y sociales producidos por la actividad petrolera, y otras actividades productivas.