TEXTO PAGINA: 17
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 3 de abril de 2007 342831 en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 43040451, por duplicidad; 4.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 175- AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que la ciudadana BETTY CARBAJAL DE DAGNINO, titular de la Inscripción Nº 06138643, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 09465490 bajo el nombre de BETTY ESTHER CARBAJAL SALCEDO VIUDA DE BURGOS, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 163-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 023-2006/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 09465490, por duplicidad; 5.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 161- AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano TEOFILO FELIX MOLINA PAUCAR, titular de la Inscripción Nº 20065179, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 41525712 bajo el nombre de JORGE LUIS MOLINA PAUCAR, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 158-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 023-2006/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 41525712, por duplicidad; 6.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 163/ AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que la ciudadana VICTORIA VILCHEZ REYES DE NAKAYABU, titular de la Inscripción Nº 16001548, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 15752077 bajo el nombre de ROSA VERÓNICA MURAO SANTOS, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 192-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 24-2006/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 15752077, por duplicidad; 7.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 155/ AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano OMAR SILVER CHAMORRO ROJO, titular de la Inscripción Nº 10761346, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 43512220 bajo el nombre de CESAR EDGARDO NORIEGA BAMONDI, hecho que se encuentra verifi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 191-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 24-2006/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 43521110, por duplicidad; 8.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 154/ AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano BERNARDO PERCCA FLORES, titular de la Inscripción Nº 01244838, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 01299325 bajo el mismo nombre pero consignando otra fecha y lugar de nacimiento, hecho que se encuentra veri fi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 327-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 05-2007/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 01299325, por duplicidad; 9.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 179/ AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano RENZO PICHILINGUE YUASA, titular de la Inscripción Nº 10343348, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 15761774 bajo el nombre de CARLOS RENZO PICHILINGUE MORALES, hecho que se encuentra verifi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 320-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 05-2007/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 15761774, por duplicidad;10.- Informe de Homologación Monodactilar Nº 159- AFIS/2007/DDG/GPDR/RENIEC.- Establece que el ciudadano JUAN FRANCISCO CRUZADO MIRANDA, titular de la Inscripción Nº 32969651, obtuvo de manera indebida la Inscripción Nº 42918781 bajo el nombre de JOSE FIDENCIO PEREZ SOLIS, hecho que se encuentra verifi cado mediante el Examen Pericial Sumario AFIS Nº 269-MIG, determinándose que se trata de una misma persona biológica con dos inscripciones. Disponiéndose mediante Resolución AFIS Nº 11-2007/SGEDI/GEDR/RENIEC, la exclusión de fi nitiva en el Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de la Inscripción Nº 42918781, por duplicidad; Que, si bien se ha dispuesto la exclusión de fi nitiva del Registro Único de Identi fi cación de las Personas Naturales, de las inscripciones afectadas por duplicidad de inscripción; ante el comportamiento evidenciado por los ciudadanos mencionados, al haber obtenido una segunda inscripción declarando datos falsos en el registro, se concluye válidamente la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, previsto y sancionado en el artículo 428° del Código Penal vigente, por cuanto ninguna persona puede tener dos inscripciones distintas; Que, en atención a los fundamentos que anteceden y estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoría Jurídica, resulta necesario autorizar al Procurador Público a cargo de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que interponga las acciones legales que correspondan en defensa de los intereses del Estado y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, y; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 17537 y la Ley N° 26497; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para que en nombre y representación de los intereses del Estado, interponga las acciones legales que correspondan por la presunta comisión del delito contra la Fe Pública, en la modalidad de falsedad ideológica, en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, contra: 01.- JOHNNY IGINIO CASTAÑEDA ALAYO o JHONNY MAKINO ALAYO. 02.- WILLY FLORES VIDARTE o WILLY BRUNO SALINAS. 03.- IRENE DORIS REGINA FLORES HUETE o IRENE DANIELA REGINA HUETE BAEZA. 04.- BETTY CARBAJAL DE DAGNINO o BETTY ESTHER CARBAJAL SALCEDO VIUDA DE BURGOS. 05.- TEOFILO FELIX MOLINA PAUCAR o JORGE LUIS MOLINA PAUCAR. 06.- VICTORIA VILCHEZ REYES DE NAKAYABU o ROSA VERÓNICA MURAO SANTOS. 07.- OMAR SILVER CHAMORRO ROJO o CESAR EDGARDO NORIEGA BAMONDI. 08.- BERNARDO PERCCA FLORES.09.- RENZO PICHILINGUE YUASA o CARLOS RENZO PICHILINGUE MORALES. 10.- JUAN FRANCISCO CRUZADO MIRANDA o JOSE FIDENCIO PEREZ SOLIS. Artículo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identi fi cación y Estado Civil, para los fi nes a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, publíquese y cúmplase.EDUARDO RUIZ BOTTO Jefe 44497-1