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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de abril de 2007 343464 Autorizan viaje del Ministro de Energía y Minas a Venezuela para participar en la II Reunión de Ministros de Energía Sudamericanos y encargan su Despacho al Ministro de Agricultura RESOLUCIÓN SUPREMA N° 066-2007-PCM Piura, 13 de abril de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Comunicación de fecha 12 de marzo de 2007 el Ministro de Energía y Petróleo de la República Bolivariana de Venezuela invita al Ministro de Energía y Minas del Perú a la II Reunón de Ministros de Energía Sudamericanos, a efectuarse en la Isla de Margarita, República Bolivariana de Venezuela, el día 16 de abril de 2007; Que, la mencionada reunión tendrá como objetivo evaluar las conclusiones y recomendaciones alcanzadas en la reunión preparatoria de expertos, al igual que consensuar los planes y grandes líneas de acción en materia de integración energética que serán presentados a los Presidentes durante la I Cumbre Energética Sudamericana; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje al exterior del Arq. Juan Valdivia Romero, Ministro de Energía y Minas, a la Isla de Margarita, República Bolivariana de Venezuela, del 15 al 17 de abril de 2007; De conformidad con lo dispuesto por el artículo 127° de la Constitución Política del Perú; el Decreto Legislativo N° 560, Ley del Poder Ejecutivo; y, la Ley N° 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar el viaje del Arq. Juan Valdivia Romero, Ministro de Energía y Minas, a la Isla de Margarita, República Bolivariana de Venezuela, del 15 al 17 de abril de 2007, a fi n que participe en la II Reunión de Ministros de Energía Sudamericanos. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos con cargo al presupuesto del Ministerio de Energía y Minas, de acuerdo al siguiente detalle: Pasaje US$ 1010,00 Viáticos ($200 p/día x 3 días) US$ 600,00 Tarifa Corpac US$ 30,25 Artículo 3°.- Encargar el Despacho del Ministro de Energía y Minas al señor Juan José Salazar García, Ministro de Agricultura, a partir del 15 de abril de 2007, y en tanto dure la ausencia del titular. Artículo 4°.- La presente Resolución Suprema no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Artículo 5°.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JORGE DEL CASTILLO GÁLVEZ Presidente del Consejo de Ministros JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 49218-5Aprueban normas para la transferencia de desembarcaderos pesqueros arte-sanales, centros de acuicultura y módulos de comercialización de especies hidrobiológicas a Gobiernos Regionales y Locales RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 110-2007-PCM Lima, 13 de abril de 2007 VISTOS:Los O fi cios N°s. 068-2007-PCM/SD y 118-2007-PCM/ SD del Secretario de Descentralización; CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N°. 021-2006-PCM se aprobó el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006”, el mismo que dispone las transferencias de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza y Funciones Sectoriales para el año 2006; Que, mediante Resolución Presidencial N°. 058-CND- P-2006 se aprobó la Directiva N°. 004-CND-P-2006: “Normas para la ejecución de las Transferencias a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, Proyectos de Inversión de Infraestructura Productiva de alcance Regional y Funciones Sectoriales, incluidos en los Planes Anuales de Transferencia”, la cual establece disposiciones generales, procedimientos y plazos que deberán cumplir las Entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales, para ejecutar las transferencias, según corresponda; así como, los Anexos con las normas especí fi cas para las transferencias dispuestas por el Decreto Supremo N°. 021-2006-PCM mencionado en el considerando anterior; Que, mediante Decreto Supremo N°. 076-2006-PCM se incorporó en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales y Locales del año 2006”, la transferencia de 26 desembarcaderos pesqueros artesanales y 21 centros de acuicultura, a los Gobiernos Regionales, y de 7 módulos de comercialización de especies hidrobiológicas, a los Gobiernos Locales, pertenecientes al Ministerio de la Producción; Que, la Presidencia del Consejo de Ministros es el encargado de dirigir y conducir el proceso de descentralización, a través de su Secretaría de Descentralización, en mérito al Decreto Supremo N° 007-2007-PCM; Que, en tal sentido, resulta pertinente que la Presidencia del Consejo de Ministros dicte la normatividad especí fi ca que establezca los procedimientos, los plazos y los mecanismos de veri fi cación, que deberán cumplir el Ministerio de la Producción y los Gobiernos Regionales y Locales receptores; de manera tal, que se ejecuten las transferencias antes señaladas; De conformidad con la Ley N° 27783, la Ley N° 27867, la Ley N° 28273 y los Decretos Supremos N°s 021-2006-PCM, 076-2006-PCM y 007-2007-PCM; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar las “Normas Especí fi cas para la transferencia de 26 desembarcaderos pesqueros artesanales y 21 centros de acuicultura, a los Gobiernos Regionales, y de 7 módulos de comercialización de especies hidrobiológicas, a los Gobiernos Locales, pertenecientes al Ministerio de la Producción, dispuesta por el Decreto Supremo No. 076-2006-PCM”, las mismas que en Anexo forman parte integrante de la presente Resolución y que se incorporan como Anexo 6 de la Directiva N° 004-CND-P-2006: “Normas para la ejecución de las Transferencias a los Gobiernos Regionales y Locales, de los Fondos y Proyectos Sociales, Programas Sociales de Lucha contra la Pobreza, Proyectos de Inversión de Infraestructura Productiva de alcance Regional y Funciones Sectoriales, incluidos en los