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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 14 de abril de 2007 343469 3.3.Los documentos que respaldan el cumplimiento de los Mecanismos de Veri fi cación serán presentados en las O fi cinas de la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), hasta el 30 de junio del 2007. sito en Los Jazmines Nº 555 – Lince – Lima. 3.4.La Validación de la documentación para el cumplimiento de los Mecanismos de Veri fi cación por parte de la Secretaria de Descentralización de la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), será hasta el 20 de julio del 2007 3.5.La Presidencia del Consejo de Ministros (PCM) emitirá y publicará en el Diario O fi cial El Peruano la correspondiente Resolución que contenga la lista de los Gobiernos Locales que hayan cumplido los Mecanismos de Veri fi cación. 3.6.La suscripción de las Actas de Entrega y Recepción y de los Convenios de Gestión, con los Gobiernos Locales que hayan cumplido los Mecanismos de Veri fi cación se realizará a partir de la publicación de la Resolución referida en el numeral 3.5. 3.7.La transferencia efectiva de los recursos a Gobiernos Locales que hayan cumplido los Mecanismos de Veri fi cación se realizará a partir del mes de agosto 2007, previa suscripción de los Convenios de Gestión y la aprobación de la Resolución Ministerial que autorice la transferencia fi nanciera respectiva. 49217-2 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 035-2007-PCM Mediante O fi cio Nº 196-2007-SCM-PR la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publíque Fe de Erratas de las Normas para la Ejecución de Censos Nacionales: XI de Población y VI de Vivienda en el año 2007, aprobadas por Decreto Supremo Nº 035-2007-PCM, publicado en la edición del 7 de abril de 2007. (Página 343052)DICE:“Artículo 66º.- Todas las personas serán empadronadas en el lugar donde pasaron la noche anterior al “Día del Censo”. Las personas de 12 y más años de edad brindarán personalmente sus datos. La información sobre las características de la vivienda, de las personas menores de 12 años y de las personas con discapacidad, será proporcionada por una persona responsable del hogar.” DEBE DECIR:“Artículo 66º.- Todas las personas serán empadronadas en el lugar donde pasaron la noche anterior al “Día del Censo”. Las personas de 12 y más años de edad brindarán personalmente sus datos. La información sobre las características de la vivienda, de las personas menores de 12 años y de las personas con discapacidad severa, cuando se encuentren impedidas de poder comunicarse o brindar información de manera clara e indubitable, será proporcionada por una persona responsable del hogar.” 49220-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 037-2007-PCM Mediante O fi cio Nº 197-2007-SCM-PR, la Secretaría del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 037-2007-PCM, publicado en la edición del día 12 de abril de 2007. En el sexto considerando:DICE:“Que, en consecuencia, a partir de la vigencia de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, la referencia a funcionarios con cargo de con fi anza empleada en el artículo 3º de la Ley Nº 27594 debe ser entendida como empleados de con fi anza.” DEBE DECIR: “Que, en consecuencia, a partir de la vigencia de la Ley Nº 28175, Ley Marco del Empleo Público, la referencia a funcionarios con cargo de con fi anza empleada en el artículo 3º de la Ley Nº 27594 debe ser entendida como empleados de con fi anza o servidores públicos de libre remoción o designación, según sea el caso.” 49221-1 FE DE ERRATAS RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 103-2007-PCM Mediante O fi cio N° 042-2007-PCM/SG-ELV/OAJ la Presidencia del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas de la Resolución Ministerial N° 103-2007-PCM, publicada en la edición del 31 de marzo de 2007 En el Cuarto considerando:DICE:“Que, la participación del Perú en las Operaciones de Mantenimiento de la Paz (OMP), constituye uno de los objetivos de la política exterior del Perú y de interés nacional, presentando además, una oportunidad que permite reforzar la integración de las Fuerzas Armadas y Policiales Peruanas con la comunidad internacional, en especial con las Armadas y Policiales de Latinoamérica, promoviendo lazos de con fi anza;” DEBE DECIR:“Que, la participación del Perú en las Operaciones de Mantenimiento de la Paz (OMP), constituye uno de los objetivos de la política exterior del Perú y de interés nacional, presentando además, una oportunidad que permite reforzar la integración de las Fuerzas Armadas y Policiales Peruanas con la comunidad internacional, en especial con las Fuerzas Armadas y Policiales de Latinoamérica, promoviendo lazos de con fi anza;” 48555-1 DEFENSA Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de EE.UU. para realizar curso de guardacostas RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 252-2007 DE/SG Lima, 12 de abril de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Facsímil (DGS) N° F-262 de fecha 21 de marzo de 2007, el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de los Estados Unidos de América, sin armas de guerra; Que, personal militar de los Estados Unidos de América realizará el curso de Guardacostas bajo la modalidad de Equipo Móvil de Entrenamiento (MTT): “Seguridad y Vulnerabilidad Física de Puertos”, para el personal de Aduanas, Empresa Nacional de Puertos y de la Dirección General de Capitanías y Guardacostas, el cual permitirá elevar el conocimiento y optimizar el cumplimiento de las funciones asignadas a la Autoridad Marítima; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856 - Ley de requisitos para la autorización y consentimiento para el ingreso