Norma Legal Oficial del día 14 de abril del año 2007 (14/04/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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N° 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 NOMBRE Centro Piscicola "Tunsulla" Centro Piscicola "Namora" Centro Piscicola "Langui" Centro Piscicola "Echarate" Estacion Pesquera de Lircay Estacion Pesquera de Pultoc Unidad Productora "Molino" Centro Piscicola "El Ingenio" Centro Piscicola "Motil" Estacion Pesquera de Huancabamba Centro Piscicola "Llaquepa" Muelle Barco "Chuchito" Estacion Pesquera "Ahuashiyacu" Piscigranja Piloto Rural de Marona Centro Piscicola "Sauce" Piscigranja Demostrativa de Oasis Centro Piscicola "Mashuyacu" Piscigranja Comunal de Jepelacio

NORMAS LEGALES
GOBIERNO REGIONAL RECEPTOR MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Huancavelica Huancavelica MORDAZA MORDAZA La MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA San MORDAZA San MORDAZA San MORDAZA San MORDAZA San MORDAZA San MORDAZA

El Peruano MORDAZA, sabado 14 de MORDAZA de 2007

4.GOBIERNOS LOCALES Se detalla a continuacion la relacion de Gobiernos Locales considerados para la transferencia de los 7 modulos de comercializacion de especies hidrobiologicas, del Ministerio de la Produccion, de conformidad con el Decreto Supremo Nº 076-2006-PCM: MODULOS DE COMERCIALIZACION DE ESPECIES HIDROBIOLOGICAS A SER TRANSFERIDOS A LOS GOBIERNOS LOCALES
N° 1 2 3 4 5 6 7 NOMBRE Modulo de Comercializacion de Huancabamba Modulo de Comercializacion de Chulucanas - Morropon Modulo de Comercializacion de Moyobamba Modulo de Comercializacion de Canta Modulo de Comercializacion de Quillabamba Modulo de Comercializacion de Sicuani Frigorifico Pesquero Puerto MORDAZA GOBIERNO LOCAL RECEPTOR Municipalidad Provincial de Huancabamba Municipalidad Provincial de Chulucanas Municipalidad Provincial de Moyobamba Municipalidad Provincial de Canta Municipalidad Provincial de La Convencion Municipalidad Provincial de Sicuani Municipalidad Provincial de Tambopata

5. PROCEDIMIENTOS La transferencia de la Infraestructura Pesquera Artesanal y Acuicola, del Ministerio de la Produccion, a los Gobiernos Regionales y Locales, sin perjuicio de las disposiciones generales establecidas en la Directiva Nº 004-CND-P-2006, aprobada por la Resolucion Presidencial Nº 058-CND-P-2006, se sujetara al siguiente procedimiento: 5.1 El Ministerio de la Produccion, mediante Resolucion Ministerial, conformara una Comision de Transferencia de Entrega, la cual estara presidida por el Viceministro o su representante, e integrada, ademas, por un MORDAZA de cinco (5) funcionarios, servidores publicos y/o personal, en general, nombrados o contratados, cualquiera sea su regimen de contratacion, preferentemente vinculados al objeto de la transferencia. El Presidente de la Comision podra conformar Subcomisiones de trabajo. 5.2 Los Gobiernos Regionales y Locales, mediante Resolucion Ejecutiva Regional o Decreto de Alcaldia, segun corresponda, conformaran una Comision de Transferencia de Recepcion, que estara presidida por

el Titular del Pliego o su representante, e integrada, ademas, por un MORDAZA de cinco (5) funcionarios, servidores publicos y/o personal, en general, nombrados o contratados, cualquiera sea su regimen de contratacion, preferentemente vinculados al objeto de la transferencia. 5.3La Comision de Transferencia de Entrega, realizara el ordenamiento administrativo, tecnico y legal de los activos, objeto de la transferencia. El Presidente de la Comision o su representante, suscribira y entregara el Informe Preparatorio a los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepcion, a mas tardar el 30 de MORDAZA de 2007. 5.4Los Titulares del Pliego Ministerial o su representante y los Titulares de Pliego de los Gobiernos Regionales y Locales o sus representantes, suscribiran Convenios de Cooperacion, a mas tardar el 30 de MORDAZA de 2007. 5.5 Las Comisiones de Transferencia de Recepcion elaboraran la documentacion que les permita respaldar el cumplimiento de los Mecanismos de Verificacion que se detallan en el numeral 6 del presente Anexo, la misma que sera enviada por los Presidentes de las Comisiones de Transferencia de Recepcion al Presidente de la Comision de Transferencia de Entrega y a la Secretaria de Descentralizacion de la PCM, para su validacion, a mas tardar el 30 de MORDAZA de 2007. 5.6 La Secretaria de Descentralizacion de la PCM revisa y aprueba el cumplimiento de los Mecanismos de Verificacion, y tramita la Resolucion Ministerial respectiva que declara apto al Gobierno Regional para acceder a la transferencia correspondiente, a mas tardar el 15 de MORDAZA de 2007. 5.7 La Secretaria de Descentralizacion notifica a las Comisiones de Transferencia de Entrega y Recepcion, de la emision y alcances de la Resolucion Ministerial MORDAZA mencionada, a efecto de que procedan a la suscripcion de las Actas de Entrega y Recepcion, a mas tardar el 30 de MORDAZA de 2007. 5.7 Las Comisiones de Transferencia de Recepcion y de Entrega elaboran un expediente conformado por el Informe Preparatorio, la documentacion que respalda el cumplimiento de los Mecanismos de Verificacion, la Resolucion Ministerial que aprueba el cumplimiento de los Mecanismos de Verificacion, el Informe Final y el Acta de Entrega y Recepcion de la transferencia de la Infraestructura Pesquera Artesanal y Acuicola, a los Gobiernos Regionales y Locales, segun sea el caso. 5.8El Informe Final sera suscrito por el Presidente de la Comision de Transferencia de Entrega, en su calidad de responsable de transferir la Infraestructura Pesquera Artesanal y Acuicola. 5.9 El Expediente se elabora en dos (2) originales, de igual tenor y valor, que quedaran, uno, en poder del Presidente de la Comision de Transferencia de Entrega y, el otro, en poder del Presidente de la Comision Transferencia de Recepcion. Una MORDAZA fedateada del expediente sera remitida por el Presidente de la Comision de Transferencia de Entrega a la Secretaria de Descentralizacion de la PCM, a mas tardar el 15 de junio de 2007. 5.10 El Acta de Entrega y Recepcion sera suscrita en dos (2) originales, por el Titular del Pliego Ministerial y por el Titular del Pliego del Gobierno Regional o Local, segun corresponda. La suscripcion puede ser delegada por Resolucion Ministerial o Decreto de Alcaldia, segun sea el caso. 5.11 El MORDAZA de transferencia concluye con la dacion del respectivo Decreto Supremo, por parte del Ministerio de la Produccion, con el cual se formaliza la transferencia del dominio y titularidad de los activos, a mas tardar el 28 de MORDAZA de 2007. 6.MECANISMOS DE VERIFICACION Para acceder a la transferencia de los 26 desembarcaderos pesqueros artesanales, 21 centros de acuicultura y 7 modulos de comercializacion de especies hidrobiologicas, los Gobiernos Regionales y Locales deben cumplir con presentar a la Secretaria de Descentralizacion de la PCM, los siguientes Mecanismos de Verificacion:

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