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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE AGOSTO DEL AÑO 2007 (09/08/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 13

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 9 de agosto de 2007 351035 de Economía y Finanzas, con SACE S.p.A., a efectos de formalizar los términos del prepago con dicho acreedor, en el marco del Decreto Supremo Nº 092-2007-EF y su modi fi catoria, por los montos de EUR 51 394 958,07 (CINCUENTA Y UN MILLONES TRESCIENTOS NOVENTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 07/100 EUROS) y US$ 123 332 174,58 (CIENTO VEINTITRES MILLONES TRESCIENTOS TREINTA Y DOS MIL CIENTO SETENTA Y CUATRO Y 58/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 94002-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 463-2007-EF/75 Lima, 7 de agosto de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo N° 058-2007-EF, se aprobó una operación de administración de deuda, en la modalidad de prepago, con los acreedores de la República del Perú en el Club de París, habiéndose suscrito la respectiva Minuta con fecha 23 de mayo de 2007; Que, a través del Artículo 1° del Decreto Supremo Nº 092-2007-EF y su modi fi catoria, se aprobó la Minuta antes mencionada y se dispuso que los acuerdos bilaterales que se requieran para la implementación de dicha Minuta, se aprueban por Resolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas; Que, en el marco de la referida Minuta, The Swedish Export Credits Guarantee Board de Suecia ha aceptado el citado prepago, cuyos términos serán formalizados en un acuerdo bilateral a ser suscrito con dicho acreedor; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 092-2007-EF y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar el acuerdo bilateral a ser suscrito por la República del Perú, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, con The Swedish Export Credits Guarantee Board de Suecia, a efectos de formalizar los términos del prepago con dicho acreedor en el marco del Decreto Supremo Nº 092-2007-EF y su modi fi catoria, por los montos de SEK 276 501 862,49 (DOSCIENTOS SETENTA Y SEIS MILLONES QUINIENTOS UN MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y DOS Y 49/100 CORONAS SUECAS) y US$ 39 998 896,70 (TREINTA Y NUEVE MILLONES NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 70/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 94002-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 464-2007-EF/75 Lima, 7 de agosto de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante el Decreto Supremo N° 058-2007-EF, se aprobó una operación de administración de deuda, en la modalidad de prepago, con los acreedores de la República del Perú en el Club de París, habiéndose suscrito la respectiva Minuta con fecha 23 de mayo de 2007; Que, a través del Artículo 1° del Decreto Supremo Nº 092-2007-EF y su modi fi catoria, se aprobó la Minuta antes mencionada y se dispuso que los acuerdos bilaterales que se requieran para la implementación de dicha Minuta, se aprueban por Resolución Ministerial del Sector Economía y Finanzas; Que, en el marco de la referida Minuta, el Gobierno del Reino de Noruega ha aceptado el citado prepago, cuyos términos serán formalizados en un acuerdo bilateral a ser suscrito con dicho país; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supremo Nº 092-2007-EF y su modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo Único.- Aprobar el acuerdo bilateral a ser suscrito por la República del Perú, a través del Ministerio de Economía y Finanzas, con el Gobierno del Reino de Noruega, a efectos de formalizar los términos del prepago con dicho país en el marco del Decreto Supremo Nº 092-2007-EF y su modi fi catoria, por los montos de US$ 13 614 419,58 (TRECE MILLONES SEISCIENTOS CATORCE MIL CUATROCIENTOS DIECINUEVE Y 58/100 DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA) y NOK 109 242 378,59 (CIENTO NUEVE MILLONES DOSCIENTOS CUARENTA Y DOS MIL TRESCIENTOS SETENTA Y OCHO Y 59/100 CORONAS NORUEGAS). Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas 94002-3 EDUCACION Autorizan transferencias financieras a favor de las Municipalidades Provincial de Ferreñafe y Distritales de Mórrope, Olmos y Lagunas, para la ejecución de proyectos de inversión en infraestructura educativa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0376-2007-ED Lima, 6 de agosto de 2007 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0747-2006-ED se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 010: Ministerio de Educación para el Año Fiscal 2007, de conformidad con la Ley Nº 28927 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007”, el cual ha sido modi fi cado por la incorporación de nuevas Actividades, Proyectos, Créditos Suplementarios, Transferencias de Partidas entre Pliegos, Saldos de Balance y Modi fi caciones Presupuestarias en el nivel Funcional Programático; Que, la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley N° 29035, Ley que Autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, incluye el literal l) dentro del párrafo 75.4 del artículo 75º de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autorizando al Ministerio de Educación a efectuar Transferencias Financieras a favor de los gobiernos regionales y locales, para actividades, proyectos de inversión, servicio de mantenimiento y equipamiento, referidos a infraestructura y/o tecnología educativa, las que serán aprobadas por resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Informe Nº 300-2007-ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto emite opinión técnica respecto a la necesidad de efectuar una transferencia fi nanciera del Pliego 010: Ministerio de Educación, a favor de los Pliegos de los Gobiernos Locales 301239: Municipalidad Provincial de Ferreñafe, 301249: Municipalidad Distrital de Morrope, 301295: Municipalidad Distrital de Olmos y 301222: Municipalidad Distrital de Lagunas, comprendidos en el departamento de Lambayeque, hasta por la suma de SEIS MILLONES CIENTO TREINTA Y DOS MIL