Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2007 (20/08/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 20 de agosto de 2007

b) Determinar si la capacidad del sistema de gestion de trafico y el dimensionamiento de las redes de telecomunicaciones son suficientes para atender la demanda generada. c) Determinar si los sistemas de respaldo y sistemas de energia alterna son los adecuados. d) Determinar, en el caso de los servicios publicos moviles, el nivel de operatividad de las celdas. e) Otras acciones que MORDAZA necesarias. Articulo 2º.- Disponer que la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones realice las acciones de fiscalizacion conforme a lo dispuesto en el articulo precedente con la participacion de la Universidad Nacional de Ingenieria y el Colegio de Ingenieros del Peru, en calidad de veedores. Articulo 3º.- La Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, en el plazo de quince (15) dias habiles, debera presentar al Despacho Viceministerial de Comunicaciones, un informe con el resultado de las acciones dispuestas en la presente resolucion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA ALJOVIN GAZZANI Viceministra de Comunicaciones 98756-1

GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE SAN MORDAZA
Aprueban MORDAZA de la Direccion Regional Agraria San MORDAZA
ORDENANZA REGIONAL Nº 020-2007-GRSM/CR Moyobamba, POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, de conformidad con lo previsto en los Articulos 197° y 198° de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley de la Reforma Constitucional del Capitulo XIV del Titulo IV, sobre Descentralizacion, Ley N° 27680; Ley de Bases de la Descentralizacion, Ley N° 27783; Ley Organica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias por Ley N° 27902 y Ley N° 28013; Reglamento Interno del Consejo Regional de San MORDAZA y demas normas complementarias, y; CONSIDERANDO: Que, el Articulo 2º de la Ley Organica de Gobiernos Regionales N° 27867, modificada por las Leyes Nº 27902 y 28013, las cuales disponen que los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas juridicas de derechos publico, con autonomia politica, economica y administrativa en asuntos de su competencia, constituye para su administracion economica y financiera, un pliego presupuestal; Que, el Articulo 37º de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, establece que todas las entidades deben aprobar y gestionar su Texto Unico de Procedimientos Administrativos y documentos de gestion los cuales comprenden todos los procedimientos de iniciativa de parte requeridos por los administrados para satisfacer su interes o derechos mediante el pronunciamiento de cualquier organo de una entidad; se especifica en el mismo, los requisitos, calificacion de cada procedimiento, el derecho de pago por tramitacion

expresado en valor porcentual a la Unidad Impositiva Tributaria, la autoridad para resolver y si el procedimiento lo amerita se debe difundir los formularios necesarios; Que, con Oficio Nº 659-2007-GR-SM/DRASAM, la Direccion Regional Agraria San MORDAZA, solicita la aprobacion de su Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA para lo cual, ha remitido el proyecto del Texto Unico de Procedimientos Administrativos - MORDAZA para su evaluacion y aprobacion correspondiente; Que, con Nota Informativa Nº 020-2007-GRSM/GRPPAT/SGR, de fecha 17 de MORDAZA del presente ano, la Sub Gerencia de Racionalizacion, luego del analisis de la documentacion respectiva y concluyendo que se encuentra con arreglo a Ley, emite opinion favorable para su aprobacion con la MORDAZA de igual jerarquia de la que inicialmente se aprobo, remitiendo al Gerente Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorio, quien tambien emite opinion favorable, sugiriendo su aprobacion; Que, con Informe Legal Nº 124-2007-GRSM/ORAL, de fecha 28 de MORDAZA del presente ano, la Oficina Regional de Asesoria Legal opina favorable la aprobacion del Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ (TUPA) de la Direccion Regional Agraria San Martin; Que, el Consejo Regional tiene las atribuciones de normar la organizacion del Gobierno Regional a traves de las Ordenanzas Regionales, en concordancia con el articulo 15º inciso a) de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales; en la que faculta aprobar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de su competencia y funciones del Gobierno Regional; Que, de conformidad con lo establecido con el Articulo 39º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, modificada por las Leyes Nº 27902 y 28013, los acuerdos del Consejo Regional expresan la decision de este organo sobre asuntos institucionales; Que, el literal o) del articulo 21º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, establece que es atribucion del Presidente Regional promulgar Ordenanzas Regionales o hacer uso de su derecho a observarlas en el plazo de quince (15) dias habiles y ejecutar los acuerdos del Consejo Regional; Que, de conformidad con las facultades conferidas por la Constitucion Politica del Estado, Ley Organica de Gobiernos Regionales y Reglamento Interno del Consejo Regional. El Consejo Regional de San MORDAZA, en Sesion Extraordinaria de fecha 13 de MORDAZA del presente ano desarrollada en el Auditorio del Gobierno Regional de San MORDAZA, y estando a las atribuciones conferidas por el Articulo 28º de la Ley Nº 27867, Ley Organica de Gobiernos Regionales, aprobo por unanimidad, la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Articulo Primero.- APROBAR el Texto Unico de Procedimientos Administrativos ­ MORDAZA 2007 de la Direccion Regional Agraria San MORDAZA, el mismo que consta de siete (07) folios rubricados al margen forman parte de la presente Ordenanza Regional. Articulo Segundo.- COMUNIQUESE al Senor Presidente del Gobierno Regional de San MORDAZA, para la promulgacion de la presente Ordenanza Regional. Articulo Tercero.- AUTORIZAR, a la Abogada MORDAZA MORDAZA MORDAZA, Secretaria del Consejo Regional de San MORDAZA, realizar los tramites respectivos para la publicacion de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulacion de la Region San MORDAZA y en el Diario Oficial El Peruano, asi mismo disponer su inclusion en el MORDAZA electronico del Gobierno Regional de San MORDAZA, previa promulgacion de la presente Ordenanza Regional, realizada por el Presidente Regional del Gobierno Regional de San MORDAZA, POR TANTO: Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Regional 98407-1

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