Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2007 (20/08/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 22

351908

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 20 de agosto de 2007

PODER EJECUTIVO DECRETOS DE URGENCIA
DECRETO DE URGENCIA Nº 027-2007 DISPONEN EL OTORGAMIENTO DE AYUDA ECONOMICO-SOCIAL A FAVOR DE LOS FAMILIARES O ACOMPANANTES DE LAS PERSONAS HERIDAS Y TRASLADADAS A MORDAZA POR EFECTOS DE LOS SISMOS DEL 15 DE AGOSTO DE 2007
EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, producto de los fuertes sismos registrados el dia 15 de agosto de 2007, se han producido perdidas humanas, numerosos heridos y considerables danos materiales, motivo por el cual mediante el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y ampliatorias se ha declarado el Estado de Emergencia en diversas localidades; Que, por efecto de los mencionados sismos existe un numero considerable de heridos, cuya atencion urgente ha requerido su traslado a la MORDAZA de MORDAZA para su oportuna y adecuada atencion hospitalaria, motivo por el cual resulta necesario otorgar una subvencion por manutencion para los familiares o los acompanantes de estas personas trasladadas, con el objeto de cubrir sus necesidades durante el tiempo que requiera su restablecimiento; Que, es de interes nacional dictar medidas extraordinarias con caracter urgente, de naturaleza economica financiera, con el objeto de brindar una subvencion para manutencion de los familiares o acompanantes de los heridos; En uso de las facultades conferidas por el numeral 19 del articulo 118º de la Constitucion Politica del Peru; Con el MORDAZA aprobatorio del Consejo de Ministros; y, Con cargo a dar cuenta al Congreso de la Republica; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Otorguese, por unica vez la ayuda economico ­ social constituida por una subvencion destinada a la manutencion de los familiares, o ante la ausencia de estos, de los acompanantes del herido trasladado a los hospitales de la MORDAZA de MORDAZA para su atencion urgente por efecto de los sismos ocurridos el 15 de agosto de 2007, proveniente de las zonas declaradas en Estado de Emergencia por el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y ampliatorias, por el monto de OCHOCIENTOS y 00/100 Nuevos Soles (S/. 800,00). Dicha subvencion no debera ser doblemente percibida por las mismas personas (familiares o acompanantes). Precisase que solo se otorgara una subvencion, independientemente del numero de heridos al que asistan los familiares o acompanantes, y del numero de familiares o acompanantes por herido. Articulo 2º.- Acciones a cargo del INDECI Para efecto de lo senalado en el articulo precedente, el Instituto Nacional de Defensa Civil incluira en el empadronamiento como damnificados a los heridos y familiares o ante la ausencia de estos, a los acompanantes. Articulo 3º.- Del financiamiento Los recursos necesarios para la atencion de lo dispuesto en la presente MORDAZA se ejecutan con cargo a la

Reserva de Contingencia consignada en el presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas. Articulo 4º.- Refrendo El presente Decreto de Urgencia sera refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y el Ministro de Economia y Finanzas. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinte dias del mes de agosto del ano dos mil siete. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros MORDAZA MORDAZA UGARTE Ministro de Economia y Finanzas 98757-1

ECONOMIA Y FINANZAS
Autorizan transferencia de partidas a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil para el otorgamiento de ayuda economico social a favor de los familiares o acompanantes de las personas heridas y trasladadas a MORDAZA por los sismos del 15 de agosto de 2007
DECRETO SUPREMO Nº 124-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, producto de los fuertes sismos registrados el dia 15 de agosto de 2007, se han producido perdidas humanas, numerosos heridos y considerables danos materiales, motivo por el cual mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y ampliatorias, se ha declarado el Estado de Emergencia en diversas ciudades; Que, mediante el articulo 1º del Decreto de Urgencia Nº 027-2007 se dispuso el otorgamiento, por unica vez de la ayuda economico ­ social constituida por una subvencion destinada a la manutencion de los familiares, o ante la ausencia de estos, de los acompanantes del herido trasladado a los hospitales de la MORDAZA de MORDAZA para su atencion urgente por efecto de los sismos ocurridos el 15 de agosto de 2007, proveniente de las zonas declaradas en Estado de Emergencia por el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y ampliatorias; las cuales se ejecutaran con cargo a la Reserva de Contingencia consignada en el presupuesto del Ministerio de Economia y Finanzas; Que, en aplicacion de lo MORDAZA senalado, el Instituto Nacional de Defensa Civil ha solicitado recursos por la suma de S/. 700 000,00 para ser destinados al otorgamiento de la subvencion MORDAZA indicada; Que, la Reserva de Contingencia del Ministerio de Economia y Finanzas cuenta con saldos que permiten dar cobertura al requerimiento efectuado por el Instituto Nacional de Defensa Civil, por lo que es necesario autorizar una transferencia de partidas por la suma de SETECIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/.700 000,00); De conformidad con lo establecido por el articulo 45º de la Ley Nº 28411 -Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; DECRETA: Articulo 1º.- Objeto Autorizase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007,

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.