Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2007 (04/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, martes 4 de diciembre de 2007

NORMAS LEGALES

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Que, el literal c) del numeral 3, del articulo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2007 senala: "Queda prohibida la adquisicion de automoviles, camionetas y station wagons salvo para la reposicion en caso de perdida total. Mediante Resolucion Suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizara las solicitudes de exoneracion, se podran agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompanar la certificacion de que se cuenta con el credito presupuestario suficiente para atender el gasto"; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar de los alcances senalados en el literal c) del numeral 3, del articulo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2007, a la Municipalidad Provincial de Tayacaja del departamento de Huancavelica, con la finalidad que le permita adquirir una (1) camioneta Turbo Diesel, conforme a los considerandos de la presente Resolucion Suprema. Articulo 2º.- La Municipalidad Provincial de Tayacaja se constituye como responsable del cumplimiento de la normatividad vigente, el correcto uso de la Estructura Funcional Programatica y MORDAZA de Gastos, asi como de las acciones necesarias, para llevar a cabo la adquisicion de la camioneta referida en el Articulo 1º de la presente Resolucion. Articulo 3º.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 139532-3 RESOLUCION SUPREMA Nº 263-2007-PCM MORDAZA, 3 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio Nº 0104-2007-0100-ALC/ MSI el MORDAZA de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de la provincia y departamento de MORDAZA, solicita exoneracion de la prohibicion para la adquisicion de vehiculos, establecida en el literal c) del numeral 3, del articulo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley del Presupuesto Publico, con la finalidad de mejorar el servicio de patrullaje de seguridad ciudadana en el distrito de San MORDAZA, considerando para el presente ejercicio la adquisicion de 16 camionetas Pick Up 4x2 por un valor estimado de S/. 1'064,690.00 (Un Millon Sesenta y Cuatro Mil Seiscientos Noventa y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Informe Tecnico Nº 004-2007GPPDC/MSI, Formato SNIP 08 "Declaracion de Viabilidad de Proyecto de Inversion Publica" y Memorando Nº 0098-2007-0500-GPPDC/MSI, que forman parte del Oficio Nº 0104-2007-0100-ALC/ MSI, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo en calidad de Oficina de

Programacion e Inversiones (OPI), informa que el Proyecto de Inversion Publica (PIP) "Fortalecimiento del Servicio de Patrullaje de Seguridad Ciudadana en el Distrito de San Isidro" con Codigo SNIP 62915 ha sido aprobado y declarado viable a nivel de perfil, por un monto de inversion de S/. 2'536,937.00 (Dos Millones Quinientos Treinta y Seis Mil Novecientos Treinta y Siete y 00/100 Nuevos Soles), el cual considera la adquisicion de 16 camionetas 4x2 por un costo total de S/. 1'064,690.00 (Un Millon Sesenta y Cuatro Mil Seiscientos Noventa y 00/100 Nuevos Soles); Que, mediante Informe Nº 0048-2007-0500GPPDC/MSI y Disponibilidad Presupuestal Nº 2191, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo informa que la Corporacion Municipal cuenta con los creditos presupuestales suficientes por el monto de S/. 1'509,455.00 (Un Millon Quinientos Nueve Mil Cuatrocientos Cincuenta y Cinco y 00/100 Nuevos Soles), para iniciar la ejecucion del PIP "Fortalecimiento del Servicio de Patrullaje de Seguridad Ciudadana en el Distrito de San Isidro", anotando que de dicho monto a ejecutarse en el presente ejercicio, el importe de S/. 1'064,690.00 (Un Millon Sesenta y Cuatro Mil Seiscientos Noventa y 00/100 Nuevos Soles) corresponde a la adquisicion de 16 camionetas Pick Up doble cabina 4x2, asignados en la siguiente cadena funcional: : 05 PROTECCION Y PREVISION SOCIAL PROGRAMA : 022 ORDEN INTERNO SUBPROGRAMA . 0182 SEGURIDAD CIUDADANA PROYECTO : Fortalecimiento del Servicio de Patrullaje de Seguridad Ciudadana en el distrito de San MORDAZA COMPONENTE : Fortalecimiento del Servicio de Patrullaje de Seguridad Ciudadana en el distrito de San MORDAZA FINALIDAD : Fortalecimiento del Servicio de Seguridad Ciudadana CADENA DE GASTOS : 6.5.11.51 Que, el literal c) del numeral 3, del articulo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2007 senala: "Queda prohibida la adquisicion de automoviles, camionetas y station wagons salvo para la reposicion en caso de perdida total. Mediante resolucion suprema refrendada por el Presidente del Consejo de Ministros, la misma que canalizara las solicitudes de exoneracion, se podran agregar nuevas exoneraciones, para lo cual se debe acompanar la certificacion de que se cuenta con el credito presupuestario suficiente para atender el gasto"; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2007; SE RESUELVE. Articulo 1º.- Exonerar de los alcances senalados en el literal c) del numeral 3, del articulo 4º de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Publico para el ano fiscal 2007, a la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de la provincia y departamento de MORDAZA, con la finalidad que le permita adquirir dieciseis (16) camionetas Pick Up 4x2, para destinarlas a mejorar el servicio de patrullaje de seguridad ciudadana en el distrito de San Isidro. Articulo 2º.- La Municipalidad Distrital de San MORDAZA es responsable, del cumplimiento de la normatividad vigente, el correcto uso de la estructura funcional programatica y cadena de gasto, asi como de las acciones necesarias, para llevar a cabo la adquisicion de las camionetas referidas en el articulo 1º de la presente Resolucion Suprema. FUNCION

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