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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2007 (04/12/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 32

TEXTO PAGINA: 5

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de diciembre de 2007 359023 SE RESUELVE: Artículo Único.- Modifícase el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio de Comercio Exterior y Turismo, aprobado por Decreto Supremo N° 006-2005-MINCETUR y modifi cado por diversas normas complementarias, eliminando de los procedimientos administrativos contenidos en dicho instrumento, los requisitos relativos a la presentación de copia del Documento Nacional de Identidad y/o copia del Registro Único de Contribuyentes – RUC de los administrados, en los casos que así lo exigen. Regístrese, comuníquese y publíquese.MERCEDES ARAOZ FERNÁNDEZ Ministra de Comercio Exterior y Turismo 139474-1 ECONOMIA Y FINANZAS Ratifican acuerdos de PROINVERSIÓN referentes a la modalidad de promoción de la inversión privada y al plan de promoción del proyecto sobre provisión del servicio de datos y voz en banda ancha para localidades rurales del Perú RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 110-2007-EF Lima, 1 de diciembre de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial Nº 492-2007- MTC/03, publicada con fecha 29 de agosto de 2007, se dispuso encargar a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN la conducción del proceso de selección para elegir al operador que tendrá a su cargo la implementación del Proyecto “Provisión del Servicio de Datos y Voz en Banda Ancha para Localidades Rurales del Perú - Banda Ancha para Localidades Aisladas - BAS”, según lo dispuesto por el Directorio del Fondo de Inversión en Telecomunicaciones - FITEL -, mediante Acuerdo de Directorio Nº 051-2007/FITEL, de fecha 20 de julio de 2007; Que, mediante Resolución Suprema Nº 094-2007- EF, publicada el 27 de octubre de 2007, se ratifi có el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 18 de setiembre de 2007, mediante el cual acordó incorporar al proceso de promoción de la inversión privada el Proyecto “Provisión del Servicio de Datos y Voz en Banda Ancha para Localidades Rurales del Perú - Banda Ancha para Localidades Aisladas - BAS”, bajo los mecanismos y procedimientos establecidos en el Decreto Legislativo Nº 674, sus normas complementarias, reglamentarias y conexas, encargándole la conducción del mismo al Comité de PROINVERSIÓN en Saneamiento y Proyectos del Estado; Que, de acuerdo a lo establecido en el inciso 2 del Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, corresponde al Consejo Directivo de PROINVERSIÓN defi nir la modalidad bajo la cual se promoverá la inversión privada; Que, asimismo, de acuerdo a lo estipulado en el inciso 3 del artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674, corresponde al Consejo Directivo de PROINVERSIÓN aprobar, previamente a la ejecución del proceso, el Plan de Promoción de la Inversión Privada, debiendo dicho acuerdo ser ratificado mediante Resolución Suprema;Que, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 20 de noviembre de 2007, acordó que la modalidad bajo la cual se promoverá la inversión privada en el Proyecto “Provisión del Servicio de Datos y Voz en Banda Ancha para Localidades Rurales del Perú - Banda Ancha para Localidades Aisladas - BAS”, será la establecida en el literal a) del Artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, en la sesión indicada en el considerando precedente, el Consejo Directivo de PROINVERSIÓN aprobó el Plan de Promoción de la Inversión Privada del Proyecto “Provisión del Servicio de Datos y Voz en Banda Ancha para Localidades Rurales del Perú - Banda Ancha para Localidades Aisladas - BAS”, conforme a lo establecido en el inciso 3 del Artículo 4º del Decreto Legislativo Nº 674; Que, de conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 674, los acuerdos señalados en los considerandos precedentes deben ser ratifi cados por Resolución Suprema; Estando a lo acordado; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 20 de noviembre de 2007, mediante el cual se determinó que la modalidad bajo la cual se promoverá la inversión privada en el Proyecto “Provisión del Servicio de Datos y Voz en Banda Ancha para Localidades Rurales del Perú - Banda Ancha para Localidades Aisladas - BAS”, será la establecida en el literal a) del artículo 2º del Decreto Legislativo Nº 674. Artículo 2º.- Ratifi car el acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, en su sesión de fecha 20 de noviembre de 2007, mediante el cual se aprobó el Plan de Promoción del Proyecto “Provisión del Servicio de Datos y Voz en Banda Ancha para Localidades Rurales del Perú - Banda Ancha para Localidades Aisladas - BAS”, que benefi ciará a 3539 localidades rurales o de preferente interés social del país, según se indica en el Anexo de la presente Resolución. El número de localidades a ser atendidas en cada departamento, recogido en el citado Anexo, podrá modifi carse durante el proceso de promoción, para cuyo efecto bastará una comunicación de la Viceministra de Comunicaciones al Consejo Directivo de PROINVERSIÓN, informando las modifi caciones realizadas. Artículo 3º.- La presente resolución será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y la Ministra de Transportes y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas VERÓNICA ZAVALA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones ANEXO Nº DEPARTAMENTO LOCALIDADES A SER ATENDIDAS 1 CUSCO 514 2 HUÁNUCO 3093 APURÍMAC 2894 AYACUCHO 2585 CAJAMARCA 2576 JUNÍN 2317 HUANCAVELICA 2198 LA LIBERTAD 213