Norma Legal Oficial del día 04 de diciembre del año 2007 (04/12/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 12

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, martes 4 de diciembre de 2007

VISTO: el Memorandum Nº 2325-2007-OGA/MINSA de la Direccion General de Administracion, el Informe Tecnico Nº 017-2007-OGA-BLC, que sustenta la exoneracion de la realizacion de procesos de seleccion por causal de situacion de emergencia para la adquisicion y contratacion de diversos bienes y servicios destinados a atender la emergencia originada por el sismo del pasado 15 de agosto ocurrido en nuestro pais; las cuales se encuentran incluidas en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Estado del Ano 2007 mediante Resolucion Directoral Nº 1074-2007-OGA-OL-MINSA del 28 de noviembre de 2007, asi como el Informe Legal Nº 2294-2007-OGAJ/MINSA de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; y, CONSIDERANDO: Que, el literal c) del artIculo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004PCM, establece que estan exoneradas de los procesos de seleccion las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de emergencia declaradas segun la citada Ley; Que, de conformidad con el articulo 22º de la mencionada MORDAZA, se entiende como situacion de emergencia aquella en la cual la Entidad tenga que actuar de manera inmediata a causa de acontecimientos catastroficos, quedando la Entidad exonerada de la tramitacion del expediente administrativo, pudiendo ordenar la ejecucion de lo estrictamente necesario para remediar el evento producido y satisfacer la necesidad sobrevenida, sin sujetarse a los requisitos formales de la Ley; Que, el artIculo 142º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, senala que la Entidad debe adquirir o contratar en forma directa lo estrictamente necesario para prevenir y atender desastres, asi como para satisfacer las necesidades sobrevinientes, despues de lo cual debera convocar a los procesos de seleccion que correspondan; Que, asimismo, el articulo 142º senala que toda contratacion o adquisicion realizada para enfrentar una situacion de emergencia debera regularizarse dentro de los diez (10) dias habiles siguientes de efectuada la contratacion, incluyendo el MORDAZA en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Entidad, publicando la Resolucion o Acuerdo correspondiente, en el Sistema Electronico de Adquisiciones y Contrataciones del Estado - SEACE y en el Diario Oficial El Peruano, remitiendolo, junto con el informe tecnico-legal sustentatorio, a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE, asi como emitiendo los demas documentos contractuales que correspondan segun el estado de ejecucion de las prestaciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM se declaro en Estado de Emergencia el departamento de lca y la provincia de Canete del departamento de MORDAZA, por el plazo de sesenta (60) dias naturales, disponiendose que el Ministerio de Salud, entre otros, ejecute las acciones necesarias para la atencion de la emergencia y la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, por Decreto Supremo Nº 071-2007-PCM se amplia el Estado de Emergencia dispuesto en el Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM, a las provincias de Castrovirreyna, Huaytara y el distrito de Acobambilla de la provincia de Huancavelica del departamento de Huancavelica, asi como a los distritos de Huatec y Tupe de la provincia de Yauyos del departamento de MORDAZA, a fin de que se ejecuten las acciones inmediatas destinadas a la atencion de la poblacion damnificada, a la reduccion y minimizacion de los riesgos existentes y la rehabilitacion de las zonas afectadas; Que, con Resolucion Ministerial Nº 665-2007/MINSA del 16 de agosto de 2007, se declaro la Alerta Roja en los Establecimientos de Salud a Nivel Nacional a partir de la fecha por el plazo de sesenta (60) dias naturales.

Asimismo, se dispuso que cada Direccion Regional de Salud de conformidad a la Directiva de Declaracion de Alertas en Situaciones de Emergencias y Desastres, incremente la Alerta Roja al nivel que corresponda a la situacion dentro de su jurisdiccion; Que, en atencion a la situacion de emergencia y a lo dispuesto en el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 068-2007-PCM y del Decreto Supremo Nº 071-2007PCM, la Unidad Ejecutora 001-Administracion Central del Ministerio de Salud procedio a la contratacion directa de una serie de bienes y servicios, con cargo a regularizarse de conformidad con la normativa de la materia, considerando lo estrictamente necesario para la atencion de la emergencia; Que, con Resolucion Directoral Nº 1074-2007OGA-OL-SA del 28 de noviembre de 2007, se dispuso la modificacion del Plan Anual de Adquisiciones con la inclusion del MORDAZA detallado en el anexo adjunto; Que, en tal sentido, corresponde emitir la correspondiente Resolucion de aprobacion de la exoneracion del MORDAZA de seleccion de las adquisiciones y contrataciones realizadas bajo la causal de situacion de emergencia, a fin de proceder la regularizacion correspondiente, las cuales deberan incluirse en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Ministerio de Salud para el ano 2007; Que, mediante Informe Nº 2294-2007-OGAJ/MINSA, la Oficina General de Asesoria Juridica, emitio opinion legal favorable acerca de la procedencia de la exoneracion solicitada por la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud; Que, segun el articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, la exoneracion debe ser aprobada mediante Resolucion del Titular del Pliego de la Entidad; Estando a lo informado por la Oficina General de Asesoria Juridica mediante Informe Nº 2294-2007-OGAJ/ MINSA, documento que se emite en calidad de informe legal; Con el visado del Director General de la Oficina General de Administracion y el Director General de la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio de Salud; y, De conformidad con el T.U.O. de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, y a lo establecido en el articulo 8º literal I) de la Ley Nº 27657 - Ley del Ministerio de Salud: SE RESUELVE Articulo 1º.- Aprobar la Exoneracion de la realizacion de procesos de seleccion para la adquisicion de bienes y contratacion de servicios por la causal de situacion de emergencia de acuerdo al detalle del Anexo adjunto, por el monto de S/. 125 953.15 (Ciento veinticinco mil novecientos cincuenta y tres con 15/100 Nuevos Soles), incluido impuestos con cargo a los recursos ordinarios correspondientes a la Unidad Ejecutora 001. Articulo 2º.- Disponer que la Oficina Ejecutiva de Logistica de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Salud se encargue de realizar la adquisicion exonerada por la presente resolucion a traves de acciones directas e inmediatas. Articulo 3º.- Disponer la publicacion de la presente resolucion en el Sistema Electronico de Contrataciones y Adquisiciones del Estado - SEACE y en el Diario Oficial El Peruano. Articulo 4º.- Disponer la remision de la MORDAZA de la presente resolucion y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA SOLOGUREN Ministro de Salud 139535-1

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