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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 4 de diciembre de 2007 359025 al restablecimiento de la gestión educativa, así como las señaladas en las normas legales vigentes sobre la materia; Que, en tal sentido a través de la Resolución Ministerial Nº 420-2001-ED, del 7 de setiembre de 2001, se conformó la Comisión encargada de analizar y proponer las modifi caciones pertinentes al Estatuto de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, así como de adoptar las medidas necesarias orientadas al restablecimiento de la gestión educativa y las señaladas en las normas legales vigentes sobre la materia; Que, por Resolución Ministerial Nº 692-2002-ED, del 26 de agosto de 2002, se encargó al Profesor Leslie Lee Crosby, como Jefe Interino de la Unidad Ejecutora Nº 021 Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, mientras la mencionada Escuela designe a su Director General; Que, la Segunda Disposición Complementaria y Transitoria del Estatuto de la Escuela Nacional Superior de Bellas Artes del Perú, aprobado por Decreto Supremo Nº 048-2002-ED, de fecha 2 de diciembre de 2002, dispuso que la Escuela procedería a la adecuación de su estructura orgánica, de su régimen académico y administrativo, de acuerdo a lo establecido en dicho Estatuto y Reglamento General en un plazo que no excedería de ciento ochenta (180) días; asimismo, la Sexta Disposición Complementaria y Transitoria del referido Estatuto establece que la Comisión conformada por Decreto Supremo Nº 062-2001-ED y el Jefe de la Unidad Ejecutora - Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes - mantendrán sus funciones y cargos hasta que la Asamblea y el Consejo Superior elijan y designen a sus autoridades; Que, por Resolución Ministerial Nº 0452-2006-ED, del 16 de agosto de 2006, se aprueba el Reglamento General de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Peru - ENSABAP, en cuya Tercera Disposición Complementaria, Transitoria y Final indica que la Escuela procedería a la adecuación de su estructura orgánica, de su régimen académico y administrativo, de acuerdo a lo establecido en el Estatuto y en dicho Reglamento, en un plazo que no excedería de cuarenta y cinco (45) días; Que, conforme con las normas acotadas, y con la fi nalidad de garantizar la gestión educativa en la Escuela Nacional Autónoma de Bellas Artes del Perú, en tanto se efectúe el proceso electoral que conduzca a la elección de las nuevas autoridades y asuman sus funciones en dicha Casa de Estudios, resulta necesario constituir una comisión para ello dentro un plazo predeterminado; De conformidad con lo señalado en el Decreto Ley Nº 25762 modifi cado por la Ley Nº 26510, el Decreto Supremo Nº 062-2001-ED y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED. SE RESUELVE:Artículo 1º.- Constituir la Comisión encargada de analizar, proponer y adoptar las medidas necesarias orientadas al restablecimiento de la gestión educativa en la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, así como las señaladas en las normas legales vigentes sobre la materia, la misma que estará integrada por los siguientes miembros: - Sr. Manuel Alejandro Solís Gómez, quien la presidirá. - Dr. Ángel Tenorio Dávila.- Sr. Luis Javier Félix Torero Rodríguez. Artículo 2º.- La Comisión nombrada por la presente Resolución deberá, en un plazo que no exceda los treinta (30) días de instalada, aprobar el proyecto de Reglamento de Elecciones y demás documentos necesarios, así como ejecutar las acciones que correspondan a fi n de que se realicen las Elecciones de las autoridades de la Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú. Artículo 3º.- Designar como Jefe de la Unidad Ejecutora Nº 021 Escuela Nacional Superior Autónoma de Bellas Artes del Perú, al Sr. Manuel Alejandro Solís Gómez, en tanto se realice el proceso electoral para elegir a las nuevas autoridades y asuman sus funciones en dicha casa de estudios, Artículo 4º.- Dejar sin efecto las Resoluciones Ministeriales Nº 420-2001-ED, y Nº 692-2002-ED, y las demás que se opongan a la presente. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación 139251-1 Autorizan transferencias financieras a favor de las Municipalidades Distritales de Morrope, Zaña y Santa Rosa para la ejecución de actividades de mantenimiento de infraestructura RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0506-2007-ED Lima, 3 de diciembre de 2007 Visto el Memorando Nº 3763-2007-ME/VMGI-OINFE de la Ofi cina de Infraestructura Educativa; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial Nº 0747-2006-ED se aprobó el Presupuesto Institucional de Apertura del Pliego 010: Ministerio de Educación para el Año Fiscal 2007, de conformidad con la Ley Nº 28927 “Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007”, el cual ha sido modifi cado por la incorporación de nuevas Actividades, Proyectos, Créditos Suplementarios, Transferencias de Partidas, Saldos de Balance y Modifi caciones Presupuestarias en el nivel Funcional Programático; Que, el literal i) del artículo 9º del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado con Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, establece que es función del Ministerio, liderar la gestión para conseguir el incremento de la inversión educativa y consolidar el presupuesto nacional de educación, así como los planes de inversión e infraestructura educativa; Que, la Vigésima Novena Disposición Final de la Ley Nº 29035, Ley que Autoriza Crédito Suplementario en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007 y dicta otras medidas, incluye el literal l) dentro del párrafo 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, autorizando al Ministerio de Educación a efectuar por Resolución de Titular del Pliego, Transferencias Financieras a favor de los Gobiernos Regionales y Locales, para actividades, proyectos de inversión, servicio de mantenimiento y equipamiento, referidos a infraestructura y/o tecnología educativa; la misma que deberá ser publicada en el Diario Ofi cial El Peruano; Que, con Informe Nº 404-2007-ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto ha emitido opinión respecto a la necesidad de efectuar una transferencia fi nanciera del Pliego 010: Ministerio de Educación, en la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios a favor de los siguientes Gobiernos Locales del departamento de Lambayeque: Municipalidad Distrital de Morrope de la provincia de Lambayeque hasta por la suma de S/. 31,218.00; la Municipalidad Distrital de Zaña, de la provincia de Chiclayo hasta por la suma de S/. 49,806.00; y la Municipalidad Distrital de Santa Rosa, de la provincia de Chiclayo hasta por la suma de S/. 66,000.00; totalizando S/. 147,024.00 por la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios; De conformidad con la Ley Nº 29035, la Ley Nº 28979, la Ley Nº 28927, el Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510 y el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED;