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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de enero de 2007 336999 DEFENSA Establecen fecha de inicio de funciones de Jefe de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 001-2007 DE/SG Lima, 4 de enero de 2007CONSIDERANDO:Que, mediante Resolución Suprema Nº 497-DE/EP de fecha 4 de diciembre de 2006, se designó al señor General de División (R) José Williams Zapata como Jefe de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa; Que, el artículo 3º de la mencionada Resolución Suprema señala que la fecha de inicio de sus funciones se establecerá mediante Resolución Ministerial del Ministro de Defensa; De conformidad con la Ley Nº 27860, Ley del Ministerio de Defensa y el Decreto Supremo Nº 009-2006-DE/SG. SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar que el General de División (R) José Williams Zapata inicie sus funciones como Jefe de la Delegación del Perú ante la Junta Interamericana de Defensa a partir del día 15 de enero de 2007. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZÓN Ministro de Defensa 12518-1 Autorizan ingreso al territorio de la República de personal militar de Chile, Argentina, Bolivia, República Popular China y EE.UU. RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 002-2007 DE/SG Lima, 4 de enero de 2007CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº F-1360 de fecha 12 de diciembre de 2006 el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República de Chile, sin armas de guerra; Que, la Marina de Guerra del Perú ha extendido una invitación al Comandante en Jefe de la Armada de Chile, para que un cadete de la Escuela Naval “Arturo Prat” participe en el Crucero de Instrucción al Extranjero (CRUEX-2007); Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE:Artículo Único.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República de Chile, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 6 de enero al 6 de marzo de 2007, con el fi n de participar en el Crucero de Instrucción al Extranjero “CRUEX-2007” Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZON Ministro de Defensa 12518-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 003-2007 DE/SG Lima, 4 de enero de 2007CONSIDERANDO:Que, con Facsímil (DGS) Nº 1276 de fecha 23 de noviembre de 2006 el Director General para Asuntos de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Argentina, sin armas de guerra; Que, en la XVI Reunión de Estados Mayores entre la Armada Argentina y la Marina de Guerra del Perú se han establecido intercambios profesionales y académicos para el año 2007, entre los cuales se ha considerado una pasantía en la Comandancia de Submarinos de la Marina de Guerra del Perú; Que, el artículo 5º de la Ley Nº 27856 - Ley de requisitos para la Autorización y Consentimiento para el ingreso de Tropas Extranjeras en el Territorio de la República, modi fi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899 establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la con fi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especi fi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; De conformidad con la Ley Nº 27856 y la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar el ingreso al territorio de la República de personal militar de la República Argentina, cuyo nombre se indica en el anexo que forma parte de la presente Resolución, del 5 de enero de 2007 al 4 de enero de 2008, con el fi n de participar en un intercambio en la Comandancia de Submarinos de la Marina de Guerra del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese.ALLAN WAGNER TIZON Ministro de Defensa 12518-3