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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 06 DE ENERO DEL AÑO 2007 (06/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 17

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 6 de enero de 2007 337011 Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 12830-2 Autorizan viaje de Director Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado para participar en reuniones de coordinación previas a la Visita Oficial del Presidente de la República a Ecuador RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 0003/RE Lima, 5 de enero de 2007CONSIDERANDO:Que el señor Presidente de la República, Dr. Alan Gabriel García Pérez, llevará a cabo una Visita O fi cial a la República del Ecuador el 15 de enero de 2007 para asistir a la Ceremonia de Investidura Presidencial del nuevo Mandatario de Ecuador, Sr. Rafael Correa; Que, el Viaje O fi cial del señor Presidente de la República, Dr. Alan Gabriel García Pérez, a la República del Ecuador se enmarca en el objetivo de la Política Exterior orientado a fortalecer los lazos bilaterales de amistad, en el ámbito político, económico y social con la República del Ecuador; Que, la Dirección de Ceremonial del Estado y Protocolo de la Cancillería del Ecuador ha convocado para el 8 de enero de 2007, en la ciudad de Quito, República del Ecuador, a una Reunión de Coordinación con las Misiones de Avanzada con los funcionarios encargados de los aspectos protocolares y ceremoniales de los países participantes en la Ceremonia de Transmisión del Mando Presidencial a llevarse a cabo el 15 de enero de 2007, acto en el cual estará presente el Presidente de la República, Dr. Alan Gabriel García Pérez; Teniendo en consideración lo dispuesto en la Hoja de Trámite (GAB) Nº 4, del Gabinete del señor Ministro de Relaciones Exteriores, de 3 de enero de 2007; De conformidad con la Cuarta Disposición Complementaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; los artículos 185º y 190º del Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República; en concordancia con el artículo 83º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgánica del Ministerio de Relaciones Exteriores; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Reglamento de la Ley Nº 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley Nº 28807, que establece que los viajes o fi ciales al exterior de servidores y funcionarios públicos se realicen en clase económica; el artículo 1º del Decreto de Urgencia Nº 015-2004, modi fi cado por el Decreto de Urgencia Nº 025-2005; y inciso b) del numeral 3. del artículo 4º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje en Misión de Avanzada del señor Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Carlos José Pareja Ríos, Director Nacional de Protocolo y Ceremonial del Estado, el 8 de enero del 2007, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, para que participe en las reuniones de coordinación de las misiones de avanzada correspondientes a los eventos programados durante la Visita O fi cial del señor Presidente de la República, Dr. Alan Gabriel García Pérez, a la República del Ecuador.Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán cubiertos por el Pliego Presupuestal del Ministerio de Relaciones Exteriores, Meta: 00287 – Atender el Protocolo y Ceremonial del Estado, debiendo el citado funcionario rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida comisión, de acuerdo al siguiente detalle: Nombres Y ApellidosPasajes US$Viáticos Por día US$Número de díasTotal viáticos US$Tarifa aeropuerto US$ Carlos José Pareja Ríos 973.92 200.00 1+1 400.00 30.25 Artículo Tercero.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes al término de la referida comisión, el citado funcionario diplomático, deberá presentar ante el señor Ministro de Relaciones Exteriores un informe de las acciones realizadas durante el viaje autorizado. Artículo Cuarto.- La presente Resolución no da derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAUNDE Ministro de Relaciones Exteriores 12830-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Otorgan concesión a persona jurídica para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en el distrito de Nauta, provincia de Loreto RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 004-2007 MTC/03 Lima, 3 de enero de 2007VISTA, la solicitud formulada con Expediente Nº 2006-007859 por la empresa INFINITY E.I.R.L., sobre otorgamiento de concesión para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable, en la modalidad de cable alámbrico u óptico, en el distrito de Nauta de la provincia y departamento de Loreto; CONSIDERANDO:Que, el numeral 3 del artículo 75° del Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-93-TCC, señala que corresponde al Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgar concesiones, autorizaciones, permisos y licencias en materia de telecomunicaciones; Que, el artículo 126º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 027-2004-MTC y modi fi catorias, señala que los servicios de difusión de carácter público se prestan bajo el régimen de concesión, la cual se otorga previo cumplimiento de los requisitos y trámites que establecen dicha Ley y su Reglamento, y se perfecciona con la suscripción de un contrato escrito aprobado por el titular del Ministerio; Que, el artículo 93º del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, establece que los servicios públicos de difusión pueden ser, entre otros, el de distribución de radiodifusión por cable que se presta en diversas modalidades, entre ellas, el cable alámbrico u óptico; Que, mediante el expediente de la vista, la empresa INFINITY E.I.R.L., solicita que se le otorgue concesión