Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2007 (22/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 8

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 22 de enero de 2007 338118 Superior de Control, ejercer o impulsar directamente, o en caso de incumplimiento de la autoridad llamada por ley, las acciones pertinentes para asegurar la implementación de las recomendaciones y acciones legales derivadas del proceso de control a cargo del Sistema, por lo que conforme a la Hoja de Recomendación de Vistos, corresponde autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, el inicio de las acciones legales respectivas contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto; De conformidad con el artículo 32º inciso d) de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y el Decreto Ley Nº 17537 y sus modi fi catorias; SE RESUELVE: Artículo Único .- Autorizar al señor Procurador Público encargado de los asuntos judiciales de la Contraloría General de la República, para que en nombre y representación del Estado, inicie las acciones legales correspondientes, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente resolución, contra los presuntos responsables comprendidos en el Informe de Visto, remitiéndose para el efecto los antecedentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República 18242-2 Aprueban Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Contraloría General de la República RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 012-2007-CG Lima, 19 de enero de 2007 Vistos, la Hoja Informativa Nº 042-2007-CG/ATL, emitida por la Gerencia de Asesoría Técnico Legal mediante la cual propone la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Contraloría General de la República; CONSIDERANDO: Que, por Resolución de Contraloría Nº 278-2004- CG, se aprobó el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Contraloría General de la República, el cual posteriormente fue modi fi cado por la Resolución de Contraloría Nº 411-2004-CG; Que, considerando lo previsto en la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, mediante el documento del visto, se propone la aprobación del Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Contraloría General de la República, en función a las sugerencias y recomendaciones presentadas por las diferentes unidades orgánicas que conforme a su competencia funcional están a cargo de algún procedimiento del Texto Único de Procedimientos Administrativos, y la actualización realizada en atención al precedente vinculante contenido en la sentencia del Tribunal Constitucional recaída sobre el expediente Nº 3741-2004-AA/TC, las modi fi caciones realizadas por el Decreto Supremo Nº 148-2006-EF, y lo previsto en la Ley Nº 28892; En uso de las atribuciones establecidas en el artículo 32º de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República - Ley Nº 27785, y de conformidad con lo dispuesto por la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar el Texto Único de Procedimientos Administrativos - TUPA de la Contraloría General de la República, cuyo texto en anexo forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Dejar sin efecto toda disposición interna que se oponga a lo dispuesto en la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.- El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL