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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 22 DE ENERO DEL AÑO 2007 (22/01/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 40

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 22 de enero de 2007 338119N° Procedimiento Administrativo Base Legal Requisitos Dependencia de inicio de trámite Aprobación automática/ plazosEvaluación previa con silencio administrativo positivo/plazoEvaluación previa con silencio administrativo negativo/plazoPago de derechos de tramitación /Forma de pago /Modalidad de pago Recepción Autoridad competente para resolverAutoridad competente para resolver recursos SOCIEDADES DE AUDITORIA 1 Inscripción en el - Ley N° 27785, publicada Solicitud dirigida a la Contraloría General de la República, solicitando la inscripción Gerencia de x 30 ,39% de la UIT Departamento Gerencia Reconsideración: Registro de el 23.JUL.2002, modi fi cada por en el capítulo de Sociedades de Auditoría Financiera o Auditoría de Gestión, según Sociedades por cada de Trámite Centra l Gerencia Sociedades Ley Nº28396, publicada el 25.NOV. corresponda, adjuntando la siguiente documentación: de Auditoría 30 días calendario capítulo d el Documentario del Sistema Central Califi cadas 2004, Ley Nº 28422, publicada el a) Copia simple de la escritura pública de constitución de la Sociedad debidamente para emitir la Registro y Archivo Nacional de del Sistema 17.DIC.2004 y Ley Nº 28557, inscrita en los Registros Públicos, bajo la forma de Sociedad Civil Ordinaria. Opinión Técnica Control Nacional de publicada el 28.JUN.2005 b) Copia certi fi cada de la fi cha Registral y/o Partida Electrónica actualizada. Control c) Copia del Registro Único de Contribuyentes (RUC). (Procedimiento 28) - Resolución de Contraloría d) Declaración jurada suscrita por el representante legal, acreditando el domicilio N° 140-2003-CG, publicada legal y la capacidad instalada con que cuenta la Sociedad, así como de no tener En caso se Pago en la el 02.MAY.2003, modi fi cada por deudas exigibles de tributos o aportaciones al Estado, según el Anexo 4 de la determinen Gerencia de Resolución de Contraloría Nº Directiva N° 001-2003-CG/CE. defectos técnicos Finanzas de la Apelación: 566-2004-CG, publicada el 05.ENE. e) Informe sobre la estructura organizativa de la Sociedad, que de cuenta del se otorgará como Contraloría Contralor General 2005, Resoluciones de Contraloría personal profesional permanente (no menor de tres (3) miembros), sin incluir a máximo 10 General o en la (Procedimiento 28) NOS 018, 085 y 293-2006-CG, los socios, de acuerdo a los requisitos mínimos establecidos en el Anexo 3 días calendarios Cuenta publicadas el 25.ENE.2006, de la Directiva N° 001-2003-CG/CE. para su regularización, Corriente del 17.MAR.2006 y 09.OCT.2006, f) Copia de los contratos de trabajo del personal permanente sujeto a interrumpiéndose Banco de la respectivamente modalidad visados, por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, en los el plazo de Nación cuales conste una jornada laboral de ocho (8) horas diarias por un periodo evaluación. N° 0000282758 - Fe de erratas de la mínimo de un (1) año. Resolución de g) Copia del último autovalúo o del contrato vigente que acredite el uso del Vencido el plazo Contraloría N° 140-2003-CG, inmueble para el desarrollo de las actividades de la Sociedad. sin la publicada el 15.MAY.2003 h) Documentación que acredite las auditorías realizadas en los cinco (5) últimos subsanación, se años, con indicación de su naturaleza y alcance. entenderá por - Resolución de Contraloría Para el caso de sociedades que realizan auditorías de gestión, éstas acreditan no presentada N° 315-2004-CG, publicada la experiencia a que se re fi ere el párrafo anterior, presentando información de la solicitud. el 07.AGO.2004 otros servicios vinculados a la gestión pública de los últimos siete (7) años con indicación de su naturaleza y alcance, sin perjuicio de la fi gura societaria. Dentro de los 5 - Directiva N° 001-2003-CG/CE, i) Constancia original de habilitación vigente, expedida por el colegio profesional días hábiles aprobada por Resolución de respectivo (sólo para las Sociedades que realizan auditorías fi nancieras). siguientes de Contraloría N° 250-2003-CG, j) Copia legalizada del documento nacional de identidad, así como constancia emitida la Opinión publicada el 12.AGO.2003, original de habilitación vigente expedida por el colegio profesional respectivo, Técnica, la modi fi cada por Resolución de de cada uno de los socios y personal profesional. Gerencia Central Contraloría Nº 367-2003-CG, k) Hoja de vida de los socios y del personal profesional, suscritas y documentadas, del Sistema publicada el 31.OCT.2003 que acreditan su formación, competencia, capacitación y experiencia en el control Nacional de gubernamental y gestión pública, según corresponda; así como la especialidad Control, aprobará profesional. o denegará la Adicionalmente, los socios y el personal profesional deben acreditar un mínimo inscripción en el de sesenta (60) horas de capacitación, con una antigüedad no mayor de dos (2) Registro, cuya años, en cursos de control y/o gestión gubernamental, impartidas por la Escuela comunicación Nacional de Control, de conformidad con la Quinta Disposición Transitoria del formal será Reglamento para la Designación de Sociedades de Auditoría. (este requisito realizada por la se encuentra suspendido por la Resolución de Contraloría N° 315-2004-CG) Gerencia de l) Declaración jurada de los socios de no tener antecedentes policiales, penales y Sociedades de judiciales indicando si han sido declarados en quiebra o insolvencia y si tienen Auditoría procedimiento incoado o sobreseído de tal naturaleza, a la fecha de presentación de la solicitud; asimismo, de no haber sido destituido o despedido en el ejercicio de la función pública, según el Anexo 04 de la Directiva N° 001-2003-CG/CE.m)Declaración jurada de los socios indicando que no laboran bajo ninguna modalidad en otras Sociedades inscritas en el Registro, según Anexo 04 de la Directiva N° 001-2003-CG/CE.n) Declaración jurada de los integrantes del personal profesional respecto de no tener antecedentes policiales, penales y/o judiciales; asimismo, de no haber sido destituido o despedido en el ejercicio de la función pública, según Anexo 04 de la Directiva N° 001-2003-CG/CE.ñ) Indicar número, fecha y monto de la constancia de pago de los correspondientes