Norma Legal Oficial del día 29 de enero del año 2007 (29/01/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 6

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 29 de enero de 2007

REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACION Y ESTADO CIVIL
Autorizan a procurador iniciar acciones legales contra presuntos responsables de la comision de delito contra la fe publica
RESOLUCION JEFATURAL Nº 1353-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 27 de diciembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 1558-2006/GP/RENIEC y el Informe Nº 986-2006-GAJ/RENIEC de fecha 15 de agosto del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, como institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, se encuentra a cargo de organizar y mantener el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, en lo que respecta a la custodia de los archivos y datos relacionados a las inscripciones, que sirven de base para la obtencion del Documento Nacional de Identidad; Que, la Gerencia de Procesos, a traves de la Subgerencia de Depuracion y Archivo Registral, es el organo de linea encargado de las labores de depuracion y actualizacion de datos, tiene como finalidad excluir, en forma definitiva o temporal aquellas inscripciones que hayan sido afectadas por hechos o actos irregulares que vician el procedimiento registral y asi preservar la seguridad juridica del registro; Que, se ha determinado que ante el ex Registro Electoral de MORDAZA, el 25 de marzo de 1991, una persona que se identifico con el nombre de MORDAZA NAGATA MORDAZA, obtuvo la partida de Inscripcion Nº 09925777, sustentando su identidad con Libreta Militar Nº 2904116643, registrando como fecha y lugar de nacimiento el 12 de setiembre de 1964, en la MORDAZA de Chachapoyas, departamento de Amazonas; Que, con fecha 2 de diciembre del 2003, mediante el Formulario de Identidad Nº 18616320 el mismo ciudadano de la Inscripcion Nº 09925777, obtuvo la Inscripcion Nº 43255132 bajo el nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, sustentando su identidad con Carne de Identidad Policial Nº 0030520981, MORDAZA de actividad y Acta de Nacimiento Ordinaria Nº 301 del Libro de Nacimientos del ano 1964, registrando como fecha y lugar de nacimiento el 12 de setiembre de 1964, en el distrito de Chachapoyas, provincia de Chachapoyas, departamento de Amazonas; Que, a fin de determinar si se trata de la misma persona, se elaboro un Informe de Homologacion Monodactilar Nº 4332005-GP-SGDAC-AP, por Perito Especializado de la Gerencia de Procesos, que concluye que se trata de la misma persona biologica con dos inscripciones con diferentes nombres; Que, habiendose acreditado que se trata de una misma persona con dos identidades distintas, se dispuso mediante Resolucion de la Subgerencia de Depuracion Registral y Archivo Central Nº 501-2005-GP/SGDAC/RENIEC la exclusion definitiva en el Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, de la Inscripcion Nº 43255132 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, en base al MORDAZA juridico de prelacion al haber declarado de datos falsos; Que, con fecha 4 de MORDAZA del 2006 mediante Recurso de Reconsideracion el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, formula impugnacion a la resolucion que cancela la Inscripcion Nº 43255132, para lo cual presenta diversos documentos que segun refiere acreditan su identidad real, manifestando que la Libreta Electoral Nº 09925777 la obtuvo para culminar las gestiones para viajar a Japon;

Que, en base a las nuevas pruebas actuadas se expide la Resolucion Nº 1730-2006-SGDAR/GP-RENIEC, declarando fundado el recurso de reconsideracion y disponiendo la exclusion definitiva de la Inscripcion Nº 09925777 a nombre de MORDAZA NAGATA MORDAZA por declaracion de datos falsos y la habilitacion de la Inscripcion Nº 43255132 a nombre de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por cuanto se ha acreditado mediante Oficio Nº 084-2005MPCH/RC del Jefe del Registro de Estado Civil, que funciona en la Municipalidad Provincial de Chachapoyas, que no se encuentra registrado el nacimiento de MORDAZA NAGATA MORDAZA, pero si el de MORDAZA MORDAZA MORDAZA, remitiendo MORDAZA certificada de las partidas de nacimiento Nº 301 correspondiente a dicho ciudadano, verificandose que nacio el 12 de setiembre de 1964; Que, con los documentos referidos se ha acreditado que el ciudadano MORDAZA MORDAZA MORDAZA, obtuvo indebidamente la Inscripcion Nº 09925777 con el nombre de MORDAZA NAGATA MORDAZA, con lo cual ha afectado la intangibilidad del Registro Unico de Identificacion de las Personas Naturales, hecho que se encuentra tipificado como delito contra la fe publica en la modalidad de falsedad ideologica, previsto en el articulo 428º del Codigo Penal; Que, en atencion a los considerandos precedentes y, estando a lo opinado por la Gerencia de Asesoria Juridica, de conformidad a lo establecido en el articulo 47º de la Constitucion Politica del Peru, en la Ley Nº 26497, asi como a lo dispuesto en el articulo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por Decreto Ley Nº 17667; SE RESUELVE: Articulo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Publico del Estado, encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para que en nombre y representacion de los intereses del Estado, interponga las acciones judiciales correspondientes contra MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por el presunto delito contra la Fe Publica, en la modalidad de falsedad ideologica en agravio del Estado y del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil. Articulo Segundo.- Remitir lo actuado al Procurador Publico encargado de los asuntos judiciales del Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, para los fines a que se contrae la presente Resolucion. Registrese, publiquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA BOTTO Jefe Nacional 20691-1 RESOLUCION JEFATURAL Nº 1354-2006-JEF/RENIEC MORDAZA, 27 de diciembre de 2006 VISTOS: El Oficio Nº 2040-2006/GO/RENIEC y el Informe Nº 939-2006-GAJ/RENIEC de fecha 9 de agosto del 2006, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a la Ley Nº 26497, el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, es una institucion constitucionalmente autonoma, con personeria juridica de derecho publico interno y con goce de atribuciones en materia registral, tecnica, administrativa, economica y financiera, encontrandose a cargo del Registro de Estado Civil, en el que se inscriben hechos y actos relativos a la capacidad y estado civil, entre ellos la inscripcion de los nacimientos; Que, se ha llegado a establecer con el Informe Nº 1593-2006-GO-SGREC/RENIEC elaborado por la Subgerencia de Registros del Estado Civil, que el dia 16 de febrero del 2004, ante el Registro de Estado Civil que funciona en la Municipalidad Distrital de Lince, provincia y departamento de MORDAZA, se presento MORDAZA MORDAZA MORDAZA YANAYACO, a inscribir el nacimiento de su menor hijo ocurrido el 17 de enero de 1994, declarando como padre a MORDAZA MORDAZA MORDAZA LEIVA;

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