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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 13 de julio de 2007 348924 verificar el cumplimiento de los contratos de concesión forestal con fines maderables, los planes de manejo y el aprovechamiento de otros productos del bosque en dichas concesiones, siendo que es imprescindible para el logro de sus objetivos, entre otros, la utilización del software para la elaboración de información y mapas. Que, el Artículo 19º Inciso e) del citado Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por el Decreto supremo Nº083-2004-PCM, concordante con el 144º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, dispone que están exonerados de los procesos de selección las adquisiciones y contrataciones que se realicen cuando los bienes y servicios no admiten sustitutos y exista proveedor único, para lo cual la entidad podrá contratar directamente; Que, de acuerdo al Artículo 20º de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, en concordancia con la Directiva Nº 011-2001-CONSUCODE/PRE, las exoneraciones en el INRENA, salvo las previstas en el literal b) del artículo 19º, son aprobadas por Resolución Jefatural, requiriendo previamente de un Informe Técnico Legal; documentos que deben remitirse a la Contraloría General de la República y al CONSUCODE, dentro de los 10 días naturales siguientes de la aprobación. Asimismo, esta documentación debe ser publicada en el SEACE y la Resolución, publicada también en el Diario O ficial El Peruano; Que, el Artículo 7º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, establece que cada entidad deberá elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, el cual debe prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido; Que, el Artículo 11º del referido Texto Único Ordenado, estipula que es requisito para convocar a proceso de selección, bajo sanción de nulidad, que dicho proceso esté incluido en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, salvo las excepciones de la presente Ley, y que además se cuente con el expediente debidamente aprobado para la adquisición o contratación respectiva, el mismo que incluirá la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento; Que, con Resolución Gerencial Nº 019-2007-INRENA- GG de fecha 17 de mayo de 2007, se modi ficó el Plan anual de Adquisiciones y Contrataciones – PAAC del INRENA, disponiendo entre otros, incluir con número de referencia 639, la Adquisición de Software de Información Geográ fica, con un monto referencial de Sesenta y Ocho Mil Novecientos Nuevos Soles (S/.68,900); Que, el Informe Técnico Legal Nº002-2007INRENA- OA-OAJ de fecha 2 de julio de 2007, concluye señalando a la luz de los documentos revisados, que el INRENA requiere contar con un Sistema de Información Geográ fica que le permita proporcionar e ficiente y e ficazmente información geográ fica integrada sobre los recursos naturales renovables de su competencia al sector público y privado nacional, así como que los bienes requeridos no admiten sustitutos y la única empresa autorizada por la Environmental Systems Research Institute, Inc. (ESRI), para la venta de herramientas GIS en el Perú es la empresa TELEMÁTICA S.A; Que, el mencionado informe señala asimismo que al quedar establecida la condición de proveedor único de la empresa TELEMÁTICA S.A. procede se emita la correspondiente Resolución Jefatural que exonere del proceso de selección la ADQUISICIÓN DE SISTEMA DE INFORMACION GEOGRÁFICA, hasta por la suma de CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS SETENTA Y 70/100 NUEVOS SOLES (S/. 55,370.70), monto cotizado por la empresa en mención, que equivale aproximadamente a un 20% menos, del monto referenciado al momento de la inclusión en el PAAC; Que, en tal sentido existiendo la documentación técnica y legal que justi fica la procedencia y necesidad de la exoneración, de acuerdo al artículo 146º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta necesario expedir la Resolución Jefatural que aprueba la exoneración del proceso de selección para la adquisición de los softwares y licencias; Con las visaciones de la O ficina de Administración, Oficina de Informática, O ficina de Asesoría Jurídica, Oficina de Plani ficación, O ficina de Gestión Ambiental, Transectorial, Evaluación e Información de Recursos Naturales, O ficina de Supervisión de las Concesiones Forestales Maderables y Gerencia General; yDe conformidad con el Artículo 8º Inciso J) del Reglamento de Organización y Funciones del INRENA, aprobado con Decreto Supremo Nº 002-2003-G, así como en el Artículo 20º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM: SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la exoneración del proceso de selección para la adquisición de licencias que se detallan a continuación: CANTIDAD DESCRIPCIÓNMONTO REFERENCIAL S/. 08 Licencias de Arc Gis Arc View 9.2 Windows 200/XP32,986.80 02 Licencia de la extensión ArcGIS 9.2 Spatial Analyst22,383.90 TOTAL 55,370.70 Artículo Segundo.- El egreso que demande la adquisición de las licencias afectará a la Fuente de Financiamiento: Transferencias - PLAN COPESCO – TIPO – A, Meta 158 - Desarrollo Forestal en zonas Turísticas del Alto Utcubamba mediante una Zoni ficación Turística y Ecológica, por la suma de S/38,877.30 y de Recursos Directamente Recaudados (RDR) – Meta 078, la suma de S/.16,493.40. Artículo Tercero.- Encargar a la O ficina de Administración del INRENA, llevar a cabo la adquisición de los bienes señalados en coordinación con la O ficina de Informática del INRENA. Artículo Cuarto.- Encargar a la O ficina de Administración del INRENA, la publicación de la presente Resolución en el Diario O ficial El Peruano, así como en el SEACE, conjuntamente con el Informe Técnico Legal y la remisión de una copia de la misma y de los informes sustentatorios a la Contraloría General de la República y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su emisión. Regístrese, comuníquese y publíquese. ISAAC ROBERTO ANGELES LAZO JefeInstituto Nacional de Recursos Naturales 82947-1 ECONOMIA Y FINANZAS Disponen la publicación de cifras estimadas de recursos públicos para el Presupuesto Institucional de Apertura del Año Fiscal 2008 de los Gobiernos Regionales y Locales RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 002-2007-EF/65.01 Lima, 10 de julio de 2007 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, el artículo 7° del Reglamento de la Ley Nº 28056 - Ley Marco del Presupuesto Participativo, aprobado mediante Decreto Supremo N° 171-2003-EF, dispone que los niveles de recursos que los Gobiernos Regionales o Locales considerarán, de manera referencial, como techos presupuestales, están constituidos por los montos asignados en el año inmediato anterior, ajustando su asignación a las cifras que la Dirección General de Asuntos Económicos y Sociales publique; Que, el numeral 15.4 del ar tículo 15° de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que los límites de los créditos presupuestarios están constituidos por la estimación de ingresos que esperan percibir las Entidades, así como por los fondos públicos que le han sido determinados y comunicados por el Ministerio de Economía y Finanzas; Que, la Vigésima Segunda Disposición Final de la Ley Nº 28927 - Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, dispone un plazo máximo para la transferencia del canon minero;