Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2007 (26/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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Ordinarios" y Modificaciones Presupuestarias en el Nivel Funcional Programatico; Que, la Ley Nº 28592 crea el Plan Integral de Reparaciones ­ PIR y su Reglamento el D.S. Nº 0152006-JUS establece los mecanismos, modalidades y procedimientos con la finalidad de reparar a las victimas del MORDAZA de violencia, con el objeto de contribuir a afirmar la paz y la MORDAZA entre los peruanos y propender a la reconciliacion nacional; Que, la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y politicas de Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacional (CMAN), como ente encargado de la elaboracion, coordinacion y supervision de los Programas del PIR ha aprobado, en su Octogesima Cuarta Sesion, priorizar la ejecucion del Programa de Reparaciones Colectivas en el presente Ano Fiscal, mediante Transferencias Financieras a los Gobiernos Locales y la intervencion en 440 centros poblados rurales; Que, segun Memorandum Nº 107-2007-PCM/ CMAN, el Secretario Ejecutivo de la CMAN, solicita el tramite de aprobacion del proyecto de Resolucion Ministerial que autoriza una transferencia financiera de recursos hasta por el importe de S/. 99 958,00 (NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS CINCUENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor de la Municipalidad Distrital de Chincho, provincia de Angaraes, departamento de Huancavelica, para la ejecucion del proyecto "CONSTRUCCION DE MORDAZA DE RIEGO Y RESERVORIO DE PICHCCA PUTO SINCASPAMPA DEL ANEXO DE SAN MORDAZA DE MIRAFLORES ­ DISTRITO DE CHINCHO-ANGARAESHUANCAVELICA" con codigo de SNIP Nº 51096, sobre la base de la declaracion de viabilidad emitida segun el Informe Tecnico Nº 006-2007-MDCH-OPI/PAOA de

fecha 29 de MORDAZA de 2007, consignada en el FORMATO SNIP-03; Que, el literal g) del articulo 5º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto para el Sector Publico para el ano fiscal 2007, establece que: "Cuando la ejecucion de los proyectos se efectua mediante transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto. Para el cumplimiento de lo senalado en el presente literal, el Gobierno Nacional suscribe, previamente, convenios con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y empresas publicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras. Cuando la ejecucion de los proyectos a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, segun su capacidad operativa, se realice por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional"; Que, la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 28979, precisa que las transferencias financieras que se realicen en el MORDAZA del citado literal g) del articulo 5º, se autorizan mediante Resolucion del Titular del Pliego, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutaran luego de la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; Que, de acuerdo con el literal e) del numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28927, las transferencias financieras que realice la Presidencia del Consejo de Ministros entre otros, para la operatividad

MINISTERIO DE ECONOMIA Y FINANZAS

COMUNICADO OFICIAL N° 005-2007-EF/77.15
A LOS GOBIERNOS LOCALES QUE REGISTRAN Y TRANSMITEN SUS OPERACIONES DE TESORERIA A TRAVES DEL SIAF-SP
1. Los Gobiernos Locales que en el MORDAZA de la incorporacion progresiva al uso del SIAF-SP hayan iniciado el registro de su informacion presupuestal y financiera en dicho sistema a partir de junio del presente ano, excepcionalmente, podran actualizar el registro de sus operaciones correspondientes al ano 2007 hasta el 30 de setiembre del presente Ano Fiscal. Asimismo, dado que los Gobiernos Locales incorporados al SIAF-SP1 con anterioridad al ano 2007 vienen requiriendo un plazo adicional para actualizar el registro de sus informaciones correspondientes al presente Ano Fiscal, se ha determinado, en coordinacion con las Direcciones Nacionales del Presupuesto Publico y Contabilidad Publica que, excepcionalmente y con la autorizacion expresa del respectivo Titular del Pliego o el Gerente Municipal, podran continuar con dicha actualizacion hasta la fecha indicada en el numeral precedente, bajo responsabilidad. MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2007 DIRECCION NACIONAL DEL TESORO PUBLICO
1

2.

Anexo 5 de la Directiva de Tesoreria para Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2005 aprobada por la RD. Nº 013-2005EF/77.15 y Anexo 6 de la Directiva de Tesoreria para Gobiernos Locales para el Ano Fiscal 2006 aprobada por la RD. Nº 007-2006-EF/77.15.

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