Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2007 (26/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

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MORDAZA de violencia, con el objeto de contribuir a afirmar la paz y la MORDAZA entre los peruanos y propender a la reconciliacion nacional; Que, la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y politicas de Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacional (CMAN), como ente encargado de la elaboracion, coordinacion y supervision de los Programas del PIR ha aprobado, en su Octogesima Cuarta Sesion, priorizar la ejecucion del Programa de Reparaciones Colectivas en el presente Ano Fiscal, mediante Transferencias Financieras a los Gobiernos Locales y la intervencion en 440 centros poblados rurales; Que, segun Memorandum Nº 107-2007-PCM/CMAN, el Secretario Ejecutivo de la CMAN, solicita el tramite de aprobacion del Proyecto de Resolucion Ministerial que autoriza una transferencia financiera de recursos hasta por el importe de S/. 99 998,00 (NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES), a favor de la MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CANGALLO, departamento de MORDAZA, para la ejecucion del Proyecto "FORTALECIMIENTO DE LA ACTIVIDAD MORDAZA DE LA COMUNIDAD DE COCHAPATA-C", con codigo de SNIP Nº 51580, sobre la base de la declaracion de viabilidad emitida segun el Informe Tecnico Nº 008-2007-OPI-CANGALLO/opq de fecha 22 de MORDAZA de 2007, consignada en el FORMATO SNIP-03; Que, el literal g) del articulo 5º de la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto para el Sector Publico para el ano fiscal 2007, establece que: "Cuando la ejecucion de los proyectos se efectua mediante transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, el documento que sustenta la transferencia es, unicamente, el contrato de la ejecucion del proyecto. Para el cumplimiento de lo senalado en el presente literal, el Gobierno Nacional suscribe, previamente, convenios con los gobiernos regionales, los gobiernos locales y empresas publicas, los mismos que establecen expresamente la disponibilidad de recursos y su fuente de financiamiento con cargo a la cual se ejecutaran las obras. Cuando la ejecucion de los proyectos a cargo de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas publicas, segun su capacidad operativa, se realice por administracion directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional"; Que, la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 28979, precisa que las transferencias financieras que se realicen en el MORDAZA del citado literal g) del articulo 5º, se autorizan mediante Resolucion del Titular del Pliego, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutaran luego de la MORDAZA de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; Que, de acuerdo con el literal e) del numeral 75.4 del articulo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificado por la Ley Nº 28927, las transferencias financieras que realice la Presidencia del Consejo de Ministros entre otros, para la operatividad del Plan Integral de Reparaciones ­ PIR, se aprueban por Resolucion del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, de acuerdo al Reporte del Sistema Integrado de Administracion Financiera ­ SIAF de fecha 3.7.2007, dentro de la Actividad 1.021325 Reparaciones para las Victimas de la Violencia Terrorista y Violacion de los Derechos Humanos, Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios, de la Unidad Ejecutora 003 Secretaria General - PCM, existe Credito Presupuestario por un importe de S/. 29 000 000,00 para la atencion de transferencias financieras debidamente autorizadas con la correspondiente documentacion y normatividad vigente; Que, de acuerdo al Convenio suscrito entre la Municipalidad Provincial de Cangallo y la Presidencia del Consejo de Ministros ­ PCM, de fecha 15.06.07, se establecen las condiciones para la transferencia financiera de los referidos Fondos Publicos;

De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modificada por la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Ano Fiscal 2007, la Ley Nº 28979, Ley que autoriza credito suplementario en el presupuesto del sector publico para el ano fiscal 2007 para la continuidad de inversiones y dicta otras disposiciones, la Ley Nº 29035, Ley que autoriza credito suplementario en el presupuesto del sector publico para el ano fiscal 2007 para la continuidad de inversiones y dicta otras disposiciones, y el Decreto Supremo Nº 0632007-PCM mediante el cual se aprueba el Reglamento de Organizacion y Funciones de la Presidencia del Consejo de Ministros; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Pliego 001: Presidencia del Consejo de Ministros, realizar una transferencia financiera de recursos, hasta por la suma de S/. 99 998,00 (NOVENTA Y NUEVE MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES) en la Fuente de Recursos Ordinarios a favor del Pliego con codigo UBIGEO 050201 Municipalidad Provincial de Cangallo, departamento de MORDAZA para la ejecucion del proyecto "FORTALECIMIENTO DE LA ACTIVIDAD MORDAZA DE LA COMUNIDAD DE COCHAPATA-C, PROVINCIA DE CANGALLO-AYACUCHO" con codigo de SNIP Nº 51580 y segun el cronograma de desembolsos detallado en el Anexo "A", que forma parte de la presente Resolucion Ministerial. Los recursos materia de la presente transferencia financiera seran destinados exclusivamente para la ejecucion del proyecto detallado en el Anexo "A" adjunto a la presente. Estando prohibido efectuar anulaciones presupuestales con cargo a tales recursos. Articulo 2°.- El egreso que demande el cumplimiento de la presente Resolucion, se aplicara al Presupuesto Institucional Modificado del Pliego 001 Presidencia del Consejo de Ministros, Unidad Ejecutora 003 Secretaria General, Funcion 03 Administracion y Planeamiento; Programa 002 Justicia; Sub-Programa 0003 Defensa de los Derechos Constitucionales y Legales; Actividad 1.021325 Reparaciones para las Victimas de la Violencia Terrorista y Violacion de los Derechos Humanos, en la Fuente de Financiamiento de Recursos Ordinarios y con la disponibilidad autorizada en el Calendario de Compromisos correspondiente. Articulo 3°.- Conforme a la Primera Disposicion Final de la Ley Nº 28979 y la informacion contenida en el Memorando Nº 107-2007-PCM/CMAN, establezcase el Cronograma de Desembolsos contenido en el Anexo "A" de la presente Resolucion, por el cual se efectuara la transferencia financiera autorizada. Articulo 4º.- Los terminos y obligaciones de la presente transferencia financiera se encuentran previstos en el Convenio de Transferencia Financiera de Recursos entre la Presidencia del Consejo de Ministros y la Municipalidad Provincial de Cangallo para el financiamiento del proyecto citado en el Art. 1º de la presente Resolucion y que beneficiara a la Comunidad Campesina de COCHAPATA priorizada en el presente ano, dentro del Programa de Reparaciones Colectivas. Articulo 5º.- La Secretaria Ejecutiva de la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada de las acciones y politicas de Estado en los ambitos MORDAZA, la reparacion colectiva y la reconciliacion nacional (CMAN), se encargara, de acuerdo a sus funciones, del cumplimiento de la ejecucion del Convenio referido en el articulo 4º de la presente Resolucion, asi como del seguimiento y monitoreo de los proyectos contenidos en el mismo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros 88503-4

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