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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de julio de 2007 349993 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 15574, se estableció el Parque Nacional Tingo María, integrante del Sistema Nacional de Áreas Naturales Protegidas por el Estado - SINANPE, ubicada en la provincia de Leoncio Prado del departamento de Huanuco, que comprende las zonas naturales denominadas La Bella Durmiente y la Cueva de las Lechuzas, con sus bosques adyacentes y colonias de steatornis; Que, el artículo 61º del Reglamento de la Ley de Áreas Naturales Protegidas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 038-2001-AG, señala que las Zonas de Amortiguamiento son aquellos espacios adyacentes a las áreas naturales protegidas, que por su naturaleza y ubicación, requieren un tratamiento especial que garantice la conservación del área, debiéndose delimitar de manera georeferenciada utilizando coordenadas Universal Transversal Mercator (UTM) y descriptiva, empleando en lo posible accidentes geográ fi cos de fácil identi fi cación en el terreno; Que mediante Resolución Jefatural Nº 315-2001- INRENA, se establece la zona de amortiguamiento del Parque Nacional Tingo María; Que, con Resolución Jefatural Nº 462-2002-INRENA, se resuelve aprobar el Plan Maestro del 2003-2007, documento de plani fi cación y orientación para el desarrollo de las actividades que se lleven a cabo dentro del Parque Nacional Tingo María así como en su zona de amortiguamiento; Que, de la misma manera la precitada en su artículo 1º, que aprueba el Plan Maestro del Parque Nacional Tingo María, establece la nueva delimitación de la zona de amortiguamiento; Que, la Resolución Jefatural Nº 462-2002-INRENA, antes indicada fue publicada el 20 de diciembre de 2002, habiéndose, sin embargo, omitido la publicación de la memoria descriptiva y mapa que contienen la ubicación y límites georefenciados de la Zona de Amortiguamiento del Parque Nacional Tingo María, rede fi nida en el Plan Maestro aprobado; Que, mediante el documento visto, la Intendencia de Áreas Naturales Protegidas mani fi esta que la delimitación de la zona de amortiguamiento de las áreas naturales protegidas es de suma importancia toda vez que las actividades que en ella desarrollen no deben poner en riesgo los objetivos del área, por lo que es necesaria la publicación del mapa y memoria descriptiva de la zona de amortiguamiento del Parque Nacional Tingo María rede fi nida en el Plan Maestro aprobado; Que, si bien con la Resolución Jefatural Nº 462-2002- INRENA publicada el 20 de diciembre de 2002, se aprobó el Plan Maestro del Parque Nacional Tingo María y se rede fi nió los límites de su zona de amortiguamiento se requiere la publicación de la memoria descriptiva y mapa que contienen la ubicación y límites georefenciados de la zona; Que, resulta pertinente modi fi car el artículo el artículo 1º de la mencionada Resolución Jefatural que aprobó el Plan Maestro del Parque nacional Tingo María y rede fi nió la extensión de la zona de amortiguamiento; En uso de las facultades previstas en el artículo 8º, inciso j) del Reglamento de Organización y Funciones del Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA, aprobado por Decreto Supremo Nº 002-2003-AG, modi fi cado por los Decretos Supremos Nº 018-2003-AG y 004-2005-AG; SE RESUELVE:Artículo Único.- Disponer la publicación del mapa y memoria descriptiva de la zona de amortiguamiento del Parque Nacional Tingo María rede fi nida en su Plan Maestro aprobado mediante Resolución Jefatural Nº 462-2002-INRENA. Regístrese, comuníquese y publíquese.ISAAC ROBERTO ÁNGELES LAZO JefeInstituto Nacional de Recursos NaturalesMEMORIA DESCRIPTIVA DEL PARQUE NACIONAL TINGO MARÍA La presente memoria descriptiva constituye en lo sucesivo el principal documento al que deberá recurrirse para su ubicación. La versión digital de los límites se encuentra en la Dirección General de Áreas Naturales Protegidas del INRENA. Norte El parque se inicia entre el encuentro del río Bella y el río Monzón, comenzando por el punto N° 1 de coordenadas UTM 386 806 E 8 969 314 N; prosiguiendo en dirección noreste por la divisoria de aguas en el fl anco occidental del cerro Cotomono, hasta llegar a la cumbre de dicho cerro Cotomono en la cota 1457, en donde se ubica el punto N° 2 de coordenadas UTM 378 848 E, 8 971 380 N; continuando aguas abajo en dirección este hasta llegar al puente CORPAC en la margen izquierda del río Huallaga, avanzando por el mismo hasta la margen opuesta en el punto N° 3 de coordenadas UTM 389 486 E, 8 971 544 N; continuando por la margen derecha del río Huallaga aguas arriba hasta alcanzar el punto Nº 4 de coordenadas UTM 389 232 E, 8 970 569 N, punto ubicado en el lugar denominado Playa Tingo; desde este punto el limite prosigue en dirección sureste hasta el punto Nº 5 de coordenadas UTM 389 868 E, 8 969 896 N; desde este punto, el límite prosigue en dirección noreste hasta el punto Nº 6 de coordenadas UTM 390 692 E, 8 970 343 N; siguiendo en la misma dirección ascendiendo por divisoria de aguas hacia las cumbres del cerro Cachimbo en el punto Nº 7 de coordenadas UTM 392 242 E, 8 970 323 N. Este Desde el ultimo punto descrito, el límite prosigue en dirección sureste por divisoria de aguas, pasando por el punto Nº 8 de coordenadas UTM 393 613 E, 8 963 462 N; y continuando en la misma dirección hasta alcanzar el punto Nº 9 de coordenadas UTM 394 741 E, 8 958 080 N. Sur Desde el ultimo punto descrito, el límite prosigue en dirección este, cruzando el río Huallaga y alcanzando el punto Nº 10 de coordenadas UTM 391 430 E, 8 957 174, el que continua en dirección oeste por la misma divisoria de aguas, hasta alcanzar el punto Nº 11 de coordenadas UTM 388 776 E, 8 957 968 N. Oeste Desde el ultimo punto descrito, el límite prosigue en dirección norte alcanzando el punto Nº 12 de coordenadas UTM 388 131 E, 8 960 307 N; continuando con dirección oeste siguiendo la forma de la divisoria de aguas hasta llegar a un punto alto en el punto Nº 13 de coordenadas UTM 384 963 E, 8 959 913 N; continuando en dirección norte y siguiendo la divisoria de aguas hasta llegar a la parte alta del caserío río Tigre donde ubicamos el punto Nº 14 383 517 E, 8 956 622 N; prosiguiendo por la divisoria de aguas hasta alcanzar el punto Nº 15 de coordenadas UTM 381 751 E, 8 959 586 N; continuando en dirección noreste hasta llegar a la cumbre del cerro Pelado, en el punto Nº 16 de coordenadas UTM 385 066 E, 8 963 730 N; continuando en dirección noreste y luego norte por la divisoria de aguas hasta llegar al río Bella en el punto Nº 17 de coordenadas UTM 385 739 E, 8 968 117 N; continuando por el río mencionado aguas abajo hasta llegar a su desembocadura en el río Monzón, y luego alcanzar al punto Nº 1, inicio de la presente descripción. 2 Base cartográ fi ca: Carta nacional IGN 1/100,000 Codigo Nombre Datum Zona19-k Tigo maria WGS 84 1819-l Aguaytia WGS 84 18