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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 26 DE JULIO DEL AÑO 2007 (26/07/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 26 de julio de 2007 349992 Aprobar la nueva propuesta de requisitos especí fi cos, los indicadores y los procedimientos de veri fi cación, a aplicarse en la etapa de certi fi cación de las funciones especí fi cas del Sub Sector Comunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a ser transferidas a los Gobiernos Regionales, comprendidas en el “Plan Anual de Transferencia de Competencias Sectoriales a los Gobiernos Regionales del año 2007”, aprobado por el Decreto Supremo Nº 036-2007-PCM. (Ver anexo). Artículo 2º.- Derogatoria Dejar sin efecto las disposiciones que se opongan a la presente Resolución. Artículo 3º.- Vigencia La presente Resolución rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 4º.- Publicación de Anexos El Anexo de la presente Resolución, será publicado en la página Web de la Presidencia del Consejo de Ministros: http://www.pcm.gob.pe/sd Regístrese, comuníquese y publíquese. GROVER PANGO VILDOSO Secretario de Descentralización 88692-1 AGRICULTURA Inician proceso administrativo disciplinario a ex Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales - INRENA RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 474-2007-AG Lima, 5 de de julio de 2007VISTO:El O fi cio Nº 713-2007-AG-SENASA del 23 de mayo de 2007, mediante el cual el Jefe del Servicio Nacional de Sanidad Agraria – SENASA, en su condición de Presidente de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios constituida mediante Resolución Ministerial N° 1118-2006-AG del 24 de agosto de 2006 remite el Informe Nº 001-2006-AG-CE/AD HOC del 15 de noviembre de 2006; CONSIDERANDO:Que, el señor Abraham Guevara Gonzales interpuso demanda de Acción de Amparo contra el Instituto Nacional de Recursos Naturales – INRENA y Gobierno Regional de Loreto con la fi nalidad que se excluya a la Cuenca del Mazan del Concurso Público de concesiones forestales año 2004 convocado por el INRENA, al no haberse evaluado el impacto que las actividades forestales generarían sobre el ecosistema de la zona considerada como reservada, pretensión que fue declarada infundada mediante sentencia emitida por el Segundo Juzgado Civil de Maynas; Que, mediante Resolución N° 23 del 1 de febrero de 2005 la Sala Civil Mixta de Loreto revocó la sentencia que declaró infundada la demanda y reformándola la declaró Fundada, ordenando que se excluya del Concurso Público de concesiones forestales del año 2004 convocado por el INRENA a la Cuenca del Mazan; Que, con fecha 25 de mayo de 2005, el Septuagésimo Tercer Juzgado Civil de Lima cumplió con noti fi car al INRENA la Resolución N° 30 remitida por el Segundo Juzgado Civil de Maynas, mediante la cual se requiere a los demandados cumplan con lo dispuesto en la Sentencia del 01 de febrero de 2005 en el término de dos días de notifi cado, bajo apercibimiento de procederse conforme a lo dispuesto en el artículo 59º del Código Procesal Constitucional; Que, mediante Resolución N° 61 el Segundo Juzgado Civil de Maynas haciendo efectivo el apercibimiento efectuado, resuelve requerir al Ministerio de Agricultura a fi n de que haga cumplir lo ordenado mediante Resolución Nº 30 y disponga la apertura de procedimiento administrativo contra el Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales –INRENA, dentro del plazo de dos días de noti fi cada; Que, con fecha 16 de agosto de 2006 el Segundo Juzgado Civil de Maynas mediante O fi cio Nº 503-2006- SJECM-FAL-GGPT requiere al Ministro de Agricultura cumpla con lo ordenado en las Resoluciones Nºs. 61 y 30; Que, mediante Resolución Ministerial N° 1118-2006- AG del 24 de agosto de 2006, se constituyó la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios a fi n de dar cumplimiento al mandato judicial respecto a la apertura de proceso administrativo disciplinario contra el ex Jefe del INRENA; Que, la Comisión Especial mediante Informe N° 001- 2006-AG-CE/AD HOC del 15 de noviembre de 2006 ha determinado la existencia de la falta administrativa que se imputa al señor Leoncio Alvarez Vásquez, señalando que “resulta evidente que habiendo sido debidamente diligenciadas y noti fi cadas las resoluciones judiciales que contenían el mandato dado por el Segundo Juzgado Civil de Maynas, hasta la misma fecha en que estuvo a cargo de la Jefatura del INRENA, esto es, al 18 de agosto de 2006, el investigado no dio cumplimiento a las mismas”, recomendando haber lugar a la apertura del proceso administrativo disciplinario contra el ex funcionario; De conformidad con el Decreto Legislativo N° 276, Decreto Supremo Nº 005-90-PCM; Decreto Ley Nº 25902 y Decreto Supremo Nº 017-2001-AG; SE RESUELVE: Artículo 1º.- HABER MERITO PARA ABRIR PROCESO ADMINISTRATIVO DISCIPLINARIO contra el señor Leoncio Alvarez Vásquez, ex Jefe del Instituto Nacional de Recursos Naturales –INRENA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Noti fi car en forma personal al ex funcionario comprendido en el Artículo 1º de la presente Resolución, otorgándosele un plazo de cinco (5) días útiles, contados a partir del día siguiente de su noti fi cación, para que presente sus respectivos descargos en la forma y modo establecido. Artículo 3º.- Remitir los actuados a la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Agricultura designada mediante Resolución Ministerial N° 1118-2006-AG, para que proceda de acuerdo a sus facultades dentro del plazo de Ley. Regístrese, comuníquese y notifíquese.ISMAEL BENAVIDES FERREYROS Ministro de Agricultura 89193-1 Disponen la publicación del mapa y memoria descriptiva de la Zona de Amortiguamiento del Parque Nacional Tingo María RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 145-2007-INRENA Lima, 27 de junio de 2007VISTO: El Informe Nº 413-2007-INRENA-IANP-DOANP, de fecha 4 de junio de 2007, elaborado por la Intendencia de Áreas Naturales protegidas;