Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2007 (26/07/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 7

El Peruano MORDAZA, jueves 26 de MORDAZA de 2007

NORMAS LEGALES

349985

CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA

COMUNICADO OFICIAL Nº 08-2007-CG
A los funcionarios responsables de las Direcciones Regionales de Educacion, de las Unidades de Gestion Educativa Local y de las Instituciones Educativas Publicas a nivel nacional
La Contraloria General de la Republica para efectuar, a traves de sus Organos de Control Institucional, las acciones propias de control en el MORDAZA de la Directiva "Ejercicio del Control Preventivo por los Organos de Control Institucional"; y, conforme a lo dispuesto por el articulo 24º del Reglamento de Ley Nº 28988, aprobado con Decreto Supremo Nº 017-2007-ED y los articulos 3º y 6º del Decreto de Urgencia Nº 022-2007, requiere que los funcionarios responsables de las Direcciones Regionales de Educacion, de las Unidades de Gestion Educativa Local y de las Instituciones Educativas Publicas a nivel nacional, dispongan las acciones necesarias para que la documentacion sustentatoria de la asistencia y dictado de clases se encuentren debidamente ordenados y archivados en sus respectivas entidades; principalmente lo siguiente: Instituciones Educativas Publicas: 1. Los Registros de Asistencia (Libro o Tarjetas de Control de Asistencia), autorizado por el Director y/o responsable del control de asistencia, los que deben contener como datos minimos: Nombres y Apellidos del Personal Directivo, Docente y Administrativo (nombrado, contratado, destacado, etc.), hora de ingreso y salida, y firma correspondiente del personal. La documentacion que sustente los desplazamientos de personal, las inasistencias, las tardanzas y los permisos. Los Reportes Consolidados de Asistencia Mensual con cargo y/o evidencia de cumplimiento de su remision a su respectiva UGEL dentro de lo establecido en el numeral 4 del Titulo II de la R.M. 057494-ED. Los reportes de inasistencia de personal (Directores, Docentes y Administrativos) en caso de huelgas con MORDAZA de cargo de recepcion dentro de las 24 horas siguientes de iniciada la indicada interrupcion (D.U. Nº 022-2007 y Reglamento de la Ley Nº 28988).

2. 3.

4.

Unidad de Gestion Educativa Local y de ser el caso, Direccion Regional de Educacion: 5. Los Reportes Consolidados de Asistencia Mensual, debidamente archivados por la Institucion Educativa Publica con evidencia de recepcion del Area y/ o Equipo de Personal, por los diferentes niveles de educacion (inicial, primaria, secundaria, ocupacional, etc.). Los reportes de inasistencia de personal (Directores, Docentes y Administrativos), debidamente archivados por la Institucion Educativa Publica en caso de huelgas con MORDAZA de cargo de recepcion dentro de las 24 horas siguientes de iniciada la indicada interrupcion (D.U. Nº 022-2007 y Reglamento de la Ley Nº 28988). Los reportes mensuales emitidos por el Area y/o Equipo de Personal respecto de las Instituciones Educativas Publicas omisas a la MORDAZA de los consolidados de Asistencia Mensual dentro de los cinco (05) primeros dias del mes siguiente. Las relaciones nominales de personal (Directores, Docentes y Administrativos) de las Instituciones Educativas Publicas emitidas por el Area y/o Equipo de Personal, con MORDAZA de que han sido utilizadas en la digitacion en el Sistema Unico de Planillas ­ SUP, de acuerdo a las fechas de cierre establecidas por la Unidad de Personal del Ministerio de Educacion y de las Direcciones Regionales.

6.

7.

8.

La documentacion en funcion a la naturaleza de las actividades que realice directamente este Organo Rector o a traves de los organos conformantes del Sistema Nacional de Control seran solicitados para su revision y evaluacion correspondiente, debiendo prestar las facilidades pertinentes, bajo responsabilidad. MORDAZA MORDAZA, 24 de MORDAZA de 2007. SECRETARIA GENERAL CONTRALORIA GENERAL DE LA REPUBLICA 88687-1

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