Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2007 (13/06/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 5

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de junio de 2007

NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

347051

S/. 50 805,68 en la Cuenta Corriente en Nuevos Soles Nº 00-000-863149 "Secretaria General/Donaciones Fondo Minero - Reparaciones Colectivas CVR"; para el apoyo a las reparaciones de la Comision de la Verdad; Que, de acuerdo al articulo 69º de la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales e internacionales publicas o privadas, diferentes a las provenientes de los convenios de cooperacion tecnica no reembolsable, seran aprobadas por Resolucion de Titular de la Entidad, debiendo ser publicada en el Diario Oficial El Peruano, cuando el monto de la donacion supere las (5) cinco Unidades Impositivas Tributarias; Contando con la visacion de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y de la Oficina de Asesoria Juridica de la Presidencia del Consejo de Ministros; y, De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 560 - Ley del Poder Ejecutivo y la Ley Nº 28411 - Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la donacion dineraria ascendente a $USD 680 000,00, efectuada por la COMPANIA MINERA ANTAMINA S.A., a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, en cumplimiento de lo dispuesto en la Clausula Decimo Sexta - Reparaciones Colectivas CVR del Convenio "Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo", suscrito con dicha Compania. Articulo 2º.- Aprobar la donacion dineraria ascendente a S/. 50 805,68, efectuada por la COMPANIA DE MINAS MORDAZA S.A.A., a favor de la Presidencia del Consejo de Ministros, en cumplimiento de lo dispuesto en la Clausula Decimo Sexta - Reparaciones Colectivas CVR del Convenio "Programa Minero de Solidaridad con el Pueblo", suscrito con dicha Compania. Articulo 3º.- Los ingresos percibidos provenientes de la donacion dineraria a que hacen referencia los articulos 1º y 2º, se destinaran previa aprobacion de la Comision Multisectorial de Alto Nivel encargada de las Acciones y Politicas del Estado en los Ambitos de Paz, la Reparacion Colectiva y la Reconciliacion Nacional - CMAN, a una MORDAZA lista de comunidades campesinas y nativas, altamente afectadas, para la ejecucion de proyectos de inversion publica que se enmarquen en las siguientes modalidades del Programa de Reparaciones Colectivas: a) Recuperacion y Reconstruccion de la Infraestructura Economica, Productiva y de Comercio, y el desarrollo de Capacidades Humanas y Acceso a Oportunidades Economicas; y b) Ampliacion de Infraestructura de Servicios Basicos de Educacion, Salud, Saneamiento, Electrificacion Rural, Recuperacion del Patrimonio Comunal. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA DEL MORDAZA MORDAZA Presidente del Consejo de Ministros

Articulo Unico.- Aceptar a partir de la fecha, la renuncia presentada por el senor MORDAZA MORDAZA Vassallo MORDAZA al cargo de Director de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura, dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA FERREYROS Ministro de Agricultura

72201-1

Aprueban reubicacion del Puesto de Control Cuarentenario Fundicion en la Carretera Constanera, tramo Ilo - Punta de Bombon
RESOLUCION JEFATURAL Nº 189-2007-AG-SENASA
La MORDAZA, 8 de junio de 2007 VISTO: El Informe Tecnico Nº 04/2007-AG-SENASA-SCVDSV, que sustenta la reubicacion del Puesto de Control Cuarentenario Fundicion en la Carretera Costanera, tramo Ilo - Punta de Bombon, en el distrito de Punta Bombon, provincia de Islay, Region de MORDAZA, elaborado por la Subdireccion de Cuarentena Vegetal de la Direccion de Sanidad Vegetal; CONSIDERANDO: Que, el inciso d) del Articulo 6º de la Ley MORDAZA de Sanidad Agraria, aprobada mediante Ley Nº 27322, del 23 de MORDAZA de 2000, establece, entre otras funciones y atribuciones del Servicio Nacional de Sanidad Agraria - SENASA, el mantener y fortalecer el sistema de cuarentena, con la finalidad de realizar el control e inspeccion fito y zoosanitario, segun sea el caso, del flujo nacional e internacional de plantas y productos vegetales, animales y productos de origen animal capaces de introducir o diseminar plagas y enfermedades; Que, el Articulo 16º del Reglamento General de la Ley MORDAZA de Sanidad Agraria, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 048-2001-AG, dispone que, para el cumplimiento de los requisitos fito o zoosanitarios, el SENASA establecera y mantendra el sistema de control cuarentenario correspondiente; Que, la Resolucion Jefatural Nº 184-99-AG-SENASA del 30 de diciembre de 1999 establece y aprueba oficialmente los Puestos de Control Cuarentenarios - PCC, como los unicos autorizados en el MORDAZA para ejercer acciones en materia de control cuarentenario en aplicacion de las normas fito y zoosanitarias, encontrandose entre ellos el PCC de Fundicion, ubicado en el distrito de Pacocha, provincia de Ilo, Moquegua; Que, a fin de delimitar el area reglamentada de las Regiones de MORDAZA y Tacna, es necesario reubicar el PCC de Fundicion ubicado en Ilo - MORDAZA en el costado de la Carretera Costanera, tramo Ilo - Punta de Bombon (trocha carrozable), a 80 Km. al norte de la MORDAZA de Ilo, en el sector denominado Punta Cardone, en el distrito de Punta Bombon, provincia de Islay, departamento de Arequipa; reubicacion que consolidara el MORDAZA de declaracion y reconocimiento de Areas Libres de Moscas de la Fruta en las Regiones de Tacna y Moquegua; Que, el Articulo 19º del Reglamento de Cuarentena Vegetal, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 0322003-AG del 24 de agosto de 2003, dispone que los Puestos de Control Cuarentenario seran aprobados mediante Resolucion Jefatural del SENASA, previo informe favorable del Organo de Linea Competente, en la cual se detallaran sus funciones y ambito de accion; De conformidad con la Ley Nº 27322, el Decreto Supremo Nº 048-2001-AG y el Decreto Supremo Nº 008-2005-AG; y con el visto MORDAZA de la Direccion de Sanidad Vegetal, de la Oficina de Planificacion y Desarrollo Institucional y de la Oficina de Asesoria Juridica; SE RESUELVE: Articulo Unico.- Aprobar la reubicacion del PCC de Fundicion, ubicandose al costado de la Carretera Costanera, tramo Ilo - Punta de Bombon (trocha carrozable), a 80 Km. al norte de la MORDAZA de Ilo, en el sector denominado

71347-1

AGRICULTURA
Aceptan renuncia de Director de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion del Ministerio
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 407-2007-AG
MORDAZA, 12 de junio de 2007 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Ministerial Nº 0362-2007-AG se designo al senor MORDAZA MORDAZA Vassallo MORDAZA en el cargo de Director de la Oficina de Logistica de la Oficina General de Administracion del Ministerio de Agricultura; Que, el mencionado funcionario ha presentado su renuncia al cargo que venia desempenando; Que, se ha visto por conveniente aceptar la renuncia presentada; De conformidad con el Decreto Ley Nº 25902 - Ley Organica del Ministerio de Agricultura, la Ley Nº 27594 y el Decreto Supremo Nº 017-2001-AG;

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.