Norma Legal Oficial del día 13 de junio del año 2007 (13/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 8

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NORMAS LEGALES
DEBE DECIR: (...)

El Peruano MORDAZA, miercoles 13 de junio de 2007

desprende que se refiere a una solicitud de reconocimiento de servidumbre, razon por la cual, se ha procedido a encausar de oficio su solicitud de imposicion de servidumbre a una solicitud de reconocimiento de servidumbre, conforme al numeral 1.3 del articulo IV del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, y numeral 3 del articulo 75º de la misma Ley; Que, la peticion se encuentra amparada en lo dispuesto por el articulo 217º del Reglamento de la Ley de Concesiones Electricas; Que, la Direccion General de Electricidad, luego de haber verificado que la concesionaria ha cumplido con los requisitos legales y procedimientos correspondientes, ha emitido el Informe Nº 075-2007-DGE-CEL; Con la opinion favorable del Director General de Electricidad y del Vice Ministro de Energia; SE RESUELVE: Articulo 1º.- RECONOCER, a favor de la concesion definitiva de distribucion de la que es titular Sociedad Electrica del Sur Oeste S.A., la servidumbre convencional de ocupacion sobre el bien de propiedad privada, para la instalacion de la subestacion de distribucion electrica MORDAZA caseta en sotano para Servicio Publico de Electricidad Nº 3977, ubicada en la MORDAZA MORDAZA Munoz Najar Nº 223, distrito Cercado, provincia y departamento de MORDAZA, constituida mediante Testimonio de Escritura Publica de fecha 23 de enero de 2007, en los terminos y condiciones estipulados en el mismo, de acuerdo a la documentacion tecnica y los planos proporcionados por la empresa, conforme al siguiente cuadro:
Expediente Descripcion de la servidumbre Area de MORDAZA de MORDAZA de Servidumbre Propiedad terreno Suelo: 14,13 m² y sus aires. Privada MORDAZA

"Articulo 45º.(...). La distancia del tanque en superficie al Dispensador de GLP debe ser minima de cinco metros (5m). Se deberan cumplir las especificaciones del ASME, Seccion VIII,Division 1." En el articulo 9º: DICE: "Articulo 62º.- Las tuberias y facilidades deben satisfacer las normas y/o requisitos del ANSI B31.3 o del ANSI B31.4, asi como lo indicado a continuacion: (...) d. Los accesorios roscados y los coples seran de MORDAZA clase 300 o hierro maleable clase 300. e. Las valvulas de cierre mas cercanas al tanque y las valvulas de alivio seran de MORDAZA o metal con punto de fusion mayor a mil quinientos MORDAZA Fahrenheit (1500°F) (815°C), de acuerdo a lo que indica la NFPA 58. (...)" DEBE DECIR: "Articulo 62º.- Las tuberias y facilidades deben satisfacer las normas y/o requisitos del ANSI B31.3, asi como lo indicado a continuacion: (...) d. Los accesorios roscados y los coples seran de MORDAZA clase 3000 o hierro maleable clase 300. e. Las partes metalicas de accesorios que resisten presion deberan tener un punto de fusion minimo de 1500°F (816°C), de acuerdo a lo que indica la NFPA 58. (...)"

31198407 Subestacion de Distribucion Electrica Nº 3977 Ubicacion: distrito, provincia y departamento de MORDAZA Coordenadas UTM (PSAD 56): Vertice A B C D E F G H Norte 8 185 297,00 8 185 298,13 8 185 298,47 8 185 299,47 8 185 300,74 8 185 297,62 8 185 296,35 8 185 297,34 Este 229 983,00 229 982,60 229 983,60 229 983,25 229 986,94 229 988,02 229 984,33 229 983,99

72408-1

PRODUCE
Autorizan viaje de profesional del IMARPE a Mexico para participar en reuniones anuales de la CIAT y del Programa Internacional para la conservacion de los delfines
RESOLUCION SUPREMA Nº 016-2007-PRODUCE
MORDAZA, 12 de junio del 2007 Vistos: El Oficio Nº PCD-100-114-2007-PRODUCE/IMP y el Informe Tecnico Nº OPP-006-2007-PRODUCE/IMP remitido por el Instituto MORDAZA del Peru, el Informe (Viaje) Nº 026-2007-PRODUCE/OGPP-Octai de la Oficina de Cooperacion Tecnica y Asuntos Internacionales de la Oficina General de Planificacion y Presupuesto y el Informe Nº 1282007-PRODUCE/OGAJ-MUYLP de la Oficina General de Asesoria Juridica; CONSIDERANDO: Que, mediante carta de fecha 27 de febrero de 2007, el Director de la Comision Interamericana del Atun Tropical (CIAT), comunico que las reuniones anuales de la CIAT y del Programa Internacional para la conservacion de los delfines (APICD) se realizaran del 18 al 29 de junio de 2007, en los Estados Unidos Mexicanos; Que, el Peru como miembro pleno de la CIAT y del APICD, afirma su derecho e interes en la pesqueria de tunidos en el MORDAZA MORDAZA Oriental (OPO), desarrollando dicha actividad, en lo que respecta a estos recursos, en aguas jurisdiccionales peruanas y en la MORDAZA de alta mar, asumiendo una serie de responsabilidades y obligaciones que demandan el estricto cumplimiento de estos compromisos internacionales; Que, la participacion de la representante del Estado peruano en las reuniones mencionadas permitira, entre otros aspectos,

Articulo 2º.- Son de aplicacion a la servidumbre reconocida en el articulo que antecede, las normas de seguridad establecidas en la Ley de Concesiones Electricas, su Reglamento y en las normas tecnicas pertinentes. Articulo 3º.- La presente Resolucion entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Energia y Minas

60725-1 FE DE ERRATAS DECRETO SUPREMO Nº 029-2007-EM
Mediante Oficio Nº 352-2007-SCM-PR, la Secretaria del Consejo de Ministros solicita se publique Fe de Erratas del Decreto Supremo Nº 029-2007-EM, publicado en la edicion del 1 de junio de 2007. En el articulo 6º: DICE: (...) "Articulo 45º.(...). La distancia del tanque en superficie al Dispensador de GLP debe ser minima de quince metros (15 m). Se deberan cumplir las especificaciones del ASME, Seccion VIII, Division 1.

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