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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 13 de junio de 2007 347052 Cardone, en el distrito de Punta Bombón, provincia de Islay, departamento de Arequipa, a fin de ejercer acciones de control cuarentenario interno Regístrese, comuníquese y publíquese.JOSÉ R. ESPINOZA BABILÓN JefeServicio Nacional de Sanidad Agraria 71961-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan transferencia de partidas del Pliego 110 Instituto Nacional de Cultura al Pliego 010 Ministerio de Educación DECRETO SUPREMO Nº 070-2007-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que, la Sexta Disposición Final de la Ley Nº 28939, dispone la creación de la Unidad Ejecutora “Naylamp-Lambayeque” en el Pliego 010: Ministerio de Educación, la misma que comprende los Museos Tumbes Reales de Sipán, Museo Nacional de Sicán, Museo Arqueológico Nacional de Bruning, Museo de Sitio de Túcume y los Monumentos Arqueológicos del departamento de Lambayeque; Que, mediante el Decreto Supremo Nº 029-2006-ED, se crea en el Ministerio de Educación el “Proyecto Especial Naylamp-Lambayeque”, dependiente del Despacho Ministerial, y con Resolución Ministerial Nº 0750-2006-ED, se formaliza la creación de la Unidad Ejecutora 111: “Naylamp - Lambayeque” en el Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, conforme a lo dispuesto en la Sexta Disposición Final de la Ley Nº 28939, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas para que mediante Decreto Supremo trans fiera las partidas presupuestales por toda fuente de financiamiento para el Año Fiscal 2007, comprendidas en el Pliego Instituto Nacional de Cultura - INC a la Unidad Ejecutora 111: Naylamp-Lambayeque del Pliego 010: Ministerio de Educación, en lo que corresponde a las asignaciones destinadas para los Museos Tumbas Reales de Sipán, Museo Nacional de Sicán, Museo Arqueológico Nacional de Bruning, Museo de Sito de Túcume y los Monumentos Arqueológicos del departamento de Lambayeque; Que, en atención a la citada disposición legal, con O ficio Nº 054-2007/INC-GG la Gerencia General del Instituto Nacional de Cultura, ha presentado la información referente al marco presupuestal a ser transferido a favor de la Unidad Ejecutora 111: Naylamp-Lambayeque del Pliego 010: Ministerio de Educación; Que, mediante Informe Nº 182-2007-ME/SPE-UP, la Unidad de Presupuesto del Ministerio de Educación ha emitido opinión técnica favorable respecto a la necesidad de autorizar la transferencia de partidas del Pliego 110: Instituto Nacional de Cultura a la Unidad Ejecutora 111: Naylamp-Lambayeque del Pliego 010: Ministerio de Educación, hasta por la suma de S/. 1 391 896,00 (UN MILLÓN TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES); De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley Nº 28939, Ley Nº 28979, el Decreto Supremo Nº 029-2006-ED, la Resolución Ministerial Nº 0069-2007-ED; DECRETA:Artículo 1º.- Autorización de Transferencia de Partidas Autorizar una transferencia de partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, del Pliego 110: Instituto Nacional de Cultura a la Unidad Ejecutora 111: “Naylamp-Lambayeque” del Pliego 010: Ministerio de Educación, hasta por la suma de S/. 1 391 896,00 (UN MILLÓN TRESCIENTOS NOVENTA Y UN MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y SEIS Y 00/100 NUEVOS SOLES) por toda fuente de financiamiento, de acuerdo al detalle que se indica en el Anexo adjunto.Artículo 2º.- Procedimientos para la Aprobación Institucional 2.1. Autorízase a los Titulares de los Pliegos habilitado y habilitador a aprobar mediante Resolución, la desagregación de los recursos transferidos en virtud del artículo 1º del presente Decreto Supremo, a nivel de Función, Programa, Subprograma, Actividad, Proyecto y Grupo Genérico de Gastos, dentro de los cinco (5) días calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. Copia de la Resolución será remitida dentro de los cinco (5) días de aprobada, a los organismos señalados en el numeral 23.2 del artículo 23º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 2.2 Los Pliegos habilitado y habilitador comprendidos en el presente dispositivo desagregan, en anexos, el detalle de los ingresos que correspondan a la Transferencia de Partidas dispuesta en el artículo precedente, a nivel de Categoría del Ingreso, Genérica del Ingreso, Subgenérica del Ingreso y Especí fica del Ingreso. Los citados anexos son presentados a la Dirección Nacional del Presupuesto Público dentro de los cinco (5) días siguientes de la aprobación del presente dispositivo. 2.3 La O ficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos habilitado y habilitador, instruyen a las Unidades Ejecutoras para que elabore las correspondientes “Notas para Modi ficación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de la modi ficación presupuestaria autorizada por el presente Decreto Supremo. Asimismo, la mencionada o ficina solicitará a la Dirección Nacional del Presupuesto Público, de ser necesario, las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Actividades, Proyectos, Componentes, Finalidades de Metas y Unidades de Medida. Artículo 3º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Educación y por el Ministro de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los doce días del mes de junio del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO CHANG ESCOBEDO Ministro de Educación LUIS CARRANZA UGARTE Ministro de Economía y Finanzas ANEXO DE LA: (En Nuevos Soles) SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 110 : Instituto Nacional de CulturaUNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Nacional de Cultura FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGRUPO GENÉRICODE GASTOS 1. Personal y Obligaciones Sociales 55 982 3. Bienes y Servicios 17 195 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 2 : Recursos Directamente RecaudadosGRUPO GENÉRICODE GASTOS 1. Personal y Obligaciones Sociales 74 632 3. Bienes y Servicios 637 506 FUENTE DE FINANCIAMIENTO 4 : Donaciones y TransferenciasGRUPO GENÉRICODE GASTOS 3. Bienes y Servicios 606 581 ___________ TOTAL EGRESOS 1 391 896 A LA:SECCIÓN PRIMERA : GOBIERNO CENTRAL PLIEGO 010 : Ministerio de EducaciónUNIDAD EJECUTORA 111 : Naylamp Lambayeque FUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos OrdinariosGRUPO GENÉRICODE GASTOS 1. Personal y Obligaciones Sociales 55 982 3. Bienes y Servicios 17 195