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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (20/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 31

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de junio de 2007 347493 Cód. Exp. Descripción de la ServidumbreÁrea de Servidumbre Tipo de Propiedad b) Servidumbre de embalse: Q 8 580 678,41 394 136,38 R 8 580 642,65 394 217,24 S 8 580 625,44 394 298,10 T 8 580 610,88 394 372,34 U 8 580 614,85 394 466,45 V 8 580 638,02 394 550,63 W 8 580 638,13 394 555,99 Área: 62 500,00 m2 Coordenadas UTM (PSAD 56):Punto Norte Este A 8 580 775,73 394 023,04 B 8 580 688,67 393 828,88 C 8 580 655,53 393 617,44D 8 580 622,32 393 454,04 E 8 580 638,99 393 363,26 F 8 580 647,96 393 370,17 G 8 580 698,28 393 395,36 H 8 580 714,17 393 411,27 I 8 580 719,46 393 433,80 J 8 580 724,76 393 505,39 K 8 580 741,31 393 593,54 L 8 580 761,17 393 645,24 M 8 580 763,82 393 682,36 N 8 580 779,70 393 723,45 O 8 580 836,64 393 800,34 P 8 580 847,23 393 820,22 Q 8 580 828,70 393 899,76Privada Artículo 2º.- El propietario del predio sirviente no podrá construir obras de cualquier naturaleza ni podrán realizar labores que perturben o enerven el pleno ejercicio de las servidumbres constituidas. Artículo 3º.- Compañía Eléctrica El Platanal S.A. deberá adoptar las medidas necesarias a fi n de que las áreas de servidumbre no sufran daño ni perjuicio por causa de la imposición, quedando sujeta a la responsabilidad civil pertinente en caso de incumplimiento. Artículo 4º.- Compañía Eléctrica El Platanal S.A. deberá velar permanentemente para evitar que en el área afectada por las servidumbres o sobre ellas se ejecute cualquier tipo de construcción que restrinja su ejercicio. Artículo 5º.- La presente Resolución entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JUAN VALDIVIA ROMERO Ministro de Energía y Minas 74744-1 Exoneran de concurso público la contratación del servicio de mantenimiento y limpieza para instalaciones del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 302-2007-MEM/DM Lima, 19 de junio de 2007 VISTOS:El Informe Técnico Nº 040-2007-EM-SG/OGA/MYS, de fecha 5 de junio de 2007 y el Informe Legal Nº 130-2007- MEM-OGJ, de fecha 12 de junio de 2007, que sustentan la exoneración del Concurso Público para la contratación del Servicio de Mantenimiento y Limpieza, por parte del Ministerio de Energía y Minas; CONSIDERANDO: Que, con fecha 26 de febrero de 2007, se convocó en el SEACE el Concurso Público para la contratación del Servicio de Mantenimiento y Limpieza para el Ministerio de Energía y Minas, otorgándose la Buena Pro el 16 de abril de 2007, al Consorcio conformado por Sanidad y Limpieza Industrial Peruana (SALINPSAC) y Servicios Generales ORO; Que, mediante el escrito designado con el N° 1684890, presentado con fecha 23 de abril de 2007, el consorcio EB CONTRATISTAS GENERALES S.A.C. - LIMPIEZA TÉCNICA S.A.C. - INTER TRANS JIREH S.A.C. (en adelante, el CONSORCIO), interpuso recurso de apelación contra el acto de adjudicación del Proceso de Concurso Público N° 001-2007-MEM, “Servicio de mantenimiento y limpieza del Ministerio de Energía y Minas”; Que, la Resolución Secretarial Nº 023-2007- MEM/ SEG, de fecha 4 de mayo de 2007, concedió la Buena Pro al CONSORCIO, declarándose fundada la apelación presentada por éste; Que, con fecha 11 de mayo del 2007, el consorcio conformado por Sanidad y Limpieza Industrial Peruana (SALINPSAC) y Servicios Generales ORO, interpone Recurso de Revisión, de conformidad con el artículo 162º del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM., el que obra en el Expediente N° 01027-2007-TC, estando pendiendo de resolución por el Tribunal de CONSUCODE; Que, el literal c) del artículo 19º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, señala que están exoneradas de los procesos de Licitación Pública, Concurso Público o Adjudicación Directa, según sea el caso, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situación de emergencia o de desabastecimiento inminente, declaradas de conformidad con la Ley; Que, en este sentido, el artículo 21º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, y el artículo 141º del Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, señala que se encuentran exoneradas del respectivo proceso de selección, las contrataciones de bienes, servicios u obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación de desabastecimiento inminente; Que, de acuerdo a lo señalado en el Informe Técnico N° 040-2007- EM-SG/OGA/MYS, la O fi cina de Mantenimiento y Servicios ha emitido opinión favorable respecto a la viabilidad de la exoneración del proceso de Concurso Público para la contratación del servicio de mantenimiento y limpieza del edi fi cio central y otras instalaciones del Ministerio de Energía y Minas, bajo la modalidad de desabastecimiento inminente, por un plazo máximo de ejecución de tres (3) meses o hasta que sea emitida la resolución fi nal que recaiga en el Expediente N° 01027-2007-TC, y hasta por un valor referencial de S/. 162,089.46 (CIENTO SESENTA Y DOS MIL OCHENTA Y NUEVE 46/100 NUEVOS SOLES); Que, en el ejercicio de las facultades de delegación contenidas en el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; y sus modi fi catorias; resulta conveniente delegar, en la O fi cina General de Administración, la facultad de aprobar el expediente correspondiente al proceso exonerado bajo la modalidad de desabastecimiento inminente a que se re fi ere la presente resolución y las bases correspondientes; Que, de conformidad con el artículo 7° del TUO de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, cada Entidad elaborará un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, que debe prever los bienes, servicios y obras que se requerirán durante el ejercicio presupuestal y el monto del presupuesto requerido. El Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones será aprobado por el Titular del Pliego o la máxima autoridad administrativa de la Entidad. En virtud de los dispuesto por Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo N° 083-2004-PCM; su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM y su modi fi catoria; y el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Energía y Minas, aprobado por Decreto Supremo Nº 025-2003-EM; y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Incluir en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la Unidad Ejecutora N° 01-MEM