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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (20/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 84

TEXTO PAGINA: 38

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 20 de junio de 2007 347500 Artículo 4º.- Los términos y obligaciones de la presente transferencia fi nanciera se encuentran previstos en el Convenio Especí fi co para el fi nanciamiento del proyecto de saneamiento a suscribirse para tal efecto entre el GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI y el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. Artículo 5º.- El Programa Agua para Todos es responsable del cumplimiento de la ejecución del Convenio referido en el artículo 4º de la presente Resolución, así como del seguimiento y monitoreo de los proyectos contenidos en el mismo. Regístrese, comuníquese y publíquese. HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivenda, Construcción y SaneamientoANEXO A PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : GOBIERNO REGIONAL DE UCAYALI COD. SNIP PROYECTOSTIPO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIAPPTO. PIM 2007TRANS. FINANC. HASTA POR S/. 40783MANEJO AMBIENTAL DE LAS PRINCIPALES DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES VERTIDAS A LA LAGUNA DE YARINACOCHAINDIRECTA 404,132.00 404,132.00 TOTAL 404,132.00 404,132.00 ANEXO B PROYECTOS DE INVERSIÓN UNIDAD EJECUTORA : GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI COD SNIP PROYECTOSTIPO DE EJECUCIÓN PRESUPUESTARIACRONOGRAMA DE DESEMBOLSOS TRANS. FINANC. HASTA POR S/. MES 01 MES 02 MES 03 MES 04 40783 MANEJO AMBIENTAL DE LAS PRINCIPALES DESCARGAS DE AGUAS RESIDUALES VERTIDAS A LA LAGUNA DE YARINACOCHAINDIRECTA 316,781.00 24,965.70 33,287.60 29,097.70 404,132.00 TOTAL 316,781.00 24,965.70 33,287.60 29,097.70 404,132.00 Administración Indirecta : El primer desembolso se iniciará con la suscripción del contrato de obra. 74718-1 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 195-2007-VIVIENDA Lima, 18 de junio de 2007 CONSIDERANDO:Que, de conformidad con el literal a) del artículo 4º de la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, es función del Ministerio, entre otras, ejercer competencias compartidas con los Gobiernos Regionales y Locales en materia de urbanismo, desarrollo urbano y saneamiento conforme a Ley; Que, asimismo, el literal I) del artículo 8º del Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIENDA que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, establece que es función general del Ministerio, el generar condiciones para el acceso a los servicios de saneamiento en niveles adecuados de calidad y sostenibilidad en su prestación, en especial de los sectores de menores recursos económicos; Que, mediante Ley Nº 28927, se aprobó el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2007, incorporado al Pliego 037: Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento con Resolución Ministerial Nº 505-2006-VIVIENDA por la suma de UN MIL TREINTA Y SEIS MILLONES OCHOCIENTOS UN MIL QUINIENTOS TREINTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 1 036 801 539, 00) por toda Fuente de Financiamiento; Que, el literal g) del artículo 5º de la Ley Nº 28927 dispone que para los casos de ejecución de proyectos a través de transferencias del Gobierno Nacional a favor de los gobiernos regionales, gobiernos locales y empresas públicas, el documento que sustenta la transferencia es, únicamente, el contrato de la ejecución del proyecto para cuyo efecto deberá suscribirse previamente, convenios; y en el caso de ejecución de proyectos por administración directa, el documento que sustenta la transferencia es el convenio suscrito con la entidad del Gobierno Nacional; Que, la Primera Disposición Final de la Ley Nº 28979, precisa que las transferencias fi nancieras que se realicen en el marco del citado literal g) del artículo 5º, se autorizan mediante Resolución del Titular del Pliego, la que deberá ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano y en la página web de las entidades, estableciendo un cronograma de desembolsos que se ejecutarán luego de la presentación de los adelantos y las valorizaciones por avance de obras; Que, de acuerdo con el literal h) del numeral 75.4 del artículo 75º de la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cado por la Ley Nº 28927, las transferencias fi nancieras que realice el Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento para proyectos de inversión y saneamiento se aprueban por Resolución del Titular del Pliego, la misma que debe ser publicada en el Diario O fi cial El Peruano; Que, mediante Informe Técnico Nº 051-2007/ VIVIENDA/VMCS/PAPT-DE, la Dirección Ejecutiva del Programa Agua Para Todos ha informado respecto al estado situacional del proyecto descrito en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, y asimismo, ha emitido opinión favorable respecto a la transferencia fi nanciera a realizarse a favor del GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI, para la ejecución del referido proyecto, hasta por la suma de S/. 1 310 000,00; De conformidad con la Ley Nº 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, modi fi cada por la Ley Nº 28927, Ley de Presupuesto del Año Fiscal 2007 y la Ley Nº 28979; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar la transferencia fi nanciera hasta por la suma de S/. 1 310 000,00 (Un millón trescientos diez mil y 00/100 Nuevos Soles) en la Fuente de Recursos Ordinarios a favor del GOBIERNO REGIONAL DEL DEPARTAMENTO DE UCAYALI, para la ejecución del proyecto descrito en el Anexo A que forma parte integrante de la presente Resolución Ministerial, tomando como referencia el cronograma de desembolsos contenido en el Anexo B que de igual modo integra la presente Resolución. Los recursos materia de la presente transferencia fi nanciera serán destinados exclusivamente para la ejecución y/o conclusión del proyecto detallado en el Anexo