Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2007 (28/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de junio de 2007

NORMAS LEGALES

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Articulo 2º.- Los derechos de via a que se contrae el articulo precedente en terrenos de topografia quebrada se extenderan hasta 5 m. mas alla del borde de los cortes, del pie de los terraplenes o del borde mas alejado de las obras de drenaje. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones
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Precisan Derecho de Via del Tramo Frontera con el Ecuador (Puente La Balsa) - San MORDAZA (Ruta 005N)
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 312-2007 MTC/02

MORDAZA, 27 de junio de 2007 CONSIDERANDO:

MTC/15.17, de acuerdo al cual el ancho minimo absoluto de la faja de dominio o derecho de via para una carretera de dos carriles (2da. clase) debe ser de 20 m. (10 m. a cada lado del eje de la via), el mismo que se extendera en terrenos de topografia quebrada hasta 5 m. mas alla del borde de los cortes del pie de los terraplenes o del borde mas alejado de las obras de drenaje que se construyan; por lo que se recomienda de conformidad con las normas indicadas se precise el derecho de via del Tramo: Frontera con el Ecuador (Puente La Balsa) ­ San MORDAZA (Ruta 005 N), con una longitud total de 50.00 Km.; Que, con Memorandum Nº 1533-2007-MTC/14, el Director General de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles, solicita se expida la Resolucion Ministerial que precise el derecho de via MORDAZA descrito; Que, en consecuencia, considerando el MORDAZA legal MORDAZA citado resulta necesario precisar el derecho de via del tramo mencionado; De conformidad por lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 20081, Ley Nº 27791, Decretos Supremos Nº 0412002-MTC y su modificatoria N° 017-2003-MTC; SE RESUELVE:

Que, el articulo 3º del Decreto Ley Nº 20081 establece que la faja de dominio o derecho de via, comprende el area de terreno en que se encuentra la carretera y sus obras complementarias, los servicios y zonas de seguridad para los usuarios y las previsiones para futuras obras de ensanche y mejoramiento; Que, de conformidad con el articulo 4º del Decreto Ley Nº 20081 corresponde al Ministerio de Transportes, Comunicaciones, Vivienda y Construccion, hoy Ministerio de Transportes y Comunicaciones, fijar el derecho de via, en atencion a la categoria y clasificacion de las carreteras, asi como a las caracteristicas topograficas de las regiones en las que se ejecuten los proyectos viales; Que, mediante Informe Nº 039-2007-MTC/14.03, el Director de la Direccion de Desarrollo Vial de la Direccion General de Caminos y Ferrocarriles senala que, el Tramo: Frontera con el Ecuador (Puente La Balsa) ­ San MORDAZA, se encuentra ubicado en el departamento de MORDAZA, habiendose determinado el derecho de via que le corresponde, segun lo dispuesto en la Resolucion Suprema Nº 333, que aprueba las Normas Tecnicas para Estudios y Construccion de Caminos, asi como el Manual de Diseno Geometrico de Carreteras del ano 2001, aprobado por Resolucion Directoral Nº 143-2001-

Articulo 1°.- Precisar el Derecho de Via del Tramo: Frontera con el Ecuador (Puente La Balsa) ­ San MORDAZA (Ruta 005N), de acuerdo al siguiente detalle:
Tramo 1 Descripcion Frontera con el Ecuador (Puente La Balsa) ­ San MORDAZA Total Ruta 005N Longitud KM 50.00 50.00 Departamento Derecho de Via MORDAZA 20m. (10m a c/l del eje de la via).

Articulo 2°.- El derecho de via a que se contrae el articulo precedente en terrenos de topografia quebrada se extendera hasta 5 m. mas alla del borde de los cortes, del pie de los terraplenes o del borde mas alejado de las obras de drenaje. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA LOMBARDI Ministra de Transportes y Comunicaciones
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DIARIO OFICIAL

REQUISITO PARA PUBLICACION DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica al Congreso de la Republica, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autonomos y Descentralizados, Gobiernos Regionales y Municipalidades que, para efecto de publicar sus dispositivos y sentencias en la Separata de Normas Legales y Separatas Especiales respectivamente, deberan ademas remitir estos documentos en disquete o al siguiente correo electronico. normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCION

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