Norma Legal Oficial del día 28 de junio del año 2007 (28/06/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

348038

NORMAS LEGALES
ANEXO

El Peruano MORDAZA, jueves 28 de junio de 2007

es funcion exclusiva especifica de las Municipalidades Distritales el normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de construcciones, remodelaciones o demolicion de inmuebles y declaratorias de fabricas; Que, el Codigo Civil establece en sus articulos 959º, 960º, 961º y 962º, limitaciones a la propiedad predial por razones de vecindad, respecto a permitir la ejecucion de actos de servicios provisorios de las propiedades vecinas que eviten o conjuren un peligro actual o inminente; consentir el paso de materiales para la construccion o reparacion de edificaciones, asi como la abstencion de perjudicar a las propiedades vecinas por la realizacion de trabajos y la prohibicion de causar ruina en las mismas; Que, la actividad de la construccion sujeta al control municipal, se debe ejercer en el MORDAZA de las limitaciones del derecho de propiedad predial establecidas en la normatividad civil, por lo que en caso de producirse danos y perjuicios a terceros como consecuencia del ejercicio de dicha actividad, el Codigo Civil prescribe la obligacion que el responsable de los mismos debe indemnizarlos; Que, de acuerdo a lo senalado por los articulo 88º y 90º de la MORDAZA mencionada Ley Organica, corresponde a las municipalidades distritales dentro de su jurisdiccion, velar por el uso de la propiedad inmueble en MORDAZA con el bien comun, y que la construccion, reconstruccion, ampliacion, modificacion o reforma de cualquier inmueble, se sujeta al cumplimiento de los requisitos que establezcan la Ley, el Reglamento Nacional de Construcciones y las Ordenanzas, entre otros, para garantizar la salubridad y estetica de la edificacion; Que, en ese contexto, la Municipalidad, debe adoptar medidas que coadyuven a la prevencion de danos en las actividades relacionadas a obras civiles, requiriendo del propietario y del responsable de obra el compromiso expreso de resarcir los danos fisicos a los predios vecinos, que objetiva y tecnicamente MORDAZA determinados; Que, estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los articulos 9° y 40° de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo Municipal por unanimidad y con dispensa del tramite de acta, ha aprobado la siguiente:

"DECLARACION JURADA DE COMPROMISO DE RESARCIMIENTO DE LOS DANOS CAUSADOS POR OBRAS CIVILES"
Por la presente declaramos bajo juramento que si como consecuencia de la ejecucion de las obras que nos autorizara la Municipalidad de San MORDAZA en el Expediente Nº_______ ______ y Resolucion Nº ______________, ocasionasemos danos a los inmuebles colindantes al predio donde se ejecutara la obra a nuestro cargo, nos comprometemos a resarcirlos de acuerdo a los procedimientos legales vigentes. Para estos efectos, adjuntamos archivo fotografico digital de las edificaciones ubicadas en las zonas colindantes, cuya MORDAZA forma parte de la presente declaracion jurada, con el fin de dejar debida MORDAZA de su estado actual, comprometiendonos a tomar las maximas medidas precautorias, en el MORDAZA legal establecido en los Articulos 959º, 960º, 961º y 962º, del Codigo Civil, para evitar en lo posible que las mismas MORDAZA afectadas por las obras a ejecutar. Formalizamos lo expuesto con la certificacion de nuestras firmas ante Notario Publico. MORDAZA, ....................del 200...

______________________ Propietario

_____________________ Responsable de la Obra. 77653-1

ORDENANZA QUE ESTABLECE LA OBLIGACION DE PRESENTAR "DECLARACION JURADA DE COMPROMISO DE RESARCIMIENTO DE LOS DANOS CAUSADOS POR OBRAS CIVILES"
Articulo Primero.- Disponer que en los casos de ejecucion de obras en MORDAZA colindante con propiedad de terceros, especialmente en las obras de demolicion total o parcial, asi como en la construccion de edificaciones que consideren excavaciones para la ejecucion de sotano o semisotano, o cualquier otra obra que pueda causar dano a la propiedad de terceros, en la etapa de Liquidacion de los Derechos de Licencia de Obra, el propietario y el responsable de la obra, deberan presentar una Declaracion Jurada de Compromiso de Resarcimiento de los danos causados por dichas obras, segun formato que se aprueba en la presente Ordenanza, comprometiendose expresamente a que en la eventualidad de producirse danos a los predios de terceros, los resarcira de acuerdo a los procedimientos legales correspondientes. En el supuesto que se efectue la transferencia de propiedad del lote materia de la licencia o se produzca un cambio en el responsable de la obra, se debera emitir una nueva Declaracion Jurada por parte del MORDAZA propietario y/o responsable de la obra, para poder continuar con la edificacion, bajo sancion de paralizacion de obra. Articulo Segundo.- Apruebese el formato de Declaracion Jurada "Compromiso de Hacer", segun anexo que forma parte de la presente Ordenanza. El formato debera presentarse con firmas legalizadas ante Notario Publico acompanado de un archivo fotografico digital. Articulo Tercero.- Encarguese el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia de Autorizaciones y Control MORDAZA de la Municipalidad de San Isidro. POR TANTO: Mando se registre, comunique y cumpla. Dado en San MORDAZA a los veinte dias del mes de junio del ano dos mil siete. E. MORDAZA MEIER CRESCI MORDAZA

Reglamento del MORDAZA del Presupuesto Participativo para el ano fiscal 2008 aprobado mediante la Ordenanza N° 205-MSI
ANEXO - ORDENANZA N° 205-MSI
( La Ordenanza de la referencia se publico en la edicion del 24 de junio de 2007) REGLAMENTO DEL MORDAZA DEL PRESUPUESTO PARTICIPATIVO PARA EL ANO FISCAL 2008 TITULO I ASPECTOS GENERALES Articulo 1º.- Base Legal La presente Ordenanza esta basada en la siguiente base legal: -Constitucion Politica del Peru. -Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralizacion. -Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades. -Ley Nº 27293, Ley del Sistema Nacional de Inversion Publica y disposiciones complementarias y modificatorias. -Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo. -Ley N° 28522, Ley del Sistema Nacional de Planeamiento Estrategico y del Centro Nacional de Planeamiento Estrategico. -Decreto Supremo Nº 171-2003-EF que aprueba el Reglamento de la Ley Nº 28056, Ley MORDAZA del Presupuesto Participativo. -Instructivo Nº 001-2007-EF/76.01, Instructivo para la MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal 2008. Articulo 2º.- Objeto La presente Ordenanza tiene por objeto reglamentar el MORDAZA del Presupuesto Participativo para el Ano Fiscal

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