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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 28 DE JUNIO DEL AÑO 2007 (28/06/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 58

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 28 de junio de 2007 Artículo 16º.- Documento del Proceso Participativo para el Año Fiscal 2008.- El Equipo Técnico recibirá los acuerdos adoptados por los agentes participantes en el Taller de De fi nición de Criterios y Priorización de Proyectos procediendo a su revisión y adecuación técnica y fi nanciera conforme a las disposiciones técnicas y administrativas pertinentes, elaborando el Documento del Proceso Participativo para el año 2008, conforme a las pautas descritas en el Instructivo citado en el artículo 3º, para su remisión al Alcalde quien, de encontrarlo conforme, lo remitirá al Consejo de Coordinación Local Distrital para su discusión y concertación mediante Acuerdo. Artículo 17º.- Concertación del Presupuesto Participativo por el Consejo de Coordinación Local Distrital.- El Alcalde convoca al Consejo de Coordinación Local Distrital conforme al Reglamento aprobado por Ordenanza Nº 109/MDS para la revisión de los proyectos priorizados y la concertación de los mismos para su incorporación en el Presupuesto Institucional de Apertura de la Municipalidad de Surquillo correspondiente al Ejercicio 2008, remitiendo el Acuerdo respectivo al Concejo Municipal para su conocimiento y pronunciamiento. Artículo 18º.- Remisión de Acuerdo a la Dirección Nacional de Presupuesto Público.- Corresponde a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto remitir el Acuerdo del Consejo de Coordinación Local Distrital de Surquillo, conjuntamente con el Acta de Acuerdos y Compromisos del Proceso Participativo, el Documento del Proceso Participativo para el Año Fiscal 2008 y el Proyecto de Presupuesto Institucional a la Dirección Nacional de Presupuesto Público en el plazo establecido en la Directiva de Programación, Formulación y Aprobación del Presupuesto de los Gobiernos Locales aprobada por el Ministerio de Economía y Finanzas. CAPÍTULO IV COMITÉ DE VIGILANCIA Y CONTROL Artículo 19º.- Elección del Comité de Vigilancia y Control.- El Comité de Vigilancia y Control del Presupuesto Participativo 2008 es elegido por y entre los agentes participantes de la sociedad civil, éste se conforma al inicio del proceso y fi naliza su labor en diciembre del año siguiente. El número mínimo de personas que integran los Comités de Vigilancia y Control es de cuatro (4) miembros titulares y dos (2) suplentes. En tal sentido, en un año coexistirán dos (2) Comités, uno designado para el año 2006 y 2007, y el otro designado en el proceso del presupuesto participativo del año 2008 que continuará su vigilancia hasta el mes de diciembre del 2008. Artículo 20º.- Funciones del Comité de Vigilancia y Control.- El Comité ejerce acciones de vigilancia en el cumplimiento de los acuerdos y la evaluación periódica de los avances en la ejecución de los proyectos del presupuesto participativo. Desarrolla las acciones descritas en el Instructivo citado en el artículo 3º y está obligado a recibir la información para el cumplimiento de sus funciones conforme al precitado Instructivo. DISPOSICIONES FINALES Primera.- La Gerencia Municipal impartirá las directivas necesarias a las dependencias administrativas competentes para garantizar una amplia difusión a la comunidad del inicio y desarrollo del proceso participativo, brindará facilidades a los participantes en el proceso que aseguren el acceso a la información y proporcionará todo el apoyo logístico y de recursos humanos que requiera el Equipo Técnico para el cumplimiento de sus funciones. Segunda.- Para los efectos de la inscripción de las organizaciones de jóvenes, y en tanto se constituya el Registro de Organizaciones de Jóvenes en el RUOS, la Gerencia de Desarrollo Social y de Juventudes abrirá un registro provisional para la acreditación de dichas organizaciones, generadas de Concejos Municipales Escolares u otras formas de organización juvenil. La Gerencia determinará mediante directiva los requisitos para la inscripción de estas organizaciones, encontrándose ellas exceptuadas de lo previsto en los artículos 5º y 6º de la presente Ordenanza, para su participación en el proceso, a través de dos delegados quienes asumirán los roles de delegado titular y alterno, respectivamente. Tercera.- El Alcalde de la Municipalidad Distrital de Surquillo está autorizado a fi rmar convenios con las instituciones publicas y privadas correspondientes de acuerdo a Ley, que permitan garantizar la legalidad y Transparencia del proceso materia de esta Ordenanza, así como contar con el personal Profesional especializado y técnico que se requiera para desarrollar el Proceso del Presupuesto Participativo 2008. Cuarta.- Las situaciones técnicas no previstas en la presente Ordenanza referidas al desarrollo de los Talleres de Trabajo serán resueltas por el Equipo Técnico, dentro del marco legal previsto el artículo 3º de la presente Ordenanza. Quinta.- Forma parte integrante de la presente Ordenanza, el Anexo que contiene el cronograma del proceso del presupuesto participativo del año 2008, estando facultado el Alcalde a modi fi carlo, a propuesta del equipo técnico, mediante Decreto de Alcaldía. POR TANTO:Mando se publique y cumpla.GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde Anexo – Ordenanza Nº 184-MDS Cronograma del Proceso del Presupuesto Participativo 2008 Convocatoria:25 de junio de 2007 Inscripción de Agentes Participantes: Del 26 de junio al 16 de julio del 2007 Primer Taller: Taller de Capacitación y de Rendición de Cuentas: 17 de julio del 2007 Segundo Taller: Taller de Trabajo de Diagnóstico Temático y Territorial y Validación del Plan Integral de Desarrollo Concertado del Distrito: 20 de julio de 2007 Tercer Taller: Taller de De fi nición de Criterios y Priorización de Proyectos: 3 de agosto de 2007 Formalización de Acuerdos del Proceso del Presupuesto Participativo: 3 de agosto de 2007 Presentación del Documento del Proceso Participativo para el Año Fiscal 2008: 13 de agosto de 2007 Concertación de Presupuesto Participativo por el CCLD: 13 de agosto de 2007 77807-1 Aprueban la realización de Matrimonio Civil Comunitario por aniversario del distrito ORDENANZA Nº 185-MDS Surquillo, 22 de junio de 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO POR CUANTO:El Concejo Municipal de Surquillo, en Sesión Extraordinaria de la fecha, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 195º numerales 4) y 10) de la Constitución Política del Perú modi fi cada por las Leyes de Reforma Constitucional, Leyes Nº 27680 y Nº 28607, el artículo 60º del Texto Único Ordenado del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF y los artículos 248º y siguientes del Código Civil, en uso de las atribuciones previstas en el numeral 3) del Artículo 9º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; y, con el voto unánime de sus miembros 348044