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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 03 DE MARZO DEL AÑO 2007 (03/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 3 de marzo de 2007 340883 VIVIENDA Aceptan renuncia de Director Ejecutivo del PARSSA RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 066-2007-VIVIENDA Lima, 23 de febrero de 2007 CONSIDERANDO: Que, por Resolución Ministerial N° 258-2006- VIVIENDA, se designó al Sr. Hammer Edmundo Zavaleta Gutierrez como Director Ejecutivo del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - PARSSA; Que, el mencionado funcionario ha formulado renuncia al cargo señalado en el considerando precedente, la que es pertinente aceptar; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nºs. 27779 y 27792 y el Decreto Supremo N° 002-2002-VIVIENDA; SE RESUELVE: Artículo Único.- Aceptar, a partir del 1 de marzo de 2007, la renuncia formulada por el Sr. Hammer Edmundo Zavaleta Gutierrez, al cargo de Director Ejecutivo del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento - PARSSA, dándosele las gracias por los servicios prestados. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑEZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 32671-1 Dictan medidas complementarias para la implementación del Programa “Agua para Todos” RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 067-2007-VIVIENDA Lima, 23 de febrero de 2007CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2007- VIVIENDA, se crea el Programa “Agua para Todos” en el Viceministerio de Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, como responsable de coordinar las acciones correspondientes a las Fases del Ciclo del Proyecto, de los Proyectos y Programas del sector saneamiento, fi nanciados con recursos públicos y otros en lo que corresponda, localizados en las áreas urbanas y rurales a nivel nacional, que se ejecuten bajo el ámbito del Viceministerio de Construcción y Saneamiento y con otras entidades del Sector Público; Que, el indicado Programa integrará las acciones administrativas y otras que se requieran para el desarrollo de las actividades que se ejecuten en el ámbito del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento - PARSSA, de la Unidad de Gestión del PRONASAR, del Programa de Inversión Social en Saneamiento - INVERSAN, de la Unidad Técnica FONAVI, así como de otros Proyectos y Programas en materia de saneamiento que se integren al Programa “Agua para Todos”; Que, de acuerdo a lo establecido en el Artículo 5° del Decreto Supremo N° 006-2007 -VIVIENDA, es necesario dictar las medidas complementarias a efectos de dar inicio a la implementación del Programa “Agua para Todos”; De conformidad con lo dispuesto por las Leyes N°s. 27594 y 27792 y Decretos Supremos N°s. 002-2002-VIVIENDA y 006-2007-VIVIENDA;SE RESUELVE: Artículo 1º.- De la Dirección Ejecutiva El Programa “Agua para Todos”, contará con una Dirección Ejecutiva, a cargo de un Director, bajo el ámbito del Viceministerio de Construcción y Saneamiento, que tendrá las siguientes funciones: a. Elaborar y proponer la política general del Programa Agua Para Todos, la cual deberá enmarcarse dentro de la política del sector. b. Elaborar y proponer los planes, iniciativas y proyectos que integran el Programa Agua Para Todos. c. Elaborar y proponer el Presupuesto Anual del Programa, así como aprobar las acciones administrativas del mismo. d. Evaluar periódicamente las metas planteadas al Programa. e. Ejercer la representación del Programa ante autoridades públicas, instituciones nacionales o del exterior, así como ante entidades privadas. f. Canalizar, al Viceministerio de de Construcción y Saneamiento, los requerimientos en materia de servicios de saneamiento. g. Cautelar la correcta ejecución de los proyectos de inversión en saneamiento que se realizan a nivel nacional, a través de las respectivas transferencias fi nancieras a cargo del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento. h. Ejercer las demás funciones que le delegue o encargue el Viceministerio de Construcción y Saneamiento. Artículo 2°.- Del Manual de Operaciones El Director Ejecutivo deberá presentar al Viceministerio de Construcción y Saneamiento, en un plazo máximo de quince (15) días hábiles de publicada la presente Resolución, la propuesta del Manual de Operaciones del citado Programa. En tanto se culmine la elaboración y aprobación del Manual de Operaciones a que se hace referencia en el párrafo anterior, el “Programa Agua Para Todos” desarrollará sus funciones de acuerdo a los instrumentos de gestión y fi nancieros del Programa de Apoyo a la Reforma del Sector Saneamiento (PARSSA). Artículo 3° Del encargoEl Director Ejecutivo del “Programa Agua Para Todos”, ejercerá la representación y administración de la Coordinación General de la Unidad Técnica FONAVI y del Programa de Inversión Social en Saneamiento – INVERSAN, en tanto se culmine la elaboración y aprobación del Manual de Operaciones a que se hace referencia en el artículo anterior. Artículo 4°.- De la Unidad de Gestión de PRONASAR En tanto se culmine la elaboración y aprobación del Manual de Operaciones a que se hace referencia en el artículo 2° de la presente resolución, y se proceda a suscribir la enmienda al Convenio de Préstamo N° 7142-PE, suscrito entre el Ministerio de Economía y Finanzas y el Banco Mundial, la Unidad de Gestión Proyecto PRONASAR seguirá actuando de acuerdo a la enmienda al Convenio de Préstamo N° 7142-PE y a su Manual de Operaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese.HERNÁN GARRIDO-LECCA MONTAÑÉZ Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 32671-2 Designan Director Ejecutivo del Programa “Agua para Todos” RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 068-2007-VIVIENDA Lima, 23 de febrero de 2007 CONSIDERANDO:Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2007- VIVIENDA, se creó el Programa “Agua para Todos” en el Viceministerio de Construcción y Saneamiento, del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, como responsable