Norma Legal Oficial del día 03 de marzo del año 2007 (03/03/2007)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 3 de marzo de 2007

la legislacion pesquera vigente, se ha determinado en primer lugar que la solicitud de reconocimiento del arqueo neto de la embarcacion MORDAZA de matricula PT-11386CM es procedente, dado que se encuentra dentro de los alcances a que se refiere el MORDAZA parrafo del articulo 11º del Decreto Supremo Nº 011-2003-PRODUCE y el articulo 2º del Decreto Supremo Nº 004-2005-PRODUCE, por tratarse de una embarcacion pesquera cuyo acceso a la pesqueria de los recursos sardina, jurel y caballa no comprendio sustitucion alguna y el Certificado de Matricula siempre consigno 41.92 toneladas de registro neto, es decir 118.63 m3 de capacidad de bodega; Que en MORDAZA lugar el recurrente ha cumplido con presentar los requisitos sustantivos y establecidos en el procedimiento Nº 5 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y publicado por la Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; por lo que resulta procedente ampliar el permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA de matricula PT11386-CM, de 118.63 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion del recurso merluza, mediante la sustitucion de la embarcacion SOL I de matricula PT-11169-CM, de 141.66 m3 de capacidad de bodega; asi como reservar el saldo de 23.03 m3 de capacidad de bodega, como consecuencia de la sustitucion aplicada a favor del recurrente, cuyo uso esta sujeto a lo establecido en el articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y su modificatoria establecida por Decreto Supremo Nº 004-2002-PRODUCE; Que por otro lado, a traves del escrito del visto, la empresa COMPANIA PESQUERA PEPA S.A.C. solicito el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA, de matricula PT-11386-CM, de 102.26 m3 de capacidad de bodega; dado que por modificacion del MORDAZA de sociedad de la referida empresa y al no haber un procedimiento administrativo especifico para ello, el recurrente solicita la regularizacion de ello mediante el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a la citada embarcacion pesquera mediante la Resolucion Ministerial Nº 505-97-PE; Que de la evaluacion efectuada a los documentos presentados por el escrito del visto, asi como de la aplicabilidad de la legislacion pesquera vigente, se ha determinado que el recurrente ha cumplido con presentar los requisitos sustantivos y establecidos en el procedimiento 6 del Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2005-PRODUCE, publicado mediante la Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; por lo que resulta necesario aprobar el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcacion pesquera MORDAZA, de matricula PT-11386-CM; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano mediante Informe Nº 323-2004-PRODUCE/ DNEPP-Dch, 073-2005-PRODUCE/DNEPP-Dch y 4102006-PRODUCE/DGEPP-Dch y con la opinion favorable del area legal correspondiente; De conformidad con lo establecido en el Decreto Ley Nº 25977 ­ Ley General de Pesca, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, el Reglamento de Ordenamiento Pesquero de la merluza aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE, los Decretos Supremos Nºs. 011-2003-PRODUCE y 0042005-PRODUCE, y el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Produccion, aprobado por Decreto Supremo Nº 035-2003-PRODUCE y publicado por la Resolucion Ministerial Nº 341-2005-PRODUCE; En uso de las facultades establecidas en el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.Aprobar a favor de la empresa COMPANIA PESQUERA PEPA S.A.C., el cambio de titular del permiso de pesca otorgado a la empresa COMPANIA PESQUERA PEPA S.A. por la Resolucion Ministerial Nº 505-97-PE, para operar la embarcacion pesquera MORDAZA, con matricula PT-11386-CM, de 102.26 m3 de capacidad de bodega, para la extraccion de recursos hidrobiologicos sardina, jurel y caballa con destino al consumo humano

directo en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco (5) millas marinas, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de 1½ pulgadas (38 mm.). Articulo 2º.Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a traves de la Resolucion Ministerial Nº 505-97-PE a la empresa COMPANIA PESQUERA PEPA S.A., para operar la embarcacion pesquera MORDAZA, con matricula PT-11386-CM. Articulo 3º.Declarese procedente la solicitud de desistimiento de la empresa COMPANIA PESQUERA PEPA S.A.C. con relacion a la autorizacion de incremento de flota de las especies jurel, caballa y sardina. Articulo 4º.Modificar el articulo 1º de la Resolucion Ministerial Nº 505-97-PE en el extremo referido a la capacidad de bodega de la embarcacion pesquera nacional MORDAZA de matricula PT-11386-CM, correspondiendo el valor de 118.63 m3. Articulo 5º.Ampliar el permiso de pesca otorgado por la Resolucion Ministerial Nº 505-97-PE a la empresa COMPANIA PESQUERA PEPA S.A.C. para operar la embarcacion pesquera nacional MORDAZA de matricula PT11386-CM, de 118.63 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso merluza para el consumo humano directo, utilizando redes de arrastre de fondo con longitud minima de malla de 110 mm en el copo, y contenedores con hielo como sistema de preservacion a bordo, en el ambito maritimo peruano, fuera de las cinco (5) millas de la linea de costa. Articulo 6º.Declarar la caducidad del permiso de pesca otorgado a la empresa SEAFROST S.A.C, para operar la embarcacion pesquera denominada SOL I con matricula PT-12169-CM, de 141.66 m3 de capacidad de bodega otorgado a traves de la Resolucion Ministerial Nº 627-97-PE y su modificatoria establecida por la Resolucion Directoral Nº 296-2003-PRODUCE/DNEPP. Articulo 7º.Excluir a la embarcacion pesquera denominada MORDAZA con matricula PT-11386-CM del literal H) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 2942003-PRODUCE e incluirla en el literal K) del Anexo I de la MORDAZA legal en mencion. Articulo 8º.Excluir a la embarcacion pesquera denominada SOL I con matricula PT-12169-CM del literal F) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 294-2003PRODUCE e incluirla en el literal A) del Anexo II de la MORDAZA legal en mencion. Articulo 9º.Reconocer a favor de COMPANIA PESQUERA PEPA S.A.C. un saldo de 23.03 m3 de capacidad de bodega con derecho a la extraccion del recurso merluza para consumo humano directo, como resultado de la sustitucion de la embarcacion SOL I de matricula PT-12169-CM por la embarcacion MORDAZA de matricula PT-11386-CM, el mismo que debera ser solicitado dentro del plazo de noventa (90) dias que senala el numeral 38.2 del articulo 38º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y conforme a las disposiciones contenidas en el Reglamento de Ordenamiento Pesquero del recurso merluza aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2003-PRODUCE. Articulo 10º.- La empresa COMPANIA PESQUERA PEPA S.A.C. propietaria de la embarcacion SOL I de matricula PT-12169-CM debera acreditar ante el Ministerio de la Produccion la destruccion o desguace de la embarcacion, o solicitar su acceso a los recursos atun, calamar gigante o pota o jurel y caballa dentro del plazo de cuarenta y cinco (45) dias calendario que senala el articulo 1º del Decreto Supremo Nº 004-2002PRODUCE que incluye el numeral 12.5 del articulo 12º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE. Articulo 11º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente resolucion esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera, a la realizacion de actividad extractiva en el ejercicio previo, a la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital (SISESAT) a bordo de la referida embarcacion, al pago por concepto de derechos de pesca que acredite el armador o empresa con la respectiva MORDAZA y al cumplimiento de la normatividad en materia de ordenamiento juridico pesquero, de sanidad y de medio ambiente. Articulo 12º.- Transcribase la presente Resolucion Directoral a la Direccion General de Capitanias y

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