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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, domingo 11 de marzo de 2007 341405 EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO Visto, en Sesión Ordinaria de la fecha, el Expediente Nº 02308 de fecha 8 de febrero del 2006, presentado por el Señor Dalmacio Ramírez Molina, en Representación del Comité de Electri ¿ cación de la Agrupación Familiar La Fortaleza, mediante el cual solicita la Exoneración del pago por derecho de Autorización Municipal para la Instalación y Permanencia de un Murete y Suministro Trifásico Provisional Aéreo en la Vía Pública, el Anexo Nº 01 de fecha 10 de agosto del 2006, presentado por el Señor Patricio Laura Quispe en representación de la Agrupación Familiar Santa Rosita II Etapa, Huáscar IV Zona- SJL, mediante el cual solicitan la referida exoneración, y; CONSIDERANDO: Que, el Artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi ¿ cada por la Ley de Reforma Constitucional Ley Nº 27680, establece que las Municipalidades son Gobiernos Locales con Autonomía Política, Económica y Administrativa en los asuntos de su competencia; otorgando potestad tributaria para crear, modi ¿ car y suprimir contribuciones y tasas, exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley conforme lo establece el numeral 4) del Artículo 195º de la Constitución; Que, de igual forma el Artículo 195º numeral 3) de la norma Constitucional establece que los Gobiernos Locales promueven el Desarrollo y la Economía Local, la prestación de los Servicios Públicos de su responsabilidad en armonía con las políticas y Planes Nacionales de Desarrollo y Regionales de Desarrollo, siendo competentes para Administrar sus Bienes y Rentas; Que, asimismo dichas competencias constitucionales se encuentran rati ¿ cadas y precisadas en la Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783, cuyo Artículo 46 literal c) conceptúa como Bienes y Rentas Municipales, las contribuciones, Tasas, Arbitrios, Licencias y Derechos creados por su Concejo Municipal los que constituyen sus ingresos propios; Que, de acuerdo al Artículo 2º Inc. 2) de la Constitución señala que la Defensa de la persona humana y el respeto a su dignidad son el ¿ n supremo de la sociedad, religión, opinión, condición económica o de cualquier otra índole; Que, la Constitución Política del Estado, establece en su Artículo 74º que “Los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales pueden crear, modi ¿ car y suprimir contribuciones y tasas o exonerar de éstas, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley…”; Que, la Norma IV del Título Preliminar del Código Tributario señala que “Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modi ¿ car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley”; Que, de acuerdo a los Artículos 39 y 40 de la Ley Nº 27972 “Ley Orgánica de Municipalidades”, el Concejo Municipal ejerce función normativa, entre otros dispositivos legislar mediante Ordenanzas que son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regularización, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que las Municipalidades tienen competencia normativa, las cuales tiene rango de Ley; Que, estando a lo expuesto, y a lo señalado en el Memorando Nº 142-2006-GPD/MDSJL emitido por la Gerencia de Plani ¿ cación del Desarrollo, el Informe Nº 228-06-JLMJ-JGTC/MDSJL emitido por la Jefatura de Gestión de Territorio y Catastro y el Informe Nº 573-2006-GAJ/MDSJL emitido por la Gerencia de Asesoría Jurídica; y de conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) y 9) del Art. 9º y los Artículos 39º, 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME del Pleno del Concejo y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación de actas; se aprobó la siguiente:ORDENANZA SOBRE EXONERACIÓN DE PAGO POR AUTORIZACIÓN MUNICIPAL PARA LA INSTALACIÓN Y PERMANENCIA DE UN MURETE Y SUMINISTRO TRIFÁSICO PROVISIONAL AÉREO EN LA VÍA PÚBLICA Artículo Primero.- DISPONER la Exoneración por un plazo de 60 días útiles, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ordenanza del pago por derecho del procedimiento de Autorización Municipal para la instalación y permanencia de un murete y suministro trifásico provisional aéreo en la Vía Pública; Artículo Segundo.- Dispóngase que la Gerencia de Desarrollo Urbano, a través de sus órganos correspondientes y de acuerdo a sus competencias implementen lo dispuesto en la presente Ordenanza y den cumplimiento a la misma. Artículo Tercero.- Dispóngase que la Gerencia Municipal realice las acciones administrativas pertinentes a ¿ n de dar cumplimiento a lo dispuesto en la presente norma; Artículo Cuarto.- Encargar a la Secretaría Municipal disponga la publicación en el Diario O ¿ cial El Peruano del texto de la presente Ordenanza, la misma que entrará en vigencia al día siguiente de su publicación. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumplaMAURICIO RABANAL TORRES Alcalde 35195-1 Aprueban Plan de Desarrollo de Capacidades 2007-2010 del distrito ORDENANZA Nº 101 San Juan de Lurigancho, 16 de diciembre de 2006EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN JUAN DE LURIGANCHO VISTO; en sesión de la fecha, el Memorándum Nº 618- 2006-GM/MDSJL de la Gerencia Municipal, el Informe Nº 1152-2006-GAJ/MSJL; y CONSIDERANDO: Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades establece que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo en su artículo IX señala que el proceso de Planeación Local es integral, permanente y participativo, articulando a las municipalidades con sus vecinos. En dicho proceso se establecen las políticas públicas de nivel local, teniendo en cuenta las competencias y funciones especí ¿ cas exclusivas y compartidas establecidas para las municipalidades provinciales y distritales. El sistema de plani ¿ cación tiene como principios la participación ciudadana a través de sus vecinos y organizaciones vecinales, transparencia, gestión moderna y rendición de cuentas, inclusión, e ¿ ciencia, e ¿ cacia, equidad, imparcialidad y neutralidad, subsidiaridad, consistencia con las políticas nacionales, especialización de las funciones, competitividad e integración; Que, mediante Informe Nº 184-2006-GPD/MSJL de la Gerencia de Plani ¿ cación del Desarrollo se adjunta el proyecto de Plan de Desarrollo de Capacidades plani ¿ cado para un horizonte de cuatro años (2007 – 2010), el cual presenta los lineamientos, metodología, programación, temática y planeamiento económico para la implementación del Plan de Desarrollo y Fortalecimiento de Capacidades en el Gobierno Local de San Juan de Lurigancho. Asimismo, ha sido elaborado en el marco de visión, líneas y objetivos estratégicos del Plan de Desarrollo Municipal Concertado del Distrito de San Juan de Lurigancho 2005 – 2015; Que, de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el VOTO UNÁNIME del Pleno del Concejo, y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: