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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de marzo de 2007 341517 PODER EJECUTIVO PRESIDENCIA DEL CONSEJO DE MINISTROS Declaran el Estado de Emergencia en las provincias de San Martín, Bellavista, Picota, Tocache, Rioja, Moyobamba, El Dorado y Lamas del departamento de San Martín DECRETO SUPREMO N° 021-2007-PCM EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, la ocurrencia de inundaciones en la parte baja de las provincias de San Martín, Bellavista, Picota, Tocache, Rioja y Moyobamba del departamento de San Martín; y de sequía en la parte alta de las provincias de El Dorado, Lamas, Picota, Bellavista y San Martín del departamento de San Martín; ha causado la afectación de cultivos, aproximadamente 16,865.50 Hectáreas de cultivos afectados y 17,129.00 Hectáreas de cultivos perdidos; Que, la magnitud del desastre de origen natural demanda la adopción de medidas inmediatas que permitan al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, a los sectores comprometidos, al Gobierno Regional de San Martín y a los Gobiernos Locales involucrados, ejecutar las acciones inmediatas destinadas a la atención de la población damni fi cada y afectada, a la reducción y minimización de los riesgos existentes y a la rehabilitación de las zonas afectadas;Que, el Ministerio de Agricultura mediante Oficio N° 978-2007-AG-SEGMA ha solicitado al Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, la declaratoria del Estado de Emergencia en diversas provincias del departamento de San Martín; sustentada en el Informe remitido por la Dirección Regional Agraria afectada, y que ha sido consolidado en el Informe N° 011-2007-AG-OGPA-DG/UDN, elaborado por la Unidad de Defensa Nacional de la O fi cina General de Plani fi cación Agraria del mencionado Ministerio; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 560 - Ley del Poder Ejecutivo, el Decreto Supremo N° 005-88-SGMD, el Decreto Supremo N° 058-2001-PCM y el Decreto Supremo N° 069-2005-PCM; Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; y,Con cargo de dar cuenta al Congreso; DECRETA: Artículo 1°.- Declaración del Estado de Emergencia por desastres naturales en diversas provincias del departamento de San Martín. Declárese el Estado de Emergencia por desastres naturales, por fenómenos de inundación y sequía en las provincias de San Martín, Bellavista, Picota, Tocache, Rioja, Moyobamba, El Dorado y Lamas del departamento de San Martín, por el plazo de 60 días naturales, para la ejecución de obras y actividades de rehabilitación en el Sector Agricultura, conforme a las razones expuestas en la parte considerativa del presente Decreto Supremo. Artículo 2°.- Acciones a ejecutarEl Ministerio de Agricultura, el Instituto Nacional de Defensa Civil - INDECI, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Social; el Gobierno Regional de San Martín y los Gobiernos Locales de las provincias declaradas en Estado de Emergencia, ejecutarán las acciones inmediatas destinadas a la atención de la población afectada, a la reducción y minimización de los riesgos existentes y a la rehabilitación de las zonas afectadas. Artículo 3°.- Aprobación de proyectosLa Comisión Multisectorial de Prevención y Atención de Desastres, creada por el Decreto Supremo N° 081-SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SERVICIOS DE SANEAMIENTO Res. Nº 016-2007-SUNASS-CD.- Aprueban fórmula tari- faria, estructuras tarifarias y metas de gestión de la EPS SEDACUSCO S.A. 341550 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DEL CALLAO Decreto Nº 002-2007-PR.- Declaran prioritario en la gestión del Gobierno Regional incorporar el enfoque de derechos e igualdad de oportunidades en sus políticas y estrategias 341556 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE ANCON Ordenanza N° 104-2007/MDA.- Establecen monto mínimo del Impuesto Predial 2007, así como derechos de emisión, determinación y distribución y fechas de pago del impuesto predial y arbitrios 341557 MUNICIPALIDAD DE CHORRILLOS R.A. N° 0202-2007-MDCH.- Inician proceso administrativo a ex funcionaria de la O fi cina de Rentas de la Municipalidad 341558MUNICIPALIDAD DEL RÍMAC Ordenanza N° 146.- Establecen bene fi cio e incentivo por pago del Impuesto Predial y Arbitrios del año 2007 341558 MUNICIPALIDAD DE SAN BORJA Fe de Erratas Ordenanza N° 389-MSB 341559 MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO D.A. N° 008-2007-ALC/MSI.- Precisan plazos de venci- miento de pago del Impuesto Predial y de Arbitrios 341559 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA PUNTA Fe de Erratas Acuerdo N° 013-004/2007 341560 Fe de Erratas Acuerdo N° 014-004/2007 341560 Fe de Erratas Acuerdo N° 015-004/2007 341561 Fe de Erratas Acuerdo N° 016-004/2007 341561 MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE YANACANCHA Acuerdo Nº 18-2007-MDY-PASCO.- Exoneran de proceso de selección la adquisición de insumos para el Programa del Vaso de Leche 341562