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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 15 de marzo de 2007 341528 Artículo 5.- Encargar a la Dirección de Niñas, Niños y Adolescentes de la Dirección General de Familia y Comunidad, la elaboración de la Directiva de Lineamientos Estratégicos Intrasectorial correspondiente al “Mes de lucha contra la explotación sexual de niñas, niños y adolescentes”, así como los instrumentos de evaluación del mismo, en un plazo que no excederá de treinta (30) días útiles. Regístrese, comuníquese y publíqueseVIRGINIA BORRA TOLEDO Ministra de la Mujer y Desarrollo Social 36727-1 RELACIONES EXTERIORES Crean el Consulado del Perú en la ciudad de Tashkent, República de Uzbekistán DECRETO SUPREMO Nº 015-2007-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO:Que el Informe Nº 20070080 de la Embajada del Perú en Moscú se ha referido a la importancia que vienen adquiriendo la República de Uzbekistán y otros Estados que conforman la Comunidad de Estados Independientes en el tratamiento de temas económicos y políticos a nivel mundial; Que existe una comunidad peruana residente en Kasajstán, Uzbekistán y otros Estados de la Región, la misma que se encuentra dispersa y que no puede ser adecuadamente servida desde Moscú, requiriendo acciones para el restablecimiento de sus vínculos con el Perú, para lo cual resulta recomendable la apertura de un Consulado Honorario del Perú en la ciudad de Tashkent, República de Uzbekistán, con circunscripción en todo el país; Que mediante mensaje de la Embajada del Perú en Moscú se informa sobre la solicitud de consentimiento formulado al amparo de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares a la República de Uzbekistán para la apertura de un Consulado del Perú, a cargo de un Cónsul Ad Honorem con sede en la ciudad de Tashkent; Con la opinión favorable de la Secretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Embajada del Perú en Moscú; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 37º y 38º del Reglamento Consular del Perú, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 076-2005-RE del 5 de octubre de 2005; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; DECRETA: Artículo Primero.- Crear el Consulado del Perú en la ciudad de Tashkent, República de Uzbekistán, con circunscripción en todo el país. Artículo Segundo.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los trece días del mes de marzo del año dos mil siete. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 37095-5Nombran Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Tashkent, República de Uzbekistán RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 088-2007-RE Lima, 13 de marzo de 2007 Visto el Decreto Supremo Nº 015-2007-RE, a través del cual se crea el Consulado del Perú en la ciudad de Tashkent, República de Uzbekistán, con circunscripción en todo el país; Vista la opinión favorable de la Embajada del Perú en la Federación Rusa, en el sentido que el señor José Manuel Ibárcena Beytia, reúne las condiciones apropiadas para ocupar el cargo de Cónsul del Perú en la ciudad de Tashkent; Con la opinión favorable de la Secretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior del Ministerio de Relaciones Exteriores y de la Embajada del Perú en Moscú; De conformidad con lo dispuesto en el artículo 118º inciso 11) de la Constitución Política del Perú; en los artículos 106º, 107º y 108º del Reglamento Consular del Perú; así como en la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: 1.- Nombrar Cónsul Honorario del Perú en la ciudad de Tashkent, República de Uzbekistán, al señor José Manuel Ibárcena Beytia, con jurisdicción en todo el país. 2.- Extenderle las Letras Patentes correspondientes. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALAN GARCÍA PÉREZ Presidente Constitucional de la República JOSÉ ANTONIO GARCÍA BELAÚNDE Ministro de Relaciones Exteriores 37095-9 Cancelan Exequátur que reconoce a Cónsul General de la República de Chile en la ciudad de Lima RESOLUCIÓN SUPREMA N° 089-2007-RE Lima, 13 de marzo de 2007 Vista la Resolución Suprema N° 221-2005-RE, de fecha 1 de setiembre de 2005, que reconoce al señor Julio Alejandro Méndez Olave, como Cónsul General de la República de Chile en la ciudad de Lima; Vista la Nota N° 153/07, de fecha 26 de febrero de 2007, de la Embajada de Chile, mediante la cual se informa el término de funciones del señor Julio Alejandro Méndez Olave, como Cónsul General de la República de Chile en la ciudad de Lima, a partir del 24 de febrero de 2007; Con la opinión favorable de la Secretaría de Comunidades Peruanas en el Exterior, en el sentido que procede la cancelación del Exequátur otorgado; De conformidad con lo establecido en el artículo 118°, inciso 11, de la Constitución Política del Perú; y en el artículo 25º, incisos a y b, de la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo Único.- Cancelar el Exequátur que reconoce al señor Julio Alejandro Méndez Olave, como Cónsul