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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2007 (17/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 72

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de marzo de 2007 341754 la continuidad de las funciones, servicios, actividades u operaciones productivas que la entidad tiene a su cargo de manera esencial. Dicha situación faculta a la entidad a la adquisición o contratación de los bienes, servicios obras sólo por el tiempo o cantidad, según sea el caso, necesario para resolver la situación y llevar a cabo el proceso de selección que corresponda”. Que el Art 19° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 – Ley de contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece, que la situación de desabastecimiento inminente se con fi gura en los casos señalados en el artículo 21° de la ley; no encontrándose comprendidas entre éstas las adquisiciones o contrataciones para cubrir necesidades complementarias y administrativas de la entidad. Que, en el presente caso se puede observarse que se hace necesario declarar la situación de desabastecimiento Inminente para los meses de enero y febrero del año 2007, para la obtención de insumos para el Programa Vaso de Leche a fi n de no poner en riesgo la atención de los bene fi ciarios del Programa Vado de Leche. Para ello debe efectuarse la adquisición en forma directa y mediante acciones inmediatas en aplicación del penúltimo párrafo del Art. 20° de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; TUO aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM en concordancia con el Art. 148° del Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, que aprueba el Reglamento de la Ley de contrataciones y adquisiciones del Estado. Que, por estas consideraciones y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el inciso 35) del Art. 9° de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, y al Informe Legal, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD; SE ACUERDA: Artículo Primero.- DECLARAR EN SITUACIÓN DE DESABASTECIMIENTO INMINENTE la adquisición de insumos para el Programa Vaso de Leche de la Municipalidad distrital de Zepita, a fi n de no poner en riesgo la atención de los bene fi ciarios de este programa, para ello se efectúe la adquisición en forma directa y mediante acciones inmediatas en aplicación del penúltimo párrafo del Art. 20° del Texto Único Ordenado de la ley Nº 26850 – Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; en la siguiente descripción: 5,000 Sachet de Leche en polvo chocolatada, por un monto total de S/. 6,500.00 por mes; Hojuelas de Avena 5,000 Kg. por un monto de S/. 16,500.00 por mes; y Azúcar Rubia Nacional 1,431.63 Kg. por un monto de S/. 2,863.25 mensual.Artículo Segundo.- AUTORIZAR LA EXONERACIÓN del proceso de selección conforme al inciso c) del Art. 19° del Texto Único Ordenado de la Ley Nº 26850 – Ley de contrataciones y Adquisiciones del Estado aprobado por el Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM. Artículo Tercero.- AUTORIZAR a la Ofi cina de Abastecimiento de la Municipalidad Distrital de Zepita la adquisición de 5,000 Sachet de Leche en polvo chocolatada, por un monto total de S/. 6,500.00 por mes; Hojuelas de Avena 5,000 Kg. por un monto de S/. 16,500.00 por mes; y Azúcar Rubia Nacional 1,431.63 Kg. por un monto de S/. 2,863.25 mensual. Adquisición que deberá efectuarse por los meses de enero y febrero del 2007. Artículo Cuarto.- ENCARGAR a Secretaria General de la Municipalidad la remisión en copia certi fi cada del presente Acuerdo, del Informe Técnico, Informe Legal, y demás actuados, a la Contraloría General de la República, y al Consejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Estado – CONSUCODE -, dentro del plazo de 10 días siguientes de su aprobación. Regístrese, comuníquese, cúmplase y archívese. MATEO JILAJA MOLLO Alcalde 37285-1 CONVENIOS INTERNACIONALES Entrada en vigencia del “Acuerdo de Asistencia Judicial en Materia Penal suscrito con la República del Ecuador” De acuerdo a lo dispuesto por el artículo 6° de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores mediante Ofi cio RE (GAB) N° 0-3-A/46, comunica que el “Acuerdo de Asistencia Judicial en Materia Penal suscrito con la República del Ecuador”, suscrito el 26 de octubre de 1999, en la ciudad de Quito, República del Ecuador y ratifi cado por Decreto Supremo 069-99-RE, de 2 de diciembre de 1999, publicado al igual que el texto del Acuerdo el 6 de diciembre de 1999. Entrará en vigencia el 24 de marzo de 2007. 38313-1