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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de marzo de 2007 341746 Ratifican Ordenanza Nº 268-MDMM, que aprueba inclusión de derechos de trámite por procedimientos administrativos relacionados con la realización de obras privadas en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar ACUERDO DE CONCEJO Nº 021 Lima, 15 de febrero de 2007 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 15 de febrero del año 2007, el O fi cio Nº 001-090-00003927 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria –SAT, adjuntando el expediente sobre rati fi cación de la Ordenanza Nº 268-MDMM, que aprueba la inclusión de derechos de trámite por procedimientos administrativos relacionados con la realización de obras privadas en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar; CONSIDERANDO: Que, los artículos 74º y 195º de la Constitución Política del Estado establecen la potestad tributaria de las Municipalidades para aprobar, crear, modi fi car y suprimir tributos; y en el mismo sentido norma el artículo 60º del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF. Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40° de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27927, las Ordenanzas en materia tributaria expedidas por las Municipalidades Distritales deben ser rati fi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, reguló el procedimiento para la rati fi cación de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la Provincia de Lima. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicación de la normatividad vigente aprobó la Ordenanza, objeto de la rati fi cación, remitiéndola con tal fi n a la Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con la documentación sustentatoria, la que tiene carácter de Declaración Jurada, según lo dispuesto por el Inc. b) del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 607-MML, y consecuentemente el Servicio de Administración Tributaria-SAT ha realizado el análisis técnico y legal de la documentación presentada por la referida Municipalidad Distrital, concluyendo según Informe Nº 004--082-000000606, que procede la rati fi cación de la Ordenanza, porque los derechos aprobados por la misma han sido establecidos de conformidad con las normas que defi nen las competencias municipales y la simpli fi cación administrativa. De conformidad con la referida normatividad, de acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributaria-SAT y de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y de Organización en su Dictamen Nº 025-2007-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). ACORDO: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 268- MDMM, que aprueba la inclusión de derechos de trámite por procedimientos administrativos relacionados con la realización de obras privadas en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, correspondiente a un total de 4 derechos sobre los procedimientos de “autorización para la reposición de postes y anclas”, “autorización para reposición o modi fi cación de cabinas telefónicas”, “autorización para instalación de anclas para poste” y “autorización para construcción de pozo a tierra”, dado que han sido establecidos de conformidad con las normas que defi nen las competencias municipales y la simpli fi cación administrativa. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo rati fi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación, así como de la Ordenanza Nº 268-MDMM y del Anexo que contiene el listado de los derechos por los procedimientos administrativos que brindará dicha comuna. Por otro lado, la aplicación de la Ordenanza, materia de la presente rati fi cación, sin la condición antes señalada, es de exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital que solicita la rati fi cación. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la indicada Municipalidad Distrital, la cual tiene carácter de Declaración Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Regístrese, comuníquese y cúmplase. MARCO ANTONIO PARRA SÁNCHEZ Teniente Alcalde de la MunicipalidadMetropolitana de Lima 37276-1 MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR Precisan exoneración de obligaciones tributarias en materia de Arbitrios para Centros Educativos Estatales por el periodo 2007 ORDENANZA N° 301-MDMM Magdalena del Mar, 15 de marzo de 2007 EL ALCALDE DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Distrital de Magdalena del Mar, en Sesión Ordinaria N° 05 de la fecha, y; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modi fi cada por la Ley N° 27680, las municipalidades son órganos de gobierno local con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, conforme a lo prescrito en el artículo 40° de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipaldiades, mediante ordenanzas se crean, modi fi can, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; Que, es política de esta Administración Municipal incentivar el equipamiento y mantenimiento de la infraestructura educativa y en general el mantenimiento del sistema educativo, en concordancia con lo establecido en los numerales 1 y 5 del artículo 82° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; Que, en tal sentido resulta conveniente precisar que para el Ejercicio 2007 rige la exoneración de las obligaciones tributarias en materia de arbitrios a favor de los centros educativos estatatales que se encuentren ubicados en la jurisdicción del distrito de Magdalena del Mar, por lo que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 9° de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de municipalidades, el Concejo Municipal