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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2007 (17/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 70

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de marzo de 2007 341752 Artículo Décimo.- La presente Ordenanza tiene vigencia desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Décimo Primero.- Encargar su cumplimento a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Administración Tributaria, Subgerencia de Control y Recaudación y Subgerencia de Relaciones Públicas. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 37134-1 Prorrogan plazo para el pago al contado y de primera cuota por pago fraccionado del Impuesto Predial ORDENANZA Nº 005-2007-MDLP La Perla, 9 de marzo del 2007 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA PERLA POR CUANTO:Visto, en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 9 de marzo del 2007, la Moción de Orden del Día presentado por la señora Regidora Maria Alejandrina Larenas Cornejo, Presidenta de la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto, sobre el PROYECTO DE ORDENANZA EN LA CUAL SE ESTABLECE PRORROGAR VENCIMIENTO DEL PAGO AL CONTADO, Y DE LA 1RA. CUOTA POR PAGO FRACCIONADO DEL IMPUESTO PREDIAL 2007; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 15º de la Ley de Tributación Municipal, dispone que el Impuesto Predial podrá cancelarse al contado, hasta el último día hábil del mes de febrero de cada año, o en forma fraccionada en cuatro cuotas trimestrales con vencimientos al último día hábil de los meses de febrero, mayo, agosto y noviembre respectivamente; Que, mediante Ordenanza Nº 001-2007-MDLP se aprobó el calendario de pagos correspondiente al pago al contado del Impuesto Predial, y de las cuotas trimestrales por pago fraccionado de dicho tributo; Que, con MEMORÁNDUM Nº 087-2007-GAT-MDLP, la Gerencia de Administración Tributaria señala que es necesario prorrogar los vencimientos para el pago por cuanto que aún no concluye la distribución de las cuponeras a los propietarios que residen fuera del distrito de La Perla; Que, el último párrafo del Art. 29º del Texto Único Ordenado del Código Tributario aprobado por D.S. Nº 135-99, señala “que el plazo para el pago de la deuda tributaria podrá ser prorrogado, con carácter general, por la administración tributaria”; Que, mediante OFICIO Nº 157-2007-ALC-MDLP, se remite la documentación a la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto, para la emisión del Dictamen correspondiente; Que, mediante Moción del Orden del Día presentado por la señora Regidora Maria Alejandrina Larenas Cornejo, Presidenta de la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto, señalando que es necesario prorrogar hasta el 31 de marzo el vencimiento de pago al contado del impuesto predial 2007, asimismo prorrogar hasta el 31 de marzo el vencimiento de la primera cuota por pago fraccionado de impuesto predial, por motivo de dar mayor facilidades a los contribuyentes del distrito; Que de conformidad con el artículo 34º del Reglamento Interno del Concejo Municipal aprobado mediante Ordenanza Nº 007-2006-MDLP donde dice expresamente “que sólo los proyectos que cuenten con Informes o Dictámenes de Comisiones, o hayan sido dispensados del trámite de comisiones pasarán a la estación de orden del día para su discusión y votación”; Que, habiendo el Pleno del Concejo Municipal dispensado el Dictamen de la Comisión de Administración, Economía y Presupuesto, pase a Orden del Día para su discusión y votación; Que, habiéndose sometido a debate y a la deliberación ante el Pleno del Concejo Municipal, el mismo ha emitido su pronunciamiento fi nal; Estando con la conformidad del Memorándum Nº 087-2007 GAT-MDLP de la Gerencia de Administración Tributaria, el Informe Nº 060-2007 GAJ/MDLP de la Gerencia de Asesoría Jurídica y el Informe Nº 045-2007 GM/MDLP de la Gerencia Municipal; Estando a los fundamentos expuestos y en uso de las facultades conferidas por el inciso 8) del Art. 9º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades con el voto UNÁNIME de los señores (as) regidores (as) JULIO ENRIQUE OBLITAS FERNANDEZ, JAVIER REYNALDO SANCHEZ MEDINA, MARIA ALEJANDRINA LARENAS CORNEJO, OSCAR ENRIQUE ULLOA CHIROQUE, LUIS ALBERTO SALINAS PEREZ, JUANA ELIZABETH DIAZ SANCHEZ DE CABALLERO, LUIS ENRIQUE ESTERRIPA SOTOMAYOR, ANA TORRES VDA. DE MORALES, MAXIMO ALBERTO CONCHA AREVALO, con la dispensa de lectura y aprobación del acta. Se ha dado la siguiente Ordenanza: ORDENANZA PRORROGAR VENCIMIENTO DEL PAGO AL CONTADO, Y DE LA 1RA. CUOTA POR PAGO FRACCIONADO DEL IMPUESTO PREDIAL 2007 Artículo Primero.- Prorrogar hasta el 31 de marzo, el vencimiento de pago al contado del Impuesto Predial 2007. Asimismo, prorrogar hasta el 31 de marzo el vencimiento de la Primera Cuota por pago fraccionado del Impuesto Predial. Artículo Segundo.- Encargar a la Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Control y Recaudación y Sub Gerencia de Relaciones Públicas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Facúltase al señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía disponga la prórroga del presente bene fi cio. Artículo Cuarto.- Encargar su cumplimento a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Control y Recaudación y Sub Gerencia de Relaciones Públicas, el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Quinto.- La presente Ordenanza tiene vigencia desde el día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. PEDRO JORGE LÓPEZ BARRIOS Alcalde 37134-2