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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE MARZO DEL AÑO 2007 (17/03/2007)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 63

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 17 de marzo de 2007 341745 Municipalidades Distritales deben ser rati fi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción, para su entrada en vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante Ordenanza Nº 607 publicada el 24-3-2004, reguló el procedimiento para la rati fi cación de Ordenanzas tributarias de las Municipalidades Distritales de la provincia de Lima. Que, la Municipalidad Distrital recurrente, en aplicación de la normatividad vigente aprobó la Ordenanza, objeto de la rati fi cación, remitiéndola con tal fi n a la Municipalidad Metropolitana de Lima, conjuntamente con la documentación sustentatoria, la que tiene carácter de Declaración Jurada, según lo dispuesto por el Inc. b) del Artículo Segundo de la Ordenanza Nº 607-MML, y consecuentemente el Servicio de Administración Tributaria-SAT ha realizado el análisis técnico y legal de la documentación presentada por la referida Municipalidad Distrital, concluyendo según Informe N° 004--082- 000000595, que procede la rati fi cación de la Ordenanza, porque los derechos aprobados por la misma han sido establecidos de conformidad con las normas que defi nen las competencias municipales y la simpli fi cación administrativa. De acuerdo con las opiniones del Servicio de Administración Tributaria-SAT y de la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen Nº 014-2007-MML/CMAEDO, por sus fundamentos; los mismos que se encuentran en el Portal Electrónico de la Municipalidad Metropolitana de Lima (www.munlima.gob.pe). ACORDÓ: Artículo Primero.- Ratifi car la Ordenanza Nº 233, que aprueba la inclusión de derechos de trámite por procedimientos administrativos para el otorgamiento de licencias de apertura de establecimientos y para el uso temporal de la vía pública con fi nes comerciales en el TUPA de la Municipalidad Distrital de Mira fl ores, correspondiente a un total 8 derechos relacionados a los procedimientos de “licencia de apertura de establecimiento con inspección previa”, “licencia de funcionamiento provisional”, “autorización para cambio de forma o tipo societario, nombre comercial, denominación y/o razón social”, “duplicado de licencia municipal”, “licencia de apertura de establecimiento sin inspección previa”, “ampliaciones y/o reducciones de área”, “licencia municipal de funcionamiento de fi nitiva para pequeñas y microempresas” y “autorización para el uso temporal de la vía pública con fi nes comerciales”, dado que han sido establecidos de conformidad con las normas que defi nen las competencias municipales y la simpli fi cación administrativa. Artículo Segundo.- Dejar constancia que el presente Acuerdo ratifi catorio para su vigencia, se encuentra condicionado al cumplimiento de su publicación y del Anexo que contiene el listado de los derechos por los procedimientos administrativos que brindará dicha comuna. Por otro lado, la aplicación de la Ordenanza, materia de la presente rati fi cación, sin la condición antes señalada, es exclusiva responsabilidad de los funcionarios de la Municipalidad Distrital. Asimismo, corresponde precisar que la evaluación realizada se efectuó sobre la base de la información remitida por la Municipalidad Distrital, la cual tiene carácter de Declaración Jurada conforme lo dispuesto en la Ordenanza Nº 607. Regístrese, comuníquese y cúmplase. LUIS CASTAÑEDA LOSSIO Alcalde de Lima 37115-1