Norma Legal Oficial del día 19 de marzo del año 2007 (19/03/2007)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 14

341848
SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, lunes 19 de marzo de 2007

Primero.- Declarar FUNDADA la queja formulada por MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por los fundamentos expresados en la presente resolucion. Segundo.- Disponer que la Jefatura de Jurisdiccion Ampliada - MORDAZA 7 - Sede MORDAZA continue con el tramite del presente procedimiento. Registrese y comuniquese. LUZ MORDAZA MORDAZA MERA Presidenta del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI MORDAZA MORDAZA MORDAZA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI MORDAZA MORDAZA SECLEN MORDAZA Vocal Titular del Tribunal Administrativo de la Propiedad de COFOPRI MORDAZA MORDAZA RUBIO DEL MORDAZA Vocal Titular del Tribunal de la Propiedad de COFOPRI 37778-1

SEGURO SOCIAL DE SALUD
Exoneran de MORDAZA de seleccion la adquisicion del Licenciamiento Software Enterprise Agreements Especial para Gobierno
RESOLUCION DE PRESIDENCIA EJECUTIVA Nº 221-PE-ESSALUD-2007 MORDAZA, 13 de marzo del 2007 VISTAS: La Carta Nº 1291-GCOI-ESSALUD-2006 de la ex Gerencia Central de Organizacion e Informatica, el Informe Tecnico Nº 009-JMR-GCOI-ESSALUD-2006 que sustenta la exoneracion para la adquisicion de Licenciamiento Software Enterprise Agreements Especial para Gobierno, incluida en el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de ESSALUD para el ejercicio presupuestal 2007 con Codigo Nº 1995; el Informe Nº 016-OCAJ-ESSALUD2007 de la Oficina Central de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, segun lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 0132003-PCM, modificado mediante Decretos Supremos Nºs. 037-2005-PCM y 002-2007-PCM, en un plazo que no excedera el 31 de MORDAZA del 2008, las entidades y dependencias del Sector Publico comprendidas en la Ley Nº 27209, Ley de Gestion Presupuestaria del Estado, deberan inventariar los software con que cuenten, procediendo a la eliminacion de aquellos que no cuenten con la respectiva licencia, o, a la correspondiente regularizacion con los titulares de derechos sobre los mismos, en tanto se requiera dicha licencia; Que, de acuerdo a lo senalado en el Informe Tecnico elaborado por la ex Gerencia Central de Organizacion e Informatica, en cumplimiento de lo dispuesto por la normativa, y con participacion de Microsoft Peru S.R.L., se establecio el inventario de software utilizado en ESSALUD, concluyendose que existen licencias por regularizar por un monto de US$ 5´511,287.00, incluido IGV; Que, luego de la evaluacion de dichas licencias se establecio, conjuntamente con Microsoft Peru S.R.L., la regularizacion de determinados productos por un monto de US$ 545,412.00, obligandose ESSALUD a eliminar el software restante; Que, para la regularizacion del licenciamiento del software Microsoft se aplicara el Contrato Enterprise Agreement (EA) Especial para Gobierno con Microsoft Peru S.R.L., el mismo que solo podra ser suscrito y

brindado por la empresa MSLI Latam Inc., unica empresa autorizada por Microsoft Corporation; Que, con la adquisicion del licenciamiento se regulariza la totalidad de licenciamiento de software Microsoft utilizado en ESSALUD, saldando cualquier MORDAZA de devengado resultado del uso de software Microsoft sin licencia a la fecha. Asimismo, dicho licenciamiento cuenta con una vigencia de 03 anos, el mismo que incluye el mantenimiento por el mismo periodo; Que, mediante Carta Nº 1186-GP-GCOI-ESSALUD2006, la Gerencia de Produccion de la ex Gerencia Central de Organizacion e Informatica, solicita se inicie los tramites correspondientes para la adquisicion de Licenciamiento Software Enterprise Agreements Especial para Gobierno; Que, con Carta Nº 1291-GCOI-ESSALUD-2006, la ex Gerencia Central de Organizacion e Informatica propone la adquisicion de Licenciamiento Software Enterprise Agreements Especial para Gobierno por un periodo de tres (03) anos, y por un monto de US$ 545,412.00; Que, segun el referido Informe Tecnico, el monto estimado para la adquisicion de Licenciamiento Software Enterprise Agreements Especial para Gobierno por el periodo de tres (03) anos ascenderia a la suma de US$ 545,412.00 (Quinientos cuarenta y cinco mil cuatrocientos doce con 00/100 Dolares Americanos), incluido IGV e Impuesto a la Renta, o su equivalente en Nuevos Soles, lo que ameritaria que la adquisicion del bien se lleve a cabo a traves de una Licitacion Publica; sin embargo, llevar a cabo dicho MORDAZA de seleccion careceria de objeto toda vez que la firma Microsoft Corporation, es titular de los derechos de autor y propiedad intelectual de productos Microsoft, en tanto que MSLI Latam Inc., es la empresa subsidiaria de Microsoft Corporation para suscribir contratos de licenciamiento denominados "Enterprise Agreement" para la adquisicion de software Microsoft; Que, de acuerdo al inciso e) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 083-2004-PCM, estan exonerados de los procesos de seleccion, los bienes o servicios que no admiten sustitutos y exista proveedor unico; Que, asimismo, el articulo 144° del Reglamento de Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 084-2004-PCM, establece que en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la Entidad podra contratar directamente. Se considerara proveedor unico en los casos en que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos, tales como patentes y derechos de autor, se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, de lo expuesto se desprende que, la realizacion de una Licitacion Publica para la adquisicion de Licenciamiento Software Enterprise Agreements Especial para Gobierno no cumpliria funcion alguna, toda vez que dichos bienes no admiten sustitutos, esto es, se trata de un producto unico en el MORDAZA nacional, a partir del cual se brinda un programa integral de licenciamiento Microsoft que cuenta con caracteristicas especiales y prestaciones complementarias exclusivas que ofrecen un beneficio considerablemente mayor en la adquisicion de licencias versus otros esquemas de compra de licencias; Que, mediante Informe Nº 016-OCAJ-ESSALUD-2007, la Oficina Central de Asesoria Juridica emitio opinion legal sobre la procedencia de la exoneracion solicitada por la ex Gerencia Central de Organizacion e Informatica; Que, por consiguiente, al haberse configurado la causal prevista en el inciso e) del articulo 19° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, resulta procedente exonerar la adquisicion de Licenciamiento Software Enterprise Agreements Especial para Gobierno por el periodo de tres (03) anos, de la realizacion de una Licitacion Publica; en consecuencia, la adquisicion debera realizarse en forma directa mediante accion inmediata, debiendose invitar a un solo proveedor, cuya propuesta cumpla con las caracteristicas y condiciones establecidas en las Bases, la misma que podra ser obtenida por cualquier medio de comunicacion, incluyendo el facsimil y el correo electronico, tal como lo dispone el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.