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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 19 de marzo de 2007 341837 máquina tragamonedas fabricada por la misma empresa solicitante, según el siguiente detalle: N° de Registro B0000282 Código del Modelo FAR SPIN 8 DescripciónMáquina tragamonedas de ruleta electromecánica, cuenta con ocho (8) módulos para la realización de las apuestas agrupadas alrededor de una bóveda circular que contiene al plato mecánico con las posiciones de llegada de la bola. Cada módulo consta de un aceptador de billetes y un monitor de tacto de diecisiete (17’’) pulgadas diagonales para la realización de las apuestas. En este modelo todos los pagos se realizan manualmente por el asistente de sala. El cuerpo principal o central es de forma octagonal. Dimensiones del ModeloAlto (del piso al nivel de la bóveda de la ruleta): 87:00 cm. Diámetro máximo: 224:00 cm. Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL SAN ROMÁN BENAVENTE Director General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas 38316-4 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 35-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT Lima, 26 de enero de 2007Visto, el Expediente N° 002378-2006-MINCETUR, de fecha 13.12.2006, presentado por la empresa Bally Gaming & Systems S.A., Sucursal del Perú S.A., en el que solicita autorización y registro de un (1) modelo de máquina tragamonedas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27153, y normas modi fi catorias, se regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estableciéndose en el artículo 11° del citado cuerpo legal que los modelos de máquinas tragamonedas cuya explotación es permitida en el país son aquellos que cuentan con autorización y registro; Que, el artículo 16° del Reglamento del citado cuerpo legal, aprobado mediante Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, señala la información y documentación que deben presentar los interesados en obtener la autorización y registro de los modelos de máquinas tragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21° del referido Reglamento establece que los modelos de máquinas tragamonedas y las memorias de sólo lectura de los programas de juego deberán someterse con anterioridad a su autorización y registro, a un examen técnico ante una entidad autorizada, la cual expedirá un Certi fi cado de Cumplimiento que acreditará que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, según sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que realizada la evaluación del Certi fi cado de Cumplimiento Nº 200610-06, de fecha 09.10.2006, expedido por el Laboratorio de Certi fi cación de la Ponti fi cia Universidad Católica del Perú, y veri fi cado los requisitos técnicos de la máquina tragamonedas cuya autorización y registro solicitan, se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el artículo 16° del Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluación de la documentación e información adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para que la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas acceda a la autorización y registro solicitado; De conformidad con la Ley N° 27153, y normas modi fi catorias, el Decreto Supremo N° 009-2002- MINCETUR y el Procedimiento N° 05 del Decreto Supremo N° 006-2005-MINCETUR, estando a lo opinado en los Informes Técnico N° 08-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT/SDAR-YGP y Legal N° 045-2006-MINCETUR/ VMT/DGJCMT/SDAR;SE RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar y registrar a solicitud de la empresa Bally Gaming & Systems S.A., Sucursal del Perú S.A., el modelo de máquina tragamonedas fabricado por la empresa Bally Gaming Inc. (EE.UU), según el siguiente detalle: Registro B0000280 Código del ModeloS9000-1C3 DescripciónMáquina tragamonedas vertical de cinco (5) rodillos y un monitor de video. El equipo está dividido en tres (3) cuerpos. En el cuerpo superior se encuentra un monitor de respuesta al tacto de 15 pulgadas, en donde se muestran el desarrollo de los juegos bonos, la tabla de pagos, contadores electrónicos e información referente al juego. El cuerpo intermedio está formado por cinco (5) carriles físicos o rodillos donde se desarrollan los juegos. El cuerpo inferior consta de una puerta frontal de acceso al interior de la máquina. Como medios de juego puede contar con aceptador de billetes, monedas, fi chas y tickets. Como medios de pago puede contar con un hopper y cancelación de créditos manualmente. Este modelo cuenta con una palanca lateral y puede formar de un sistema carrusel. Dimensiones del ModeloAlto: 132.33 cm Ancho: 54.61 cmLargo: 58.06 cm Regístrese, comuníquese y publíquese. MANUEL SAN ROMÁN BENAVENTE Director General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas 38316-7 RESOLUCIÓN DIRECTORAL N° 56-2007-MINCETUR/VMT/DGJCMT Lima, 31 de enero de 2007 Visto, el Expediente N° 002379-2006-MINCETUR, de fecha 13.12.2006, presentado por la empresa BALLY GAMING & SYSTEMS S.A. SUCURSAL DEL PERÚ, en el que solicita autorización y registro de un (1) modelo de máquina tragamonedas; CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 27153 y normas modi fi catorias, se regula la explotación de los juegos de casino y máquinas tragamonedas, estableciéndose en el artículo 11° del citado cuerpo legal que los modelos de máquinas tragamonedas cuya explotación es permitida en el país son aquellos que cuentan con autorización y registro; Que, el artículo 16° del Reglamento de la Ley N° 27153 y normas modi fi catorias, aprobado por Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR, señala la información y documentación que deben presentar los interesados en obtener la autorización y registro de los modelos de máquinas tragamonedas; Que, por su parte, el artículo 21° del citado Reglamento establece que los modelos de máquinas tragamonedas y las memorias de sólo lectura de los programas de juego deberán someterse con anterioridad a su autorización y registro, a un examen técnico ante una entidad autorizada, la cual expedirá un Certi fi cado de Cumplimiento que acreditará que el modelo o las memorias que componen el programa de juego, según sea el caso, cumplen con los requisitos establecidos en la Ley, el Reglamento y las Directivas; Que, realizada la evaluación del Certi fi cado de Cumplimiento N° 200610-19, de fecha 10.10.2006, expedido por el Laboratorio de Certi fi cación de la Ponti fi cia Universidad Católica del Perú, y veri fi cado los requisitos técnicos de la máquina tragamonedas cuya autorización y registro solicitan, se advierte que la misma cumple con lo dispuesto en el artículo 16° del Decreto Supremo N° 009-2002-MINCETUR; Que, de la evaluación de la documentación e información adjunta, se concluye que la solicitante ha cumplido con las disposiciones legales aplicables para que la Dirección General de Juegos de Casino y Máquinas Tragamonedas acceda a la autorización y registro solicitada;